Norma Legal Oficial del día 28 de Mayo del año 2008 (28/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES
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SE RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, miercoles 28 de MORDAZA de 2008

Con la visacion del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; y el literal d) del Articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar a partir de la fecha la renuncia formulada por el economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA BARCENAS al cargo de Director Nacional de Promocion del Empleo y Formacion Profesional - Programa Sectorial IV (F6) del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar a partir de la fecha al abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director de Programa Sectorial IV (F-6) de la Direccion Nacional de Promocion del Empleo y Formacion Profesional del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PASCO COSMOPOLIS Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo

Articulo Primero.- AUTORIZAR a la empresa AEROINVERSIONES DEL PERU S.A.C., por un plazo de cuatro (4) anos contados a partir del dia siguiente del vencimiento de la Resolucion Directoral Nº 0592004-MTC/12, la renovacion de su autorizacion de funcionamiento y operacion como Taller de Mantenimiento Aeronautico, con las siguientes habilitaciones: - Aeronaves - Motores - Avionica - Servicios Especializados : : : : Limitada Limitada Limitada Limitada

205540-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Renuevan autorizacion de funcionamiento y operacion como taller de mantenimiento aeronautico a la empresa Aeroinversiones del Peru S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL N° 070-2008-MTC/12
MORDAZA, 14 de MORDAZA del 2008 Visto, el documento de registro P/D 043044 del 22 de MORDAZA del 2008, presentado por la empresa AEROINVERSIONES DEL PERU S.A.C., mediante el cual solicito la renovacion de su autorizacion para el funcionamiento y operacion como Taller de Mantenimiento Aeronautico Nacional; CONSIDERANDO: Que, el pedido de la empresa AEROINVERSIONES DEL PERU S.A.C. ha sido materia de analisis y estudio, asi como de la inspeccion tecnica correspondiente, efectuada por las dependencias competentes de la Direccion General de Aeronautica Civil; concluyendose que el peticionario cumple con todos los requerimientos prescritos en las Regulaciones Aeronauticas del Peru (RAP), en su Parte 145, relacionadas al establecimiento de un Taller de Mantenimiento Aeronautico; Que, con Memorando Nº 502-2008-MTC/12 de fecha 7 de MORDAZA del 2008, se senalo que la recurrente cumple con los requisitos legales para la obtencion de la renovacion de su autorizacion de funcionamiento como Taller de Mantenimiento Aeronautico Nacional conforme a lo establecido en el Apendice B de la Parte 145; Que, mediante la Memoranda Nº 1662-2008-MTC/12.04 y 1838-2008-MTC/12 de la Direccion de Seguridad Aeronautica, se determino que se encuentra acreditada la capacidad tecnica de la empresa para la atencion de lo solicitado, tal como lo requiere la parte 145 de las RAP; Que, el articulo 9° literal h) de la Ley de Aeronautica Civil, Ley Nº 27261 establece que la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar las autorizaciones de Estaciones Reparadoras, Talleres de Mantenimiento, entre otras, mediante Permiso de Operacion otorgado por Resolucion Directoral; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Aeronautica Civil, Ley Nº 27261, su Reglamento, aprobado mediante D.S. Nº 050-2001-MTC y la RAP 145;

Articulo Segundo.- Las habilitaciones a las que se refiere el Articulo Primero de la presente Resolucion se encuentran descritas en el Certificado de Taller de Mantenimiento Aeronautico Nacional numero: TMA-019 y estaran limitadas a lo senalado en las "Especificaciones de Operacion" que forman parte del mismo. Articulo Tercero.- La actividad autorizada a la empresa AEROINVERSIONES DEL PERU S.A.C. debe efectuarse cumpliendo estrictamente lo estipulado en su Manual de Procedimientos de Inspeccion, cuya MORDAZA se archiva en la Direccion General de Aeronautica Civil. En caso que se tenga que efectuar algun cambio en dicho Manual, debera solicitarse la aprobacion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo Cuarto.- La Direccion General de Aeronautica Civil efectuara periodicamente inspecciones al Taller de Mantenimiento Aeronautico de la empresa AEROINVERSIONES DEL PERU S.A.C. a fin de comprobar el cumplimiento de las condiciones establecidas en la presente Resolucion. Articulo Quinto.- La empresa AEROINVERSIONES DEL PERU S.A.C. mantendra en su servicio personal aeronautico en la cantidad necesaria establecida en la certificacion; asi como contara con el entrenamiento, calificacion, certificacion y licencias requeridos por la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo Sexto.La presente autorizacion sera revocada o suspendida de inmediato en forma automatica, cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente resolucion o pierda alguna de las capacidades exigidas por Ley Nº 27261 ­ Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento, y demas disposiciones legales vigentes; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Taller de Mantenimiento Aeronautico y Manual de Procedimientos de Inspeccion. Articulo Setimo.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil procedera conforme a lo senalado en el articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo Octavo.- La autorizacion que se otorga por la presente Resolucion al Taller de Mantenimiento Aeronautico de la empresa AEROINVERSIONES DEL PERU S.A.C. queda sujeta a la Ley de Aeronautica Civil, a su Reglamento, a las Regulaciones Aeronauticas del Peru, a las Directivas que dicte la Direccion General de Aeronautica Civil y a las demas normas aplicables a la materia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MAREOVICH Director General de Aeronautica Civil

202664-1

Establecen montos y plazo de vigencia de Cartas Fianzas o Polizas de Seguro de Caucion que deberan presentar las Agencias Maritimas, Fluviales, Lacustres, asi como las Empresas y Cooperativas de Estiba y Desestiba para ejercer sus actividades a partir de enero de 2009
RESOLUCION DE ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 022-2008-APN/DIR
Callao, 19 de MORDAZA de 2008

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