Norma Legal Oficial del día 31 de Mayo del año 2008 (31/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

373216
COD SNIP PROYECTO AMPLIACION DE LAS REDES DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO CON CONEXIONES DOMICILIARIAS DEL PJ SAN MORDAZA - MOCHUMI AMPLIACION Y REFORZAMIENTO DE REDES DE AGUA POTABLE E INSTALACION DE REDES DE ALCANTARILLADO Y CONEXIONES DOMICILIARIAS DE LA HABILITACION MORDAZA MORDAZA I ETAPA MORDAZA L ORTIZ. TOTAL MORDAZA DE EJECUCION PRESUPUESTARIA

NORMAS LEGALES
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PPTO. PIM 2008 S/. TRANS. FINANC. HASTA POR S/.

El Peruano MORDAZA, sabado 31 de MORDAZA de 2008

CONSIDERANDO:

24381

INDIRECTA

64 000,00

64 000,00

24507

INDIRECTA

61 171,00

61 171,00

343 671,00

343 671,00

ANEXO B PROYECTO DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA: EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO DE MORDAZA S.A. - EPSEL S.A.
CRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS MES 01 MES 02 TRANS. FINANC. HASTA POR S/.

COD SNIP

PROYECTO AMPLIACION DE REDES DE AGUA POTABLE Y ALCANTARI-LLADO Y CONEXIONES DOMICILIARIAS DE LOS PUEBLOS JOVENES LAS MORDAZA DE LA MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA BARTRA GROSSO DISTRITO MORDAZA AMPLIACION DE LAS REDES DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO CON CONEXIONES DOMICILIARIAS DEL PJ SAN MORDAZA - MOCHUMI AMPLIACION Y REFORZAMIENTO DE REDES DE AGUA POTABLE E INSTALACION DE REDES DE ALCANTARILLADO Y CONEXIONES DOMICILIARIAS DE LA HABILITACION MORDAZA MORDAZA I ETAPA - MORDAZA L MORDAZA TOTAL

MORDAZA DE EJECUCION PRESUPUESTARIA

17704

INDIRECTA

100 000,00

118 500,00

218 500,00

24381

INDIRECTA

64 000,00

0,00

64 000,00

24507

INDIRECTA

61 171,00

0,00

61 171,00

Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA remite a este Organo de Gobierno la solicitud de exoneracion de pago de aranceles judiciales para la Comunidad Campesina de Tapayrihua, comprension de la Provincia de Aymaraes, Departamento de MORDAZA, presentada por el Presidente de la mencionada comunidad, de conformidad con el Acta de Asamblea Extraordinaria adjunta en MORDAZA certificada de fojas 6 a 7; Segundo: Que, la solicitud presentada se fundamenta en tener poblacion en situacion de pobreza dedicada por temporadas a la actividad MORDAZA cultivando productos propios de la region, con cuyo fruto a duras penas solventan sus necesidades vitales, por lo que argumentan que su situacion economica es en extremo precaria, lo cual en gran medida imposibilita que puedan acceder a los servicios de justicia que imparten los organos jurisdiccionales del Poder Judicial; precisandose que pese a que la referida comunidad se encuentra en situacion de pobreza, no fueron considerados dentro de los alcances de la Resolucion Administrativa N° 004-2005-CE-PJ de fecha 7 de enero de 2005 que exonero del pago de aranceles judiciales a las poblaciones de diversas circunscripciones vecinas de la Provincia de Aymaraes, de similar condicion socio economica; Tercero: De las verificaciones que se han realizado sobre la MORDAZA, se ha podido comprobar conforme aparece del Informe N° 120-2007-LAMN-CE/PJ, de fojas 45 a 48, que los pobladores de Tapayrihua son mayormente agricultores de escasos recursos economicos que no estan en condiciones de sufragar el costo de los aranceles judiciales; resultando evidente que de continuar dicha exigencia economica se mantendria una MORDAZA que les imposibilitaria el acceso al sistema de justicia; lo cual se contrapone a los objetivos y politicas que la actual gestion viene implementando a nivel nacional en el Poder Judicial; Cuarto: Que, siendo esto asi, y teniendo en cuenta que tanto la Constitucion Politica del Estado como el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, garantizan la administracion de justicia gratuita para las personas de escasos recursos economicos, y que la exoneracion que se solicita es principalmente de caracter social, asi como la necesidad de garantizar el ejercicio irrestricto del derecho de acceso a la justicia a los pobladores de las zonas de mayor pobreza del MORDAZA, la solicitud presentada por la Comunidad Campesina de Tapayrihua resulta procedente; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe de fojas 45 a 48, con el MORDAZA discordante de la senorita Consejera MORDAZA MORDAZA Munoz, por mayoria; RESUELVE:

225 171,00

118 500,00

343 671,00

206958-1

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Disponen exoneracion de pago de aranceles judiciales en beneficio de personas naturales domiciliadas en la Comunidad Campesina de Tapayrihua, Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 079-2008-CE-PJ
MORDAZA, 26 de marzo de 2008 VISTOS: El Oficio N° 790-2006-P-CSJA/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y;

Articulo Primero.- Disponer la exoneracion del pago de aranceles judiciales a que se refiere el articulo 24°, literal e) del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en beneficio de las personas naturales domiciliadas en la Comunidad Campesina de Tapayrihua, comprension de la Provincia de Aymaraes, Departamento y Distrito Judicial de Apurimac. Articulo Segundo.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y a la Gerencia General de Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA El MORDAZA de la senorita Consejera MORDAZA MORDAZA Munoz, es como sigue: Con el debido respeto por la decision de la mayoria emito el siguiente voto:

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