Norma Legal Oficial del día 25 de Mayo del año 2008 (25/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, MORDAZA 25 de MORDAZA de 2008

En Sesion Extraordinaria de Concejo de la fecha, el pleno ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE OTORGA EL BENEFICIO TRIBUTARIO DE CONDONACION DE PAGO DE REAJUSTES E INTERESES MORATORIOS (TIM) DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES HASTA EL ANO 2007, INCLUYENDO LAS DEUDAS QUE SE ENCUENTREN EN INSTANCIA DE EJECUCION COACTIVA, ADEMAS OTORGA LA CONDONACION DE PAGO DE MULTA TRIBUTARIA Y APLICACION DE REGIMEN ESPECIAL DE FRACCIONAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS A LOS CONTRIBUYENTES DEL DISTRITO DE ANCON Articulo Primero.- OTORGAR el beneficio de Condonacion de pago de intereses moratorios (TIM) y reajustes del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales hasta el ano 2007 impagos a la fecha, incluyendo aquellas deudas por los tributos municipales referidos, que se encuentren en instancia de Cobranza de Ejecucion Coactiva. Articulo Segundo.- Otorgar el beneficio de Condonacion Total de pago de Multa Tributaria por inscripcion extemporanea de nuevos contribuyentes en la Base de datos de la Administracion Tributaria de esta Municipalidad. Articulo Tercero.- Establecer que los Contribuyentes que tengan deudas por Impuesto Predial y/o Arbitrios Municipales hasta el 2007 y quieran acceder al pago de sus tributos municipales 2008 (en forma anual, trimestral o bimestral segun corresponda), podran hacerlo siempre y cuando se acojan al REGIMEN ESPECIAL DE FRACCIONAMIENTO DE DEUDA TRIBUTARIA, el mismo que se regula bajo el procedimiento siguiente:
Monto de la Deuda S/.100.00 a S/. 500.00 S/. 501.00 a 1,000.00 S/. 1001.00 a mas Cuota Inicial 10% del total de la deuda 10% del total de la deuda 20% del total de la deuda Minimo y Minimo del valor MORDAZA de de la cuota Cuotas mensual De uno a Doce El que corresponda De uno a Doce El que corresponda De uno a Doce S/. 200.00

debera presentar y adjuntar a la solicitud de acogimiento del beneficio de Condonacion de pago de Intereses Moratorios y Reajustes o Fraccionamiento Tributario, la MORDAZA certificada o autenticada por fedatario del cargo de recepcion del escrito de desistimiento de la pretension ante el organo correspondiente. Articulo Septimo.- Dejar en suspenso la aplicacion efectiva de la Ordenanza Municipal N° 133-2008-MDA que aprueba el Reglamento de Fraccionamiento de deudas tributarias y no tributarias de la Municipalidad Distrital de Ancon, del 01 al 29 de febrero del presente ano, considerando el Regimen Especial de Fraccionamiento de deuda tributaria senalado en el Articulo Tercero de la presente Ordenanza. Articulo Octavo.- Modificar en parte el Articulo MORDAZA de la Ordenanza N° 136-2008-MDA en lo que corresponde a la fecha de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2008, en forma anual al contado y fraccionado, siendo que la misma debera quedar redactada de la siguiente manera: IMPUESTO PREDIAL 2008 - PAGO AL CONTADO (ANUAL) ARBITRIOS MUNICIPALES 2008 - PAGO AL CONTADO (ANUAL) 29 de Febrero 29 de Febrero

IMPUESTO PREDIAL 2008 PAGO FRACCIONADO (POR TRIMESTRE) - Primera Cuota 29 de Febrero ARBITRIOS MUNICIPALES 2008 PAGO FRACCIONADO (POR BIMESTRE) - Primera Cuota 29 de Febrero Articulo Noveno.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Oficina de Rentas y Ejecutoria Coactiva, asi como a la Gerencia de Administracion, la debida implementacion en el sistema informatico de lo indicado. Articulo Decimo.- Facultar a la Oficina de Rentas para que excepcionalmente autorice el pago de los tributos 2008 sin condicionar la cancelacion previa de los tributos pendientes hasta el 2007, que tenga el Contribuyente respectivo, reemplazando el fraccionamiento especial con la suscripcion de compromiso de pago, el mismo que sera el reconocimiento expreso de la deuda pendiente y cuyo valor sera igual al de una notificacion tributaria. Para la aplicacion de presente articulo, la Unidad de Tesoreria debera admitir el pago de los Tributos 2008, bajo responsabilidad. Articulo Decimoprimero.- Encargar a la Secretaria General la publicacion de la presente Ordenanza y a la Oficina de Rentas, su oportuna difusion a los Contribuyentes del distrito. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 204204-1

El incumplimiento del pago de la deuda contenida en el Convenio de Fraccionamiento Tributario correspondiente, significara la perdida del beneficio tributario de Condonacion a que hace referencia el Articulo Primero de la presente Ordenanza, siendo que la Administracion Tributaria debera exigir el pago del total de la deuda tributaria pendiente, siendo que el monto cancelado sera considerado como pago a cuenta del adeudo total, para lo cual emitira el documento de Cobranza respectivo segun la normatividad tributaria vigente. Articulo Cuarto.- Fijar que el beneficio de Condonacion indicado en los Articulos Primero y MORDAZA de la presente Ordenanza, tendra vigencia del 01 al 29 de febrero del ano en curso. Articulo Quinto.- Precisar que el beneficio tributario senalado en el Articulo Primero, esta dirigido a los Contribuyentes que tengan deudas pendientes por Impuesto Predial y/o Arbitrios Municipales de periodos vencidos hasta el 2007, inclusive aquellas deudas por los tributos municipales referidos que se encuentren en instancia de Cobranza Coactiva, siempre y cuando no MORDAZA recaido sobre ellos, medida cautelar o ejecucion forzosa. Ademas, el Regimen Especial de Fraccionamiento de deuda tributaria senalado en el Articulo Tercero, es condicion indispensable para los Contribuyentes que quieran cancelar sus tributos municipales 2008 y tengan deudas tributarias por Impuesto Predial y/o Arbitrios Municipales hasta el 2007. Articulo Sexto.- Establecer que para efectos de acogerse a los alcances del beneficio senalado en el Articulo Primero de la presente Ordenanza, de ser el caso, el Contribuyente debera presentar solicitud de desistimiento de la pretension de recursos impugnativos o solicitudes no contenciosas en tramite referidos a la deuda por Impuesto Predial y/o Arbitrios Municipales pendientes de pago, sea en instancia de Cobranza Ordinaria o Coactiva. Tratandose de recurso de apelacion, demanda contenciosa administrativa, accion de MORDAZA u otro MORDAZA seguido ante otras entidades, el deudor

Fijan Tasa de Interes Moratorio aplicable a deudas tributarias
ORDENANZA Nº 140-2008-MDA Ancon, 24 de enero del 2008 VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de la fecha, el pleno ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE FIJA LA TASA DE INTERES MORATORIO EN EL DISTRITO DE ANCON Articulo Primero.- Fijese en uno por ciento (1%) mensual, la Tasa de Interes Moratorio (TIM) aplicable a

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