Norma Legal Oficial del día 25 de Mayo del año 2008 (25/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, MORDAZA 25 de MORDAZA de 2008

es concordante con lo dispuesto en el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972. En tal virtud, estan facultadas para aprobar su organizacion interna, su presupuesto, organizar y administrar los servicios publicos locales de su responsabilidad y planificar el desarrollo de su jurisdiccion entre otros aspectos; Que, la autonomia consagrada en la Constitucion Politica del Peru radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos, de administracion y normativos con sujecion al ordenamiento juridico. Es decir, que siendo un nivel de gobierno subnacional, esta obligado a observar y cumplir de manera obligatoria las disposiciones que regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico, asi como a las normas de los Sistemas Administrativos del Estado; Que, los Sistemas Administrativos por tanto alcanzan a todo el Estado en sus diferentes niveles de Gobierno: Nacional, Regional y Local, siendo por tanto de aplicacion a todas las Municipalidades MORDAZA estas Provinciales, Distritales y/o de Centros Poblados, sistemas administrativos entre los cuales se encuentra los de racionalizacion; Que, con la finalidad de mejorar el funcionamiento de la Administracion Publica y construir un Estado Descentralizado al servicio del ciudadano, se emitio la Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, Ley Nº 27658, instrumento legal que sustenta el MORDAZA de modernizacion de la gestion publica a traves de acciones de racionalizacion vinculadas a la obtencion de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atencion a la ciudadania, priorizando y optimizando el uso de los recursos publicos; Que, en este contexto, mediante Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM se aprobaron los Lineamientos para la Elaboracion y Aprobacion del Cuadro de Asignacion de Personal - CAP de las entidades que comprenden la Administracion Publica, con la finalidad de generar la aprobacion de MORDAZA de Asignacion de Personal que contenga una correcta definicion de los cargos, acorde con la estructura organica de cada entidad y con los criterios de diseno y estructura de la Administracion Publica que establece la Ley Nº 27658; Que, el actual Cuadro de Asignacion de Personal (CAP) de la Municipalidad Distrital de Ancon debe ser adecuado a la Estructura Organica vigente, la misma que se encuentra definida en su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado mediante Ordenanza Nº 1412008-MDA, ello para alcanzar los objetivos perseguidos por el actual Gobierno Municipal en su correspondiente Plan Operativo Institucional (POI); Que, mediante Informe Nº 013-2008-OPP/MDA del 09 de MORDAZA del 2008 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, se ha cumplido con remitir el proyecto del MORDAZA Cuadro de Asignacion de Personal y dispositivo legal aprobatorio, debidamente visados esa area y la Oficina de Asesoria Juridica, respectivamente; Que, en el Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en los Numerales 3 y 32 establecen que corresponde al Concejo Municipal aprobar el regimen de su organizacion interior y funcionamiento, asi como el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) del Gobierno Local; En uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el pleno del Concejo ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO DE ASIGNACION DE PERSONAL (CAP) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCON Articulo Primero.- APROBAR el Cuadro de Asignacion de Personal (CAP) de la Municipalidad Distrital de Ancon, el mismo que consta de setenta (70) cargos distribuidos en diferentes Unidades de la Estructura Organica vigente y que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administracion y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la implementacion y cumplimiento de lo establecido en la presente disposicion municipal. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Administracion su publicacion en el MORDAZA electronico de la Municipalidad Distrital de Ancon

Articulo Cuarto.- Deroguese y/o dejese sin efecto, segun corresponda, toda disposicion normativa y/o administrativa que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza entra en vigencia al dia siguiente de su aprobacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 204164-2

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA

Aprueban MORDAZA del Plan de Desarrollo Local Concertado y del Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2009
ORDENANZA Nº 049-2008/MLV La MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2008 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 005-2008-CPPPAL/MDLV de la Comision Permanente de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a los articulos 197º y 199º de la Constitucion Politica del Peru modificada mediante Ley Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, establece que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden cuenta de su ejecucion, anualmente, bajo responsabilidad, conforme a ley; Que, segun lo dispuesto en el articulo 17º numeral 17.1, los gobiernos locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus Planes de Desarrollo y Presupuestos y en la Gestion Publica, sustentandose y rigiendose por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a ley, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados, segun lo establecido en el articulo 20º de la misma normatividad; Que, el articulo IX del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Organica de Municipalidades, establece como MORDAZA el MORDAZA de Planeacion Local conceptuada como un MORDAZA integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos en el cual se establecen las politicas publicas a nivel local, teniendo en cuenta la participacion ciudadana a traves de los vecinos y organizaciones vecinales, transparencia, gestion moderna y rendicion de cuentas, inclusion, eficiencia, eficacia, equidad, imparcialidad y neutralidad, subsidiaridad, consistencia con las politicas nacionales, especializacion de las funciones, competitividad e integracion; Que, asimismo el articulo 73º numeral 5 del cuerpo legal precitado, senala que las municipalidades asumen competencia y ejercen las funciones especificas en materia de participacion vecinal, debiendo promover, aportar y reglamentar la participacion vecinal en el desarrollo local y organizar los registros de organizaciones vecinales de su jurisdiccion; Que, de igual manera el articulo 102º de la misma normatividad, dispone que, el Consejo de Coordinacion Local Distrital es un organo de coordinacion y concertacion de las Municipalidades Distritales, el mismo que tiene

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