Norma Legal Oficial del día 28 de Marzo del año 2008 (28/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

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EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OCUCAJE VISTO: Visto en la Sesion Extraordinaria de Concejo del dia 10 de marzo de 2008, el Informe Tecnico Nº 008-2007-WCHD y el Informe Legal Nº 003-2008-MDO/ALE. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que las Municipalidades son organo de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, concordado con el articulo 144º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establecen que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando en situacion de emergencia o desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley; pudiendo la Entidad realizar directamente la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras mediante acciones inmediatas; senalandose para tal efecto que existe desabastecimiento eminente. Que, el articulo 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que la Resolucion o Acuerdo que apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion, requiere obligatoriamente de uno o mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion propuesta. Que, mediante Informe Tecnico Nº 008-2007-WCHD, se ha evaluado las viviendas que conforman los diversos caserios y el cercado del Distrito de Ocucaje, respecto del estado de los mismos despues de ocurrido el sismo del 15 de agosto del ano 2007, llegando a la conclusion de que casi la totalidad de las viviendas han sufrido danos en su infraestructura, tal como se demuestra, Viviendas colapsadas (122), Viviendas inhabitables (259), Viviendas afectadas (217), de lo que se concluye la necesidad urgente de gestionar el financiamiento de por lo menos 200 viviendas temporales, para de esta manera salvaguardar la salud e integridad fisica de la poblacion del distrito. Que, asimismo mediante Informe Legal Nº 003-2008MDO/ALE, la Asesoria Legal Externa ha cumplido con emitir su opinion favorable de acuerdo a lo establecido en el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, opinando por la procedencia del presente acuerdo. Que, en consecuencia, al producirse una situacion enmarcada en los terminos del inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, resulta procedente exonerar del MORDAZA de seleccion que corresponda la contratacion de la obra de "Modulos de Viviendas Prefabricadas" ­ en el Distrito de Ocucaje, por tratarse de una situacion de desabastecimiento inminente, autorizando su contratacion mediante acciones inmediatas por un valor referencial de S/. 150,000.00 (Ciento Cincuenta Mil y 00/100 Nuevos Soles) incluido IGV, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 20º de citado Texto Unico Ordenado y conforme a lo indicado en el articulo 148º de su Reglamento. En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades y de conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM:. SE ACUERDA: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion de la contratacion de la obra "Modulos de Viviendas Prefabricadas" ­ en el Distrito de Ocucaje, por tratarse de una causal de situacion de desabastecimiento inminente. Articulo 2º.- Autorizar al Comite Especial Permanente para que realice la contratacion de la citada obra mediante acciones inmediata y en el MORDAZA de la normatividad de TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, por un valor referencial de S/. 150,000.00 (Ciento Cincuenta Mil y 00/100 Nuevos Soles) incluido IGV.

Articulo 3º.- El egreso que irrogue la contratacion objeto de la exoneracion a que se refieren los articulos precedentes sera a cargo a los recursos de la fuente de financiamiento de 00 Recursos Ordinarios Articulo 4º.- Encargar a la Secretaria General la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano y hacer de conocimiento a la Contraloria General de la Republica y CONSUCODE, de conformidad con lo dispuesto en el D.S. Nº 083-2004-PCM, del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en los plazos establecidos por Ley. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de supervision de la elaboracion de expediente tecnico del Proyecto "Mejoramiento e Instalacion del Plan Maestro Agua Potable, Distrito Pueblo MORDAZA Ferrenafe - Lambayeque"
ACUERDO DE CONCEJO Nº 012-2008-MDPN-F
Pueblo MORDAZA, 12 de marzo del 2008 EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO MORDAZA, PROVINCIA DE FERRENAFE ­ REGION MORDAZA VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 29 de febrero del 2008 los Informes Nros. 015-2008-MDPN-F/ GM de la Gerencia Municipal, 07-2008-ABAST- MDPN-F. Unidad Organica de Abastecimientos, 010-2008-MDPN-F/ CONTAB. de la Oficina de Contabilidad y Presupuesto, 0572008- GIDUR- MDPN-F de la Gerencia de Infraestructura y Desarrollo MORDAZA - Rural y 05-2008-Asesoria Legal Externa, referentes al cumplimiento de las tareas de supervision de la elaboracion de Estudios Definitivos de Proyecto de Inversion Publica, y procedimiento de declaracion en situacion de desabastecimiento inminente en el cumplimiento de las obligaciones contractuales de supervision. y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 619-2007/ VIVIENDA, se aprueba la transferencia financiera hasta por la suma de quinientos treinta mil nuevos soles a favor del Pliego Presupuestal Municipalidad Distrital de Pueblo MORDAZA, para la elaboracion del Expediente Tecnico del Proyecto "MEJORAMIENTO E INSTALACION DEL PLAN MAESTRO AGUA POTABLE, DISTRITO PUEBLO MORDAZA ­ FERRENAFE ­ LAMBAYEQUE" Que, la transferencia financiera otorgada y el convenio suscrito entre la Municipalidad Distrital de Pueblo MORDAZA y el Ministerio de Vivienda Construccion y Saneamiento, estable obligaciones de las partes, correspondiendole entre otras a LA MUNICIPALIDAD constituirse en UNIDAD EJECUTORA de los recursos transferidos de conformidad a la normatividad vigente; en este contexto y en aplicacion de las normas referidas a las contrataciones y adquisiciones del estado se contrato los servicios de CONSULTORIA al CONSORCIO PYASA SAC INGENIERIA & CONSTRUCCION ­ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para la elaboracion del Expediente Tecnico del Proyecto "MEJORAMIENTO E INSTALACION DEL PLAN MAESTRO AGUA POTABLE, DISTRITO PUEBLO MORDAZA ­ FERRENAFE ­ LAMBAYEQUE". Que, en el contrato suscrito entre LA MUNICIPALIDAD y EL CONSULTOR, se establece que LA MUNICIPALIDAD tendra

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