Norma Legal Oficial del día 03 de Septiembre del año 2008 (03/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, miercoles 3 de setiembre de 2008

NORMAS LEGALES
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RELACIONES EXTERIORES

Autorizan viaje de funcionario diplomatico para participar en la Primera Reunion MORDAZA de Migraciones que se realizara en Ecuador
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1044-2008-RE
MORDAZA, 28 de agosto de 2008 CONSIDERANDO:

Articulo Tercero.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino del referido viaje, el citado funcionario diplomatico debera presentar un informe ante el senor Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

246785-1

Que, se ha recibido una invitacion de la Secretaria Nacional del Migrante (SENAMI) de la Republica del Ecuador para que funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores del Peru participen en la Primera Reunion MORDAZA de Migraciones, a llevarse a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Ecuador, del 04 al 05 de septiembre de 2008; Que, el objetivo de dicha Reunion, de caracter tecnico, es contribuir a la generacion de politicas publicas a traves del intercambio de ideas y experiencias en la perspectiva de la gobernabilidad migratoria y la proteccion de los derechos humanos de los migrantes; Que, dentro de la nueva politica consular y de proteccion a las comunidades peruanas en el exterior, uno de los aspectos fundamentales consiste en brindar un adecuado seguimiento a la problematica migratoria de nuestros connacionales; Teniendo en cuenta el Memorandum (SCP) Nº 0410/2008, de 26 de agosto de 2008, de la Subsecretaria de Comunidades Peruanas en el Exterior, y estando a lo dispuesto en la Hoja de Tramite (GAC) Nº 4575, de 25 de agosto de 2008, del Gabinete de Coordinacion del Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores y la Hoja de Tramite (GAB) Nº 986, de 26 de agosto de 2008, del Gabinete del senor Ministro; De conformidad con la Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; los articulos 185º y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; en concordancia con el articulo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el inciso m) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de funcionarios y servidores publicos; su modificatoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes oficiales al exterior de funcionarios y servidores publicos se realicen en clase economica; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el numeral 8.2 del articulo 8º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje, en comision de servicios, a la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Ecuador, del 04 al 05 de septiembre de 2008, del Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA Lutgardo Belevan Mc Bride, Subsecretario de Comunidades Peruanas en el Exterior, para que participe en la Primera Reunion MORDAZA de Migraciones. Articulo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 29673 - Tramite, Defensa y Proteccion de los Ciudadanos Peruanos en el Exterior, debiendose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino de la referida comision, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos MORDAZA Lutgardo Belevan Mc Bride Pasajes US$ 908.12 Viaticos Numero Total por dia de viaticos US$ dias US$ 200.00 2+1 600.00 Tarifa aeropuerto US$ 30.25

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Establecen disposiciones para la ejecucion de la reubicacion general como mecanismo de implementacion del beneficio de reincorporacion o reubicacion laboral a que se refiere la Ley Nº 27803
DECRETO SUPREMO Nº 005-2008-TR
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el inciso 1 del articulo 3º de la Ley Nº 27803 establece el beneficio de la reincorporacion o reubicacion laboral a favor de los ex trabajadores inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente, encontrandose a la fecha en MORDAZA de ejecucion; Que, el articulo 7º de la citada Ley senala que la implementacion, conformacion y ejecucion del Programa Extraordinario de Acceso a los beneficios esta a cargo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, por lo que es necesario precisar la obligacion de las diferentes empresas y entidades del Estado de cumplir con las resoluciones que emita; Que, el articulo 9º del Decreto de Urgencia Nº 0252008 establece que el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo ejecuta el MORDAZA de reubicacion general indicando la modalidad por la que se verifica el perfil minimo del ex trabajador a fin de ocupar las plazas presupuestadas vacantes y las reglas que permitan la mejor ejecucion del beneficio, disponiendo se dicten las disposiciones reglamentarias correspondientes; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 6) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, el numeral 3 del articulo 11º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27803 modificada por las Leyes Nos. 28299 y 28738, la Cuarta Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley No. 29059 y el Decreto de Urgencia Nº 025-2008; DECRETA: Articulo 1º.- De la titularidad de la ejecucion de la reubicacion general La ejecucion de la reubicacion general como mecanismo de implementacion del beneficio de reincorporacion o reubicacion laboral previsto en el inciso 1º del articulo 3º de la Ley Nº 27803, corresponde al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, por lo que los actos y disposiciones administrativas que este efectue para su ejecucion son de estricto cumplimiento por las diferentes entidades y empresas del Estado. Articulo 2º.- Del perfil minimo El Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo analiza el cumplimiento del perfil minimo de los ex trabajadores que pretenden la ejecucion del beneficio de la reubicacion laboral, para lo cual homogeniza los requisitos o exigencias remitidos por las entidades o empresas del

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