Norma Legal Oficial del día 22 de Octubre del año 2008 (22/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES
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MORDAZA, por el periodo comprendido entre Ene.2004 ­ Dic.2005, incluyendo periodos anteriores y posteriores; y, CONSIDERANDO:

Que, el Examen Especial en la Municipalidad Provincial de MORDAZA, se realizo por disposicion de la Contraloria General de la Republica con la finalidad de determinar si los recursos municipales se utilizaron conforme a lo establecido en la normativa, incidiendo en los procesos de adquisicion de bienes y servicios; Que, como consecuencia de la mencionada accion de control, la Comision Auditora ha determinado que en el ano 2004 se decidio incrementar la remuneracion del MORDAZA de S/. 2 600,00 a S/. 4 280,00 mas los impuestos de ley, asi como las dietas de los regidores de S/. 400,00 a S/. 600,00 por sesion, mas los impuestos de ley, soslayando la prohibicion presupuestal de realizar tales incrementos, ocasionando perjuicio economico a la entidad MORDAZA por S/. 426 336,48 correspondiente al periodo Ene.2004 Ago.2006; el mismo que es necesario resarcir conforme al articulo 1321° del Codigo Civil; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley N° 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que, en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que inicie las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, y; De conformidad con el literal d) del articulo 22º de la Ley N° 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y el Decreto Ley N° 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales correspondientes por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para el efecto, los antecedentes del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 266986-2 RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 420-2008-CG MORDAZA, 17 de octubre de 2008 VISTO, el Informe Especial N° 251-2008-CG/ORICEE, resultante del Examen Especial de Verificacion de Denuncias practicado a la Municipalidad Distrital de Ocucaje, Provincia y Departamento de Ica, periodo Febrero 2001 a Diciembre 2002; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica, dispuso la ejecucion de una accion de control a la Municipalidad Distrital de Ocucaje, orientada a determinar la veracidad de la denuncia referida a la contratacion y ejecucion de obras, contratacion de servicios no personales, contratacion de personal y manejo de recursos economicos; Que, como consecuencia de la accion de control efectuada, la Comision Auditora ha determinado que

durante el periodo 1.ENE.1999 ­ 31.DIC.2002, se contrato directamente a un contratista para la ejecucion de la Obra "Carretera de Entrada al Distrito de Ocucaje", sin llevar a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente, ni exigir a dicho contratista la MORDAZA de las constancias pertinentes, e incumpliendo con requerir la garantia de fiel cumplimiento. Asimismo, se efectuaron pagos al contratista MORDAZA y despues de la fecha de suscripcion del Contrato e inicio de la Obra, sin exigir la MORDAZA de garantias por el adelanto otorgado ni valorizaciones; y durante la ejecucion de la obra no se MORDAZA con la debida supervision, ni se efectuaron controles de calidad, permitiendo que el contratista ejecute la obra sin cumplir con las especificaciones tecnicas, lo cual conllevo a que las partidas correspondientes a pavimentacion, ascendientes a S/.58 092,43, presentaran graves deficiencias tecnicas, y fueran reemplazadas por una nueva obra ejecutada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ocasionando perjuicio economico a la entidad MORDAZA por el citado monto; hechos que configuran la existencia de indicios razonables que hacen presumir la comision del delito de Colusion, previsto y penado en el articulo 384° del Codigo Penal; Que, conforme al articulo 11º del Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Organica del Ministerio Publico, la tipificacion efectuada de los delitos no limita la competencia asignada al Ministerio Publico en su calidad de Titular de la accion penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley N° 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte de la Procuradora Publica, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo en tal sentido, autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica para que impulse las acciones legales pertinentes contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, el Decreto Ley N° 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica encargada de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 266986-3

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Autorizan viaje de representantes del JNE a EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION N° 203-2008-P/JNE MORDAZA, 21 de octubre de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de fecha 14 de octubre de 2008, el Director General de Derechos Humanos del

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