Norma Legal Oficial del día 29 de Noviembre del año 2008 (29/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de noviembre de 2008

NORMAS LEGALES
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N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; el Reglamento vigente; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE:

- MORDAZA ­ Chan Chan, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la MORDAZA ­ Trujillo. BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez" - Aeropuerto de Chiclayo - Aeropuerto de MORDAZA - Aeropuerto de MORDAZA SUB-BASE DE OPERACIONES: - Aerodromo de Las Dunas - Aerodromo de Nasca - Aeropuerto de MORDAZA - Aeropuerto de MORDAZA Articulo 2º.- Las aeronaves autorizadas a la compania AERODIANA S.A.C. deben estar provistas de sus correspondientes Certificados de Matricula vigentes, expedidos - de ser el caso - por el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; de sus Certificados de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil; y, de la Poliza o Certificado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3º.- La compania AERODIANA S.A.C. esta obligada a presentar a la Direccion General de Aeronautica Civil, los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad aerea, de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 4º.- La compania AERODIANA S.A.C. esta obligada a establecer un Sistema de Radiocomunicacion entre los puntos a operar, a fin de mantener permanente informacion del trafico aereo que realizan sus aeronaves. Articulo 5º.- La compania AERODIANA S.A.C. empleara en su servicio, personal aeronautico que cuente con su respectiva licencia y certificacion de aptitud, expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 6º.- La compania AERODIANA S.A.C. podra hacer uso de las instalaciones de aeropuertos y/o aerodromos privados, previa autorizacion de sus propietarios y cuando corresponda, previa obtencion de las autorizaciones gubernamentales especiales que exija la legislacion nacional vigente. Articulo 7º.- Las aeronaves de la compania AERODIANA S.A.C. podran operar en las rutas, aeropuertos y/o aerodromos cuyas alturas, longitudes de pista y resistencia, asi como otras caracteristicas derivadas de dichos aeropuertos y/o aerodromos, se encuentren comprendidas en sus tablas de performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente, asi como en sus respectivas Especificaciones de Operacion. Articulo 8º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolucion; o pierda alguna de las capacidades exigidas por la Ley N° 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Explotador y Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 9°.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 10º.- La vigencia del presente Permiso de Operacion queda condicionada al cumplimiento de la obligacion por parte de AERODIANA S.A.C., de otorgar la garantia global que senala el Articulo 93º de la Ley N° 27261, en los terminos y condiciones que establece su Reglamento y dentro del plazo que senala el Articulo 201° de dicho dispositivo. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 11º.- La compania AERODIANA S.A.C. debera presentar cada ano el Balance de Situacion, el Estado de Ganancias y Perdidas al 30 de junio y 31 de diciembre, y el Flujo de MORDAZA proyectado para el ano siguiente. Articulo 12º.- La compania AERODIANA S.A.C. debera respetar la riqueza cultural, historica y turistica que sustenta la buena imagen del pais. Articulo 13º.- El presente Permiso de Operacion queda sujeto a la Ley de Aeronautica Civil, Ley N° 27261, el Reglamento; y demas disposiciones legales

Articulo 1º.- Otorgar a la compania AERODIANA S.A.C., Permiso de Operacion de Aviacion Comercial ­ Transporte Aereo Especial: turistico de acuerdo a las caracteristicas senaladas en la presente Resolucion, por el plazo de cuatro (04) anos contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano". El presente Permiso de Operacion tiene caracter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aereas la compania AERODIANA S.A.C. debera contar con el Certificado de Explotador correspondiente, asi como sus Especificaciones de Operacion, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentacion y de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil, debiendo acreditar en estas etapas su capacidad legal, tecnica y economico-financiera. NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviacion Comercial ­ Transporte Aereo Especial: Turistico AMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONAUTICO: - Cessna 172 - Cessna 182 - Cessna 206 - Cessna 207 - Cessna 208 - Cessna 210 - Beechcraft B-200 - Beechcraft 1900 ZONAS DE OPERACION: CIRCUITOS TURISTICOS El presente permiso de operacion no autoriza el sobrevuelo en Areas Naturales Protegidas. - MORDAZA ­ Sobrevuelo Lineas de Nasca ­ Pisco. - MORDAZA ­ Sobrevuelo Lineas de Nasca, MORDAZA de los Volcanes ­ Pisco. - MORDAZA ­ Sobrevuelo Lineas de Nasca, Lineas de Palpa ­ Pisco. - MORDAZA ­ Sobrevuelo Lineas de Nasca, Punta Paracas, El Candelabro ­ Pisco. - MORDAZA ­ MORDAZA ­ Sobrevuelo Lineas de Nasca ­ MORDAZA ­ Lima. - MORDAZA ­ Caral ­ Lima. - Las Dunas ­ Sobrevuelo Lineas de Nasca ­ Las Dunas. - Las Dunas ­ Sobrevuelo Lineas de Nasca, MORDAZA de los Volcanes ­ Las Dunas. - Las Dunas ­ Sobrevuelo Lineas de Nasca, Punta Paracas, El Candelabro ­ Las Dunas. - Nasca - Sobrevuelo Lineas de Nasca - Nasca - Nasca - Sobrevuelo Lineas de Nasca, MORDAZA de los Volcanes ­ Nasca - Nasca - Sobrevuelo Lineas de Nasca, Punta Paracas, El Candelabro ­ Nasca. - Nasca - Sobrevuelo Lineas de Palpa - Nasca - Nasca - Sobrevuelo Lineas de Nasca, Lineas de Palpa ­ Nasca. - MORDAZA - Sobrevuelo MORDAZA de los Volcanes MORDAZA - MORDAZA - Sobrevuelo MORDAZA del MORDAZA, Chivay, MORDAZA de los Volcanes - MORDAZA Circuito "Spirit of Sipan" - Chiclayo ­ Complejo Ventarron, Oyon, Cerro La Puntilla, Sipan MORDAZA Grande, Represa Tinajones, MORDAZA de Chaparri, Bosque de Pomac, Piramides de las Ventanas, Piramides Tucume, MORDAZA ­ Chiclayo.

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