Norma Legal Oficial del día 23 de Octubre del año 2008 (23/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 23 de octubre de 2008

Articulo 1º.- Aprobar la transferencia financiera del Programa de Emergencia Social Productivo "Construyendo Peru" por un monto total de S/. 43 852,56 (Cuarenta y Tres Mil Ochocientos Cincuenta y Dos y 56/100 Nuevos Soles) a favor de la Municipalidad Distrital de Sina, provincia de San MORDAZA de Putina departamento de MORDAZA, Organismo Ejecutor del Sector Publico, por concepto del rubro "MONC" del convenio Nº 25-0810-PEU suscrito bajo la modalidad de Proyectos Especiales de Urgencia, conforme al detalle senalado en el anexo de la presente resolucion. Articulo 2°.- Encargar al Secretario General del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo el tramite de la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y que proceda a dar cuenta al Congreso de la Republica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ELISBAN VILLASANTE MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo

Licencias de Conducir, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2003-MTC y modificado por los Decretos Supremos Nº 024-2005-MTC y Nº 018-2007-MTC. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintidos dias del mes de octubre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones

268493-3

268207-1

Otorgan autorizacion a persona natural para prestar servicio de radiodifusion sonora educativa en onda media en localidad del departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 643-2008-MTC/03
MORDAZA, 17 de octubre de 2008 VISTO, el Escrito con Registro Nº 2008-008364, presentado por don DARWIN MORDAZA ENEQUE PISFIL sobre otorgamiento de autorizacion por Concurso Publico para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora educativa en Onda Media, en la localidad de Cutervo - Chota - MORDAZA MORDAZA - Bambamarca - San MORDAZA, departamento de Cajamarca; CONSIDERANDO: Que, el articulo 16° de la Ley de Radio y Television, establece que las autorizaciones del servicio de radiodifusion se otorgan a solicitud de parte o por concurso publico. El concurso publico es obligatorio cuando la cantidad de frecuencias o MORDAZA disponibles en una banda es menor al numero de solicitudes presentadas; Que, mediante Resolucion Directoral N° 2601-2006MTC/17, se aprobaron las Bases del Concurso Publico N° 02-2006-MTC/17, para el otorgamiento de autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion sonora y por television, en las modalidades educativa y comercial en diversas localidades y bandas de frecuencias, entre las cuales se encuentra la banda de Onda Media en la localidad de Cutervo - Chota - MORDAZA MORDAZA - Bambamarca - San Miguel; Que, los dias 16 y 26 de febrero del 2007, se llevaron a cabo los Actos Publicos de MORDAZA de los Sobres Nºs 1, 2, 3 y 4, y de Apertura de los Sobres Nºs 1 y 2, asi como la Apertura de los Sobres Nºs 3 y 4, y el Otorgamiento de la Buena Pro, respectivamente, otorgandose la Buena Pro para la autorizacion del servicio de radiodifusion sonora educativa en Onda Media, en la localidad de Cutervo - Chota - MORDAZA MORDAZA - Bambamarca - San MORDAZA, departamento de MORDAZA, a don DARWIN MORDAZA ENEQUE PISFIL conforme se verifica del Acta de los referidos Actos Publicos; Que, el articulo 19° del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establece que la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion es concedida mediante Resolucion del Viceministro de Comunicaciones; Que, mediante Informe Nº 2932-2008-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, considera que don DARWIN MORDAZA ENEQUE PISFIL ha cumplido con las obligaciones previstas en el numeral 21 y demas disposiciones contenidas en las Bases del Concurso Publico Nº 02-2006-MTC/17, asi como con la MORDAZA de la documentacion tecnica y legal requerida, por lo que resulta procedente otorgar a la referida empresa la autorizacion y permiso solicitados; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, las Bases del Concurso Publico N° 02-2006-MTC/17, el Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Suspenden exigencia de diversos requisitos establecidos en el Reglamento de Autorizaciones a Establecimientos de Salud Encargados de la Toma de Examenes de Aptitud Psicosomatica para Licencias de Conducir
DECRETO SUPREMO Nº 033-2008-MTC
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Reglamento deAutorizaciones a Establecimientos de Salud Encargados de la Toma de Examenes de Aptitud Psicosomatica para Licencias de Conducir aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2003-MTC, modificado por los Decretos Supremos Nº 024-2005-MTC y Nº 018-2007-MTC, establecen entre los requisitos para solicitar autorizacion, un equipamiento medico adicional y una carta fianza por US$ 30,000.00 (treinta mil 00/100 dolares americanos); los cuales se encuentran contenidos en los literales f), g) y h) del numeral 7.2 y los literales e), f) y g) del numeral 7.3 del articulo 7º; y, en el literal m) del articulo 9º de dicho Reglamento, respectivamente; Que, de otro lado con fecha 16 de septiembre de 2008, dentro del MORDAZA de la reunion sostenida en el Consejo Nacional de Seguridad Vial, el Ministerio de Salud expreso su interes en retomar la responsabilidad de normar, autorizar y supervisar la prestacion en la toma de los examenes medicos para la obtencion de licencias de conducir; a partir de lo cual se han iniciado conversaciones con este sector para estudiar las medidas necesarias que puedan permitir una adecuada transferencia de funciones; razon por la cual resulta necesario suspender la exigencia de los referidos requisitos a fin de evaluar conjuntamente entre ambos Ministerios su viabilidad; y, De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y en la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; DECRETA: Articulo 1º.- Suspender hasta el 26 de junio de 2009, la exigencia de los requisitos para la prestacion del servicio de toma de examenes de aptitud psicosomatica de licencias de conducir, establecidos en los incisos f), g), y h) del numeral 7.2; incisos e), f) y g) del numeral 7.3 del articulo 7º; y, en el inciso m) del articulo 9º del Reglamento de Autorizaciones a Establecimientos de Salud Encargados de la Toma de Examenes de Aptitud Psicosomatica para

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