Norma Legal Oficial del día 16 de Octubre del año 2008 (16/10/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

381591

actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica Poroma, de acuerdo con el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, presentado por SOLEOL S.A.C., persona juridica inscrita en la Partida N° 11017127 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Piura; CONSIDERANDO:

Articulo 4°.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 36° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas
260378-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 453-2008-MEM/DM

Que, SOLEOL S.A.C., mediante documento con registro de ingreso Nº 1800484, de fecha 10 de MORDAZA de 2008, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica Poroma, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 30° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollaran en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica, en la MORDAZA comprendida dentro de las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, el aviso de peticion de concesion temporal que se indica en el primer considerando de la presente Resolucion, fue publicado en el Diario Oficial El Peruano los dias 22 y 23 de agosto de 2008, en cumplimiento del articulo 31º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que el peticionario ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el Informe N° 187-2008-DGE-DCE de fecha 05 de setiembre de 2008; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 23° de la Ley de Concesiones Electricas, y el articulo 36° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar concesion temporal a favor de SOLEOL S.A.C., que se identificara con el codigo N° 27163108, para desarrollar estudios relacionados a la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica Poroma, para una capacidad instalada estimada de 50 MW, los cuales se realizaran en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica, por un plazo de dos (02) anos contados a partir de la vigencia de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Los estudios se realizaran al MORDAZA de la presente concesion temporal, y comprenderan la MORDAZA delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56): VERTICE 1 2 3 4 ESTE 500 000,0000 490 000,0000 490 000,0000 500 000,0000 NORTE 8 330 000,0000 8 330 000,0000 8 340 000,0000 8 340 000,0000

MORDAZA, 29 de setiembre de 2008 VISTO: El Expediente Nº 27162708, sobre concesion temporal para realizar estudios relacionados a la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica San MORDAZA de Lloc, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, presentado por SOLEOL S.A.C., persona juridica inscrita en la Partida Nº 11017127 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Piura; CONSIDERANDO: Que, SOLEOL S.A.C., mediante documento con registro de ingreso Nº 1800475, de fecha 10 de MORDAZA de 2008, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica San MORDAZA de Lloc, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 30º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollaran en los distritos de San MORDAZA de Lloc y Ascope, provincias de Pacasmayo y Ascope, departamento de La MORDAZA, en la MORDAZA comprendida dentro de las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, el aviso de peticion de concesion temporal que se indica en el primer considerando de la presente Resolucion, fue publicado en el Diario Oficial El Peruano los dias 30 y 31 de agosto de 2008, en cumplimiento del articulo 31º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que el peticionario ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el Informe Nº 192-2008-DGE-DCE de fecha 09 de setiembre de 2008; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 23º de la Ley de Concesiones Electricas, y el articulo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE:

Articulo 3°.- El concesionario esta obligado a realizar los estudios, respetando las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y demas normas legales pertinentes. De conformidad con el articulo 36° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, si vencido el plazo mencionado en el articulo 1° de la presente Resolucion, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraidas en su solicitud, respecto de la ejecucion de los estudios y cumplimiento del Cronograma de Ejecucion de Estudios, la Direccion General de Electricidad ejecutara la garantia otorgada.

Articulo 1º.- Otorgar concesion temporal a favor de SOLEOL S.A.C., que se identificara con el codigo Nº 27162708, para realizar estudios relacionados a la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica San MORDAZA de Lloc, para una capacidad instalada estimada de 50 MW, los cuales se realizaran en los distritos de San MORDAZA de Lloc y Ascope, provincias de Pacasmayo y Ascope, departamento de La MORDAZA, por un plazo de dos (02) anos contados a partir de la vigencia de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los estudios se realizaran al MORDAZA de la presente concesion temporal, y comprenderan la MORDAZA delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56):

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.