Norma Legal Oficial del día 28 de Noviembre del año 2008 (28/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 28 de noviembre de 2008

Estando a lo acordado por mayoria, contando con prorroga para resolver dispuesta mediante Resolucion del Presidente del Tribunal Registral N° 112-2008-SUNARP/ PT de fecha 09.06.2008. VII. RESOLUCION CONFIRMAR la tacha formulada al titulo venido en grado por el Registrador del Registro de Predios de la MORDAZA Registral XIII ­ Sede Tacna Oficina Registral de Juliaca, conforme a los fundamentos expuestos en la presente resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la MORDAZA Sala del Tribunal Registral MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vocal de la MORDAZA Sala del Tribunal Registral RESOLUCION Nº 178-2008-SUNARP-TR-A EL VOCAL QUE SUSCRIBE EMITE EL SIGUIENTE MORDAZA SINGULAR: 1. ¿Como deberiamos entender la aplicacion del supuesto de excepcion contenido en el art. 172º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, respecto de la no aplicacion de la caducidad de los gravamenes que regula la Ley Nº 26639? 2. En nuestro concepto y teniendo en cuenta que las normas que establecen un tratamiento diferenciado o excepcional deben ser interpretadas restrictiva y no ampliamente, los requisitos que de manera copulativa deben presentarse para la aplicacion de la referida excepcion son los siguientes: a) Que el gravamen MORDAZA sido constituido originalmente a favor de una empresa del sistema financiero y, b) Que el acreedor hipotecario sea una empresa de este tipo. 3. En el caso del titulo evaluado por esta instancia, el gravamen hipotecario no fue constituido originalmente a favor de una empresa del sistema financiero, sino que esta vino a convertirse en acreedor hipotecario luego de la cesion del derecho garantizado, es decir que no se habrian cumplido con los requisitos MORDAZA expuestos para considerar aplicable la excepcion prevista en el art. 172º de la Ley Nº 26702. 4. Por consiguiente, estimamos que el presente caso debio ser analizado bajo los alcances de la Ley Nº 26639, para determinar si resultaba procedente la cancelacion por caducidad de la inscripcion, en atencion a la informacion que se hubiera mostrado de los antecedentes registrales. Por estas razones y consideraciones legales, MI MORDAZA es porque se revoque la tacha y se determine si procedia o no la cancelacion por caducidad al MORDAZA de la Ley Nº 26639. MORDAZA ALAMO MORDAZA Vocal de la MORDAZA Sala del Tribunal Registral 282987-3

Acto Previo: "La anotacion preventiva del petitorio y de los actos y contratos referidos a el, no constituyen actos previos para la inscripcion de la concesion minera." I. ACTO CUYA INSCRIPCION SE SOLICITA Y DOCUMENTACION PRESENTADA Mediante el titulo venido en grado de apelacion se solicita la inscripcion de la concesion minera metalica Consuelito Nº 4 a favor de Exploandes S.R.L. Para tal efecto se ha presentado los siguientes documentos:

- MORDAZA certificada de la Resolucion Jefatural Nº 25612006-INACC/J del 15.6.2006 expedida por el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero mediante la cual se otorga la concesion minera metalica Consuelito Nº 4 a favor de Exploandes S.R.L. - MORDAZA certificada del Certificado Nº 3859-2006INACC-UADA mediante el cual se acredita que la Resolucion Jefatural Nº 2561-2006-INACC/J del 15.6.2006 se encuentra consentida. - Parte notarial que contiene la escritura publica de cancelacion de precio otorgada el 18.06.2008 ante Notario de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Ore. II. DECISION IMPUGNADA El Registrador Publico del Registro de Mineria de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, observo el titulo en los siguientes terminos (se ha ordenado la observacion a fin de un mejor resolver) : "1. Que la anotacion preventiva del contrato de transferencia inscrita en la partida electronica Nº 11072795 del Registro de Derechos Mineros a la fecha se encuentra caduca, por lo que de conformidad con el MORDAZA de Tracto Sucesivo y lo dispuesto en el articulo 9º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Derechos Mineros el interesado debera solicitar una nueva anotacion preventiva del Contrato de Transferencia y reintegrar la suma de S/.232.00 nuevos soles de acuerdo al arancel actual aprobado por Resolucion Nº 350-2007-SUNARP/ SN que aprueba el arancel vigente.

a) Se reitera el punto 1 de la observacion, por cuanto se debe considerar que la Resolucion Jefatural Nº 25612006-INACC/J que otorga el titulo de concesion minera Consuelito Nº 4 es a favor de Exploandes SRL, y ello debido a que la autoridad minera a tenido en cuenta en su oportunidad la anotacion preventiva del contrato de transferencia que obra en la partida 11072795 del Libro de Derechos Mineros de esta sede registral; que siendo asi y al haber caducado en el plazo, se debe proceder a la subsanacion conforme a lo indicado en el punto 1 de la observacion. Con relacion a las afirmaciones del escrito presentado, de acuerdo al articulo 9 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Derechos Mineros, se procedera a la apertura de una nueva partida registral, para proceder a la inscripcion del titulo de la concesion, para el caso de que cuando la autoridad minera hubiera expedido el titulo a favor del titular primigeneo al haberse producido la caducidad de la anotacion preventiva del contrato, que no es el caso. 2. Asimismo, no encontrandose cancelado el precio de transferencia, se servira alcanzar el instrumento del cual conste la cancelacion correspondiente, o en su defecto se procedera a la inscripcion de la hipoteca legal a cuyo efecto se debera abonar la suma de S/.232.00 de acuerdo al arancel vigente. b) Se reitera el punto 2 de la observacion, y por cuanto se ha adjuntado parte de la escritura publica sobre cancelacion de precio, instrumento que tiene fecha 18.6.2008, dicho documento no tiene acceso al registro por no ser preexistente a la fecha de MORDAZA del titulo del caso que nos ocupa y por cuanto las inscripciones se retrotraen a la fecha y hora de la MORDAZA del titulo; en consecuencia, se procedera a la inscripcion de la hipoteca legal, y el interesado podra efectuar una nueva MORDAZA del mencionado documento, oportunidad en la que se procedera a la calificacion del titulo.

Disponen inscripcion de concesion minera en el Registro de Derechos Mineros de MORDAZA
RESOLUCION Nº 283-2008-SUNARP-TR-A MORDAZA, 26 de setiembre de 2008 APELANTE TITULO RECURSO REGISTRO ACTO SUMILLA : : : : : : EDER MORDAZA MORDAZA Nº 39772 del 20-05-2008. HTD Nº 49676 del 07-08-2008. Derechos Mineros de MORDAZA Concesion Minera

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