Norma Legal Oficial del día 03 de Septiembre del año 2008 (03/09/2008)


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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 3 de setiembre de 2008

El Oficio s/n ­ Registro N° 200820251, Informes Tecnicos de Viabilidad, Acuerdo de Concejo Nº 017 de la Municipalidad Distrital de Barranquita, Acuerdo de Concejo Nº 012-2008 de la Municipalidad Distrital de Caynarachi, Acuerdo de Concejo Nº 023 de la Municipalidad Distrital de Chipurana, Acuerdo de Concejo Nº 023-2008 de la Municipalidad Distrital de Huimbayoc, Acuerdo de Concejo Nº 025/MDP-2008 de la Municipalidad Distrital de Papaplaya, Acuerdo de Concejo Nº 016-2008 de la Municipalidad Distrital de El Porvenir, Acta de Constitucion y Estatuto aprobados por los Alcaldes de las Municipalidades que integran la "Mancomunidad Municipal de Bajo Huallaga y Caynarachi" que consta en Testimonio correspondiente a la Escritura Publica extendida ante Notario de Tarapoto, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y el Informe Nº 0302008-PCM-SD/MIRA. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, en el articulo 2º, define a esta como el acuerdo de dos o mas municipalidades, colindantes o no, con la finalidad de prestacion conjunta de servicios y ejecucion de obras, promoviendo el desarrollo local, la participacion ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, el articulo 5º de la Ley N° 29029 establece que la Mancomunidad Municipal tiene personeria juridica propia y aprueba su estatuto conforme a las normas del Codigo Civil, debiendo senalar su domicilio, ambito territorial, objeto y funciones, organos directivos, recursos, plazo de duracion, reglas de disposicion de bienes en caso de disolucion y otras condiciones necesarias para su funcionamiento; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 016-2008PCM, se abrio el Registro de Mancomunidades Municipales y se aprobo su reglamento, estableciendose los requisitos para solicitar la inscripcion de estas; Que, mediante el oficio de vistos, los senores Alcaldes de las Municipalidades Distritales de Barranquita y Caynarachi, en la provincia de Lamas, y Chipurana, Huimbayoc, Papaplaya y El Porvenir, en la provincia y departamento de San MORDAZA, solicitan la inscripcion de la "Mancomunidad Municipal de Bajo Huallaga y Caynarachi"; Que, los Informes Tecnicos de vistos, contienen informacion sobre: I) Diagnostico de los distritos; ubicacion geografica, desarrollo humano y aspecto presupuestal; II) Diagnostico de la mancomunidad; composicion de la mancomunidad y gestores; problematica social en pobreza, educacion y salud; problematica economica, en agricultura, ganaderia, pesqueria y comercio; problematica de infraestructura, en accesibilidad distrital, infraestructura y equipamiento urbano; problematica medioambiental, en contaminacion ambiental, deforestacion, MORDAZA ilegal y trafico de tierras; III) Competencias y responsabilidades de la mancomunidad; IV) Objetivos de la mancomunidad; V) Propuesta de estructura de la mancomunidad; y VI) Expectativas de la mancomunidad; que en su conjunto justifican la viabilidad tecnica para su constitucion; Que, por los Acuerdos de Concejo de vistos, las Municipalidades Distritales de Barranquita, Caynarachi, Chipurana, Huimbayoc, Papaplaya y El Porvenir, aprueban los Informes Tecnicos de Viabilidad y la constitucion de la "Mancomunidad Municipal de Bajo Huallaga y Caynarachi"; Que, el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal de Bajo Huallaga y Caynarachi", aprobado por los Alcaldes de las Municipalidades que integran la Mancomunidad, mediante Acta de Constitucion de vistos, senala como finalidad de la misma, promover el desarrollo local, la participacion ciudadana y el mejoramiento de la calidad de los servicios a los ciudadanos mediante la realizacion de acciones que permitan la prestacion conjunta de servicios y la ejecucion de obras. Asimismo, se mencionan los siguientes objetivos: a) Formular, desarrollar y gestionar proyectos articulados del ambito de la mancomunidad para el desarrollo integral de la zona; b) Promover el desarrollo de servicios basicos en forma conjunta, de acuerdo a su competencia; c) Planificar, organizar, dirigir y supervisar politicas y proyectos de toda indole que permitan la sinergia intermunicipal, conforme a las necesidades de la poblacion, de manera que promuevan el desarrollo local de manera integra y equitativa; d) Difundir y fortalecer los recursos humanos con los que cuenta la Mancomunidad, con el objetivo de mejorar la gestion institucional y complementariedad entre las Municipalidades asociadas, y se brinden los asesoramientos que correspondan para satisfacer las demandas y necesidades de todos los vecinos de la jurisdiccion; e) Gestionar y afrontar de manera conjunta la escasez de recursos economicos u otros

problemas que atenten contra los fines y necesidades de las Municipalidades asociadas; f) Fomentar la participacion activa de la ciudadania y sociedad civil tanto en las actividades como en la gestion de la Mancomunidad; g) Favorecer la integracion social de poblacion en riesgo perteneciente al ambito de competencia de la Mancomunidad; y H) Otros objetivos de acuerdo a la normativa aplicable; Que, asimismo, el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal Bajo Huallaga y Caynarachi", contiene informacion sobre denominacion, domicilio, ambito territorial, objeto, funciones, organos directivos, recursos, plazo de duracion indefinida, condiciones para la admision, renuncia y separacion de sus miembros, requisitos para su modificacion y las reglas para la disposicion de bienes en caso de disolucion; de este modo, se ha dado cumplimiento al contenido exigido para la elaboracion del Estatuto de la Mancomunidad Municipal, de conformidad a lo dispuesto por la Resolucion Ministerial Nº 016-2008-PCM; Que, de conformidad a la solicitud de inscripcion, Informes Tecnicos de Viabilidad, Acuerdos de Concejo, Acta de Constitucion y Estatuto de la "Mancomunidad Municipal de Bajo Huallaga y Caynarachi", se ha cumplido con lo establecido por los principios, los objetivos y requisitos mencionados en los articulos 3º, 4º y 5º de la Ley N° 29029, y con lo dispuesto en el articulo 4º, de la Resolucion Ministerial Nº 016-2008-PCM; Que, acorde con el Informe Nº 030-2008-PCM-SD/MIRA, procede que la Secretaria de Descentralizacion, mediante la resolucion correspondiente, disponga la inscripcion de la "Mancomunidad Municipal de Bajo Huallaga y Caynarachi", en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29029, la Resolucion Ministerial Nº 016-2008-PCM, y en uso de las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Formalizacion de Inscripcion de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales, a la "Mancomunidad Municipal de Bajo Huallaga y Caynarachi"; integrada por las Municipalidades Distritales de Barranquita y Caynarachi, en la provincia de Lamas, y Chipurana, Huimbayoc, Papaplaya y El Porvenir, en la provincia y departamento de San Martin. Articulo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la "Mancomunidad Municipal de Bajo Huallaga y Caynarachi", como sigue: - Presidente: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Napuchi, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Chipurana. - Vicepresidente: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Caynarachi. - Secretario: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Barranquita. - Tesorero: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de El Porvenir. - Fiscal: MORDAZA Hipushima MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Papaplaya. - Vocal: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cumapa, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Huimbayoc. Articulo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Acta de Constitucion y el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal de Bajo Huallaga y Caynarachi", en el Registro de Mancomunidades Municipales. Independientemente de ello, el estatuto y los actos que se ejecuten bajo su MORDAZA, deberan sujetarse a las demas normas aplicables, conforme sea necesario. Articulo 4º.- Publicacion Disponer la publicacion de la presente Resolucion Secretarial en el Diario Oficial El Peruano, y en la pagina Web de la Presidencia del Consejo de Ministros: www. pcm.gob.pe/sd. Articulo 5º.- Vigencia La presente Resolucion rige a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PANGO VILDOSO Secretario de Descentralizacion

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