Norma Legal Oficial del día 08 de Octubre del año 2008 (08/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, miercoles 8 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES

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como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y demas normas legales pertinentes. De conformidad con el articulo 36° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, si vencido el plazo mencionado en el articulo 1° de la presente Resolucion, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraidas en su solicitud, respecto de la ejecucion de los estudios y cumplimiento del Cronograma de Ejecucion de Estudios, la Direccion General de Electricidad ejecutara la garantia otorgada. Articulo 4°.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 36° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 260379-2

Directivo de la MORDAZA de Pensiones Militar - Policial, General PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el periodo de dos anos. Articulo 2º.- La Presente Resolucion Ministerial sera refrendada por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa 261988-1

JUSTICIA
Designan Procurador Publico Ad Hoc para que asuma la representacion y defensa de los derechos e intereses del Estado Peruano en acciones que se inicien por presunta comision de delito de MORDAZA de activos con excepcion de aquellos que tengan como delitos precedentes al trafico ilicito de drogas y al terrorismo
RESOLUCION SUPREMA Nº 167-2008-JUS MORDAZA, 7 de octubre de 2008 CONSIDERANDO: Que, la criminalidad organizada ha alcanzado un poder economico que distorsiona la MORDAZA economica, social y politica de los paises, de modo tal que los indicadores necesarios para la implementacion de politicas socioeconomicas no reflejan la realidad de algunas sociedades haciendo que las mismas conduzcan a resultados no planificados; este gran poder socava todas las instituciones gubernamentales y no gubernamentales, llegando inclusive a tratar de controlar al mismo Estado; Que, el Peru ha sufrido los embates de los delitos del Trafico Ilicito de Drogas y del Terrorismo y ahora sufre las consecuencias del Delito de MORDAZA de Activos, resultando necesario adoptar las medidas administrativas que permitan una respuesta efectiva del Estado respecto a dichos delitos, sin que ello signifique una superposicion de funciones con relacion a las que han sido encargadas a los Procuradores Publicos Especializados de Trafico Ilicito de Drogas y de Terrorismo; Que, es necesario designar un Procurador Publico Ad Hoc que asuma la representacion y defensa de los derechos e intereses del Estado en las investigaciones preliminares, investigaciones preparatorias y procesos judiciales que se inicien por la presunta comision del Delito de MORDAZA de Activos con excepcion de aquellos que tengan como delitos precedentes al Trafico Ilicito de Drogas y al Terrorismo; Conforme a lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Ley Nº 17537 - Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial del Estado, el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del sector Justicia y la Ley Nº 29212 - Ley que modifica el Decreto Legislativo Nº 992 que regula el MORDAZA de perdida de dominio; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al senor abogado MORDAZA MORDAZA VEGAS URRUTIA como Procurador Publico Ad Hoc para que asuma la representacion y defensa de los derechos e intereses del Estado Peruano, en las acciones legales a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Se autoriza al letrado indicado en el articulo precedente a asumir la defensa del Estado en los procesos de perdida de dominio ya iniciados o por iniciarse,

INTERIOR
Prorrogan mandato de Presidente del Consejo Directivo de la MORDAZA de Pensiones Militar - Policial
RESOLUCION MINISTERIAL N° 0980-2008-IN MORDAZA, 7 de octubre de 2008 VISTOS, el Oficio N° 355-2008-IN/0101 y el Oficio N° 2262-2008-MD/DM, relacionados a la prorroga del mandato del Presidente del Consejo Directivo de la MORDAZA de Pensiones Militar -- Policial. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 0808-2006IN, de fecha 07 de marzo de 2006, se designo al General PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Presidente del Consejo Directivo de la MORDAZA de Pensiones Militar - Policial; Que, el articulo 12° del Decreto Ley N° 21021, Ley de Creacion de la MORDAZA de Pensiones Militar - Policial, modificado por Ley N° 28541, establece que la Direccion de la MORDAZA esta a cargo del Consejo Directivo, cuyo Presidente, de acuerdo al literal a) del mismo articulo, es designado por los Ministros de Defensa y del Interior; Que, el articulo 13° del Decreto Ley N° 21021, modificado por Ley N° 28541, establece que los directores del Consejo Directivo son nombrados por resolucion ministerial, refrendada por los Ministros de los sectores correspondientes, su mandato se ejerce por un periodo de dos (2) anos, prorrogable por una sola vez y por el mismo plazo; Que, de conformidad con lo expresado en el Oficio N° 355-2008- IN/0101 y el Oficio N° 2262-2008-MD/DM, se ha visto por conveniente prorrogar el mandato del actual Presidente del Consejo Directivo de la MORDAZA de Pensiones Militar - Policial; Que, de acuerdo con el inciso 17.1 del articulo 17° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la autoridad podra disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emision, solo si fuera mas favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopcion; y, De conformidad con la Ley N° 29158 -- Ley Organica del Poder Ejecutivo y el Decreto Ley N° 21021, Ley de Creacion de la MORDAZA de Pensiones Militar Policial, modificado por Ley N° 28541. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Prorrogar, con eficacia al 08 de marzo de 2008, el mandato del actual Presidente del Consejo

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