Norma Legal Oficial del día 25 de Mayo del año 2008 (25/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 25 de MORDAZA de 2008

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b) Evaluar las solicitudes de inscripcion temporal en el Registro de Empresas Inspectoras de Actividades de Comercializacion de Gas Natural. c) Publicar y actualizar el Registro en la pagina Web de OSINERGMIN.

Actividades de Comercializacion de Gas Natural, debe presentar una solicitud de inscripcion segun formato publicado en la pagina Web de OSINERGMIN. En dicha solicitud se deben consignar las especialidades para las que se requiere su inscripcion, debiendo acompanar los siguientes documentos: a) Resolucion u otro documento emitido por el Organismo Peruano de Acreditacion de INDECOPI o un organismo extranjero de acreditacion, u homologo a este, con reconocimiento mutuo de IAF/ILAC, que acredite la capacidad para inspeccionar actividades de hidrocarburos. b) MORDAZA de la Constitucion Social, de los poderes y del documento de identidad o carne de extranjeria del representante legal. CAPITULO II SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCION Articulo 8º.- MORDAZA de la solicitud de inscripcion Las empresas que soliciten su inscripcion en el Registro de Empresas Inspectoras de Actividades de Comercializacion de Gas Natural, deben presentar su solicitud, en mesa de partes, dirigida al Comite Permanente, adjuntando la documentacion que acredite el cumplimiento de los requisitos senalados en el articulo precedente. Articulo 9º.- Evaluacion de la solicitud y formulacion de observaciones Las solicitudes de inscripcion en el Registro de Empresas Inspectoras de Actividades de Comercializacion de Gas Natural, deberan ser atendidas en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias habiles, contados a partir de la MORDAZA de la solicitud. Dicho plazo se suspendera en caso se formulen observaciones, reiniciandose una vez que el solicitante cumpla con absolver las mismas. Una vez presentada la solicitud, el Comite Permanente contara con un plazo de diez (10) dias habiles para pronunciarse sobre la solicitud o comunicar las observaciones que encuentre a la misma, otorgando un plazo de diez (10) dias habiles para que la empresa solicitante subsane dichas observaciones. Vencido dicho plazo, el Comite Permanente tendra diez (10) dias habiles para pronunciarse sobre la solicitud presentada. En caso el Comite Permanente no encuentre observaciones, debera emitir, en un plazo de diez (10) dias habiles, un informe pronunciandose sobre la procedencia de la solicitud presentada. Los informes emitidos por el Comite Permanente no son objeto de impugnacion. Articulo 10º.- Inscripcion en el Registro El Comite Permanente procedera a incorporar en el Registro de Empresas Inspectoras de Actividades de Comercializacion de Gas Natural, segun corresponda, a las empresas cuyas solicitudes de inscripcion hayan sido declaradas procedentes. TITULO IV INSCRIPCION TEMPORAL EN EL REGISTRO DE EMPRESAS INSPECTORAS DE ACTIVIDADES DE COMERCIALIZACION DE GAS NATURAL CAPITULO I ASPECTOS GENERALES Articulo 11º.- Formacion del Comite Especial de Evaluacion OSINERGMIN designara, mediante Resolucion de Gerencia General, a los integrantes del Comite encargado de la evaluacion de las empresas que soliciten ser inscritas temporalmente en el Registro de Empresas Inspectoras de Actividades de Comercializacion de Gas Natural. Dicho Comite de Evaluacion debera estar conformado por no menos de tres (03) miembros. Articulo 12º.- Funciones del Comite Especial de Evaluacion

Articulo 6º.- Actividades a inspeccionar Las Empresas inscritas en el Registro de Empresas Inspectoras de OSINERGMIN se encargaran de evaluar el cumplimiento de las normas tecnicas, de seguridad y ambientales, respecto de las actividades de comercializacion de gas natural en los que se ha solicitado el otorgamiento de un Informe Tecnico Favorable o un Informe Tecnico de Conformidad de OSINERGMIN, de acuerdo al siguiente detalle: a) Informe Tecnico Favorable para Instalacion de Establecimientos de Venta al Publico de Gas Natural Vehicular. b) Informe Tecnico Favorable para Instalacion de Consumidores Directos de Gas Natural Vehicular. c) Informe Tecnico Favorable para Modificacion y/o Ampliacion de Establecimientos de Venta al Publico de Gas Natural Vehicular. d) Informe Tecnico Favorable para Modificacion y/o Ampliacion de Estaciones de Servicio, Grifos y Gasocentros de Gas Licuado de Petroleo, para la instalacion de Equipos y Accesorios para la venta al publico de Gas Natural Vehicular. e) Informe Tecnico Favorable para Modificacion y/o Ampliacion de Consumidores Directos de Gas Natural Vehicular. f) Informe Tecnico de Conformidad de la Etapa de Construccion de Proyectos de Establecimientos de Venta al Publico de GNV y Consumidores Directos de GNV. g) Informe Tecnico Favorable para Instalacion de Estaciones de Compresion de Gas Natural. h) Informe Tecnico Favorable para Uso y Funcionamiento de Estaciones de Compresion de Gas Natural. i) Informe Tecnico Favorable para Instalacion de Modificacion y/o Ampliacion de Estacion de Compresion de Gas Natural. j) Informe Tecnico Favorable para Uso y Funcionamiento de Modificacion y/o Ampliacion de Estacion de Compresion de Gas Natural. k) Informe Tecnico Favorable para Instalacion de Estaciones de Licuefaccion de Gas Natural. l) Informe Tecnico Favorable para Uso y Funcionamiento de Estaciones de Licuefaccion de Gas Natural. m) Informe Tecnico Favorable para Instalacion de Modificacion y/o Ampliacion de Estaciones de Licuefaccion de Gas Natural. n) Informe Tecnico Favorable para Uso y Funcionamiento de Modificacion y/o Ampliacion de Estaciones de Licuefaccion de Gas Natural. o) Informe Tecnico Favorable para Instalacion de Centros de Descompresion de Gas Natural. p) Informe Tecnico Favorable para Uso y Funcionamiento de Centros de Descompresion de Gas Natural. q) Informe Tecnico Favorable para Instalacion de Modificacion y/o Ampliacion de Centros de Descompresion de Gas Natural. r) Informe Tecnico Favorable para Uso y Funcionamiento de Modificacion y/o Ampliacion de Centros de Descompresion de Gas Natural. s) Informe Tecnico Favorable para Instalacion de Centros de Regasificacion de Gas Natural. t) Informe Tecnico Favorable para Uso y Funcionamiento de Centros de Regasificacion de Gas Natural. u) Informe Tecnico Favorable para Instalacion de Modificacion y/o Ampliacion de Centros de Regasificacion de Gas Natural. v) Informe Tecnico Favorable para Uso y Funcionamiento de Modificacion y/o Ampliacion de Centros de Regasificacion de Gas Natural. w) Informe Tecnico Favorable para Uso y Funcionamiento de Medios de Transporte de Gas Natural Comprimido y Gas Natural.

Articulo 7º.- Requisitos para la inscripcion en el Registro de Empresas Inspectoras Toda empresa que solicite ante OSINERGMIN ser inscrita en el Registro de Empresas Inspectoras de

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