Norma Legal Oficial del día 13 de Noviembre del año 2008 (13/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, jueves 13 de noviembre de 2008

NORMAS LEGALES
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383361

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MACATE

Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de empresa para que brinde servicios de asesoria en materia de determinacion y recaudacion de rentas
ACUERDO DE CONCEJO Nº 020-2008-MDM
Macate, 23 de octubre del 2008 EL CONCEJO MUNICIPAL: VISTOS: En Sesion de Concejo Extraordinario de la fecha, el proyecto de Acuerdo de Concejo sobre la exoneracion de procesos del seleccion, para la contratacion de servicios personalisimos de Asesoria en materia de determinacion y recaudacion de rentas no presupuestadas por la Municipalidad; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Art. 194º de la Constitucion Politica y concordante con el Art. II del Titulo Preliminar y el Art. 4º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, el Inc. F) del Art. 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, precisa que estan exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen bajo la causal de servicios personalisimos; Que, el Art. 145º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que: Cuando exista la necesidad de proveerse de servicios especializados profesionales, artisticos, cientificos o tecnologicos, procede la exoneracion de los procesos de seleccion para contratar por servicios personalisimos de personas naturales o juridicas notoriamente especializados siempre que su destreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimientos evidenciados y apreciados de manera objetiva por la entidad; Que, el Art. 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que en los gobiernos locales las exoneraciones se aprueban por Acuerdo de Concejo, asi mismo se precisa que las resoluciones o acuerdos senalados en los incisos del citado articulo requieren obligatoriamente de un informe tecnico y legal previo, debiendo publicarse el acuerdo conforme a Ley; Que, la Oficina de Rentas, mediante Informe Nº 0322008-OR/MDM que para la efectiva recaudacion de las rentas generadas que ascienden a la suma de S/. 2, 000,000.00 (Dos millones y 00/100 nuevos soles), es conveniente la nueva contratacion de la empresa ASESORES & MULTISERVICIOS BRIOCH EXPRESS S.R.L., igualmente la contratacion comprendera la generacion de nuevas rentas por conceptos tributarios y no tributarios no previstas por la Comuna; Que, la contratacion requerida se sustenta en que la citada empresa ha demostrado su experiencia y alta especializacion en materia generacion y recaudacion de rentas municipales, en razon de que en cumplimiento del contrato anterior, ha obtenido una efectiva recaudacion de la suma de S/. 1, 246,593.80 a favor de esta Municipalidad; Que, la contratacion debera realizarse bajo la causal de servicios personalisimos, precisa, que el valor referencial es en forma porcentual, siendo el 30 % + IGV ascendente a la suma (S/. 1, 071,000.00) de deudas generadas y por determinar estimada en la cantidad de S/. 3, 000,000.00 (tres millones y 00/100 nuevos soles), precisando que el contratista puede generar y recaudar sumas superiores a la recaudacion estimada e igualmente facturar sumas que superen el valor estimado y referencial previsto para

la contratacion sin limite ni tope alguno por tratarse de la recuperacion de rentas no previstas ni presupuestadas por la entidad; dejando expresa MORDAZA que la inversion total en la ejecucion del servicio es por cuenta del contratista y que ello es beneficioso para la Municipalidad; Que, la Oficina de Asesoria Legal, opina, que lo solicitado por la Oficina de Rentas, es legal y procedente la exoneracion de procesos de seleccion para la contratacion de la empresa ASESORES & MULTISERVICIOS BRIOCH EXPRESS S.R.L., bajo la causal de servicios personalisimos para los servicios senalados por la Oficina de Rentas, la misma que se encuentra amparado con lo dispuesto en el Art. 145º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Inc. F) del Art. 19º de la acotada Ley; Estando a las consideraciones expuestas, en uso de las facultades conferidas en los articulos 9º, 20º, 39º y 40º de la ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades con el MORDAZA mayoritario; SE ACUERDA: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion de procesos de seleccion, para la contratacion de ASESORES & MULTISERVICIOS BRIOCH EXPRESS S.R.L., bajo la causal de servicios personalisimos para que brinde servicios de asesoria en materia de determinacion y recaudacion de rentas que corresponden conforme a Ley a la Municipalidad Distrital de Macate. Articulo Segundo.- Autorizar al senor MORDAZA para que suscriba el contrato de conformidad con lo dispuesto en el articulo precedente por el termino de UN ANO computados a partir de la suscripcion del contrato, pudiendo prorrogarse el contrato en forma automatica siempre y cuando se hayan cumplido con los objetivos de recaudacion y/o cuando exista cartera de cobranzas pendientes de culminar y que hayan sido generadas en cumplimiento del servicio contratado. Articulo Tercero.- Establecer que la fuente de financiamiento para el pago de la contratacion es la fuente de ingresos propios directamente recaudados producto del servicio, cuyo valor referencial del contrato esta constituido por el 30 % + IGV ascendente a la suma de S/. 1, 071,000.00 (Un millon setenta y un mil y 00/100 nuevos soles) del total de rentas generadas y por determinarse a recaudarse efectivamente estimado en S/. 3,000,000.00 (Tres millones y 00/100 nuevos soles), pudiendo la empresa generar, recaudar y facturar por comision de servicios importes que superen el valor estimado y referencial del contrato sin tope, ni limite alguno por considerarse que se trata de la recuperacion de rentas no previstas ni presupuestadas por la municipalidad. Articulo Cuarto.- Disponer que se cumpla con la publicacion del presente acuerdo y las comunicaciones dispuestas por Ley. Articulo Quinto.- Dispensar del tramite de Lectura y Aprobacion del Acta para el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Distrital

276936-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA
Declaran procedente la ejecucion y exoneracion de MORDAZA de seleccion de la obra "Pavimentacion de la MORDAZA Miraflores"
ACUERDO DE CONCEJO Nº 033-2008-MDSC
San MORDAZA, 30 de octubre del 2008

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