Norma Legal Oficial del día 31 de Mayo del año 2008 (31/05/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, sabado 31 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

373211

Que, con R.M. Nº 644-2007-MTC/01 publicado el 28.10.2007, se modifico el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por D.S. Nº 008-2002-MTC, en el cual no esta considerado como procedimiento la conclusion de la habilitacion vehicular. Que, el numeral 1º del Articulo VIII del Titulo Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley 27444, el cual senala que "Las autoridades administrativas no podran dejar de resolver las cuestiones que se les propongan, por deficiencia de sus fuentes; en tales casos, acudiran a los principios del procedimiento administrativo previsto en esta ley; en su defecto, a otras MORDAZA supletorias del Derecho Administrativo y solo subsidiariamente a estas, a las normas de otros ordenamientos que MORDAZA compatibles con su naturaleza y finalidad. Que, son aplicables al presente caso, los principios de presuncion de veracidad, de informalismo, razonabilidad y de privilegio de controles posteriores establecidos en la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley 27444. Que, en consecuencia, es necesario dictar las medidas administrativas correspondientes. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC, Ley N° 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General, Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y su actualizacion dispuesta con la Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y Ley Nº 27791-Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. SE RESUELVE:

caducidad de la concesion interprovincial. Articulo Sexto.- La EMPRESA TRANSPORTES TURISMO CARHUAMAYO S.C.R.L., a la culminacion de la vigencia de los contratos de arrendamiento financiero que se hace mencion en la parte considerativa de la presente Resolucion, esta obligado dentro de los treinta (30) dias habiles posteriores de producido el hecho, sin previa notificacion, a presentar ante la autoridad competente, MORDAZA de las tarjetas de propiedad de los vehiculos a su nombre o la documentacion correspondiente acreditando que la vigencia de los respectivos contratos ha sido prorrogada o ampliada. Articulo Setimo.- Encargar la ejecucion de la presente Resolucion a la Direccion de Servicios de Transporte Terrestre. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre

205607-1

Autorizan a OTANOR S.A.C. como Entidad Certificadora de Conversiones a GLP para operar en la Region La MORDAZA y de realizar inspecciones de vehiculos y de talleres
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 7208-2008-MTC/15
MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2008 VISTO: El expediente Nº 2008-020316 presentado por ORGANIZACION TECNICA AUTOMOTRIZ DEL NORTE S.A.C.-OTANOR S.A.C., mediante el cual solicita autorizacion como Entidad Certificadora de Conversiones a GLP para operar en la Region La MORDAZA y realizar la inspeccion fisica del vehiculo convertido al uso de Gas Licuado de Petroleo-GLP y del vehiculo originalmente disenado para combustion de GLP (vehiculo dedicado, bi-combustible o dual), asi como, la inspeccion inicial del taller que pretenda ser acreditado por la Direccion Regional Sectorial encargada del transporte terrestre en la Region La MORDAZA, como Taller de Conversion Autorizado y la inspeccion anual del Taller de Conversion Autorizado, con el proposito de asegurar que estos cumplan con las exigencias tecnicas establecidas en el Reglamento Nacional de Vehiculos, normas conexas y complementarias, asi como en la normativa vigente en materia de limites maximos permisibles. CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Vehiculos aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y modificado por los Decretos Supremos Nºs. 005-2004-MTC, 014-2004MTC, 035-2004-MTC, 002-2005-MTC, 017-2005-MTC, 0122006-MTC, 023-2006-MTC, 037-2006-MTC y 006-2008MTC, establece los requisitos y caracteristicas tecnicas que deben cumplir los vehiculos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del Sistema Nacional de Transporte Terrestre; Que, el articulo 29º del citado Reglamento establece el MORDAZA normativo que regula las conversiones de los vehiculos originalmente disenados para combustion de combustibles liquidos con la finalidad de instalar en ellos el equipamiento que permita su combustion a Gas Licuado de Petroleo-GLP, a fin de que estas se realicen con las maximas garantias de seguridad, por talleres debidamente calificados y utilizando materiales de la mejor calidad, previniendo de este modo la ocurrencia de accidentes a causa del riesgo que implica su utilizacion sin control; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 145402007-MTC/15, se aprobo la Directiva Nº 005-2007MTC/15, la misma que regula el regimen de autorizacion y funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones a GLP y establece las condiciones para operar como tal y los requisitos documentales para solicitar una

Articulo Primero.- Aceptar la conclusion de la habilitacion de los vehiculos de placas de rodaje Nº VG8361(2006) y VG-8404 (2007) de la concesion interprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta MORDAZA ­ Cerro de Pasco y viceversa del Registro Nacional de Transporte Terrestre de Personas, de la Partida Registral Nº 000460PNR correspondiente. Articulo Segundo.- Otorgar a favor de la EMPRESA TRANSPORTES TURISMO CARHUAMAYO S.C.R.L. la concesion interprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta MORDAZA ­ Huancayo y viceversa, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion, de acuerdo a los siguientes terminos : RUTA Origen Destino Itinerario : : : : MORDAZA - Huancayo y viceversa MORDAZA Huancayo Juliaca ­ Pucara ­ Ayaviri ­ MORDAZA MORDAZA ­ Marangani ­ Sicuani ­ Urcos ­ MORDAZA ­ Anta ­ Limatambo ­ Curahuasi ­ Abancay ­ Andahuaylas ­ Chincheros ­ Ocros ­ MORDAZA ­ Huanta ­ Churcampa ­ Pampas.

Frecuencias Flota Vehicular

: Una (1) semanal en cada extremo de ruta : Dos (2) omnibus Flota Operativa :Un (01) omnibus VG-8361 (2006) :Un (01) omnibus VG-8404 (2007) : MORDAZA : lunes a las 08:00 Hrs. Huancayo : jueves a las 08:00 Hrs. Flota Reserva

Horarios de Salida

Articulo Tercero.- La Direccion de Servicios de Transporte Terrestre debera inscribir la presente autorizacion en el Registro Nacional de Transporte de Personas. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion debera ser publicada por la EMPRESA TRANSPORTES TURISMO CARHUAMAYO S.C.R.L. en el Diario Oficial "El Peruano" dentro de los treinta (30) dias calendario, contados a partir de la fecha en que la autoridad competente expidio la orden de publicacion. Articulo Quinto.- La EMPRESA TRANSPORTES TURISMO CARHUAMAYO S.C.R.L. iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de la fecha de publicacion de la presente Resolucion. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el parrafo precedente, se declarara la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.