Norma Legal Oficial del día 05 de Septiembre del año 2008 (05/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, viernes 5 de setiembre de 2008

NORMAS LEGALES
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Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de vigilancia y seguridad integral del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1047-2008-RE MORDAZA, 1 de setiembre de 2008

Visto, el Informe (LOG) Nº 013-2008, de fecha 20 de agosto de 2008, de la Direccion de Logistica por el cual se emite la sustentacion tecnica y, el informe legal emitido por la Direccion General de Asuntos Legales, con relacion a la necesidad de exonerar la Contratacion del Servicio de Vigilancia y Seguridad Integral para el Ministerio de Relaciones Exteriores; CONSIDERANDO:

Que, el 29 de agosto de 2007, se suscribio el Contrato Nº 0003-2007-RE con el consorcio conformado por las empresas MORDAZA Segurity S.A.C., Forza Segur S.A.C. y MORDAZA del Oriente S.A.C., para la prestacion del servicio de vigilancia y seguridad integral de las dependencias del Ministerio de Relaciones Exteriores, con vigencia hasta el 01 de setiembre de 2008; Que, con fecha 08 de MORDAZA de 2008 se convoco, previa prepublicacion de Bases, el Concurso Publico Nº 0005-2008-RE para la contratacion del mencionado servicio, el cual se encuentra en la etapa de integracion de Bases, en razon a que la empresa participante BONETTI PERU S.A.C. de conformidad con la Directiva Nº 013-2001-CONSUCODE, en concordancia con el articulo 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, solicito se eleve al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (en adelante, CONSUCODE) las observaciones no acogidas por el Comite Especial, las mismas que fueron elevadas el 01 de agosto de 2008. Por su parte, el CONSUCODE, con fecha 15 de agosto de 2008, emitio su respectivo pronunciamiento, lo que genero que las etapas subsiguientes del citado MORDAZA de seleccion se posterguen, siendo reprogramado el acto de otorgamiento de la Buena Pro para el 01 de setiembre de 2008; Que, sobre el particular, la Direccion de Logistica, mediante el Memorandum (LOG) Nº LOG3019/2008, de fecha 15 de agosto de 2008, informo a la Direccion General de Administracion que, considerando el plazo previsto en la normativa legal vigente para el consentimiento del otorgamiento de la Buena Pro, dicho consentimiento se estaria produciendo el 11 de setiembre de 2008, lo que conlleva a que el contrato respectivo se suscriba dentro de los diez (10) dias habiles siguientes; Que, en tal contexto, cabe considerar la posibilidad que, durante el plazo para el consentimiento de la Buena Pro, se presenten recursos impugnatorios ante el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; con lo cual, la fecha de suscripcion del contrato se extenderia hasta el mes de noviembre, atendiendo a que, el citado Tribunal resuelve dichos recursos impugnatorios en 45 dias calendario, aproximadamente; Que, a su vez, es preciso indicar la imposibilidad de realizar una contratacion complementaria, a fin de garantizar la continuidad del citado servicio, debido a que, una de las empresas que conforma el consorcio que actualmente brinda el servicio en mencion, se encuentra inhabilitada definitivamente para contratar con el Estado, conforme se desprende de su MORDAZA de inscripcion electronica en el Registro Nacional de Proveedores; Que, es preciso senalar que el Servicio de Vigilancia y Seguridad Integral para el Ministerio de Relaciones Exteriores, es un servicio esencial, cuya carencia afectaria la efectiva operatividad del desarrollo de las diversas funciones que realiza el personal del Ministerio de Relaciones Exteriores en los diferentes ambientes fisicos habilitados para los mismos, por lo que requiere de una atencion inmediata; Que, considerando lo expuesto en los parrafos precedentes y, atendiendo a que el actual contrato, para

el servicio de vigilancia y seguridad integral para las instalaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores vence el 01 de setiembre de 2008, resulta prioritario adoptar las acciones previstas en la normativa legal vigente en materia de contrataciones y adquisiciones del Estado, necesarias para garantizar la continuidad del citado servicio por el periodo de tres (3) meses subsiguientes al vencimiento del actual contrato o hasta la suscripcion del contrato derivado del Concurso Publico Nº 0005-2008-RE, lo que suceda primero; Que, al respecto, la Direccion de Logistica a traves del Area de Programacion ha realizado el estudio de MORDAZA respectivo, determinandose que el valor referencial para la determinada contratacion del referido servicio asciende a S/. 255,733.32 (Doscientos cincuenta y cinco mil setecientos treinta y tres y 32/100 nuevos soles) incluidos todos los impuestos de Ley, que cubre el referido periodo de tres (3) meses, el mismo que cuenta con la respectiva disponibilidad presupuestal, de acuerdo a lo informado oportunamente por la Direccion de Presupuesto, mediante Memorandum (PPT) Nº PPT1142/2008, de fecha 18 de agosto de 2008; Que, dicha situacion se preve en el literal c) del articulo 19º y articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado en concordancia con el articulo 141º de su Reglamento, al configurarse un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de contratar lo indispensable para paliar dicho desabastecimiento; y que se realizara en forma directa mediante acciones inmediatas, debiendo ser aprobadas en el caso del Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, requiriendo MORDAZA de su expedicion un informe tecnico legal previo, debiendo ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, en el SEACE, asi como remitirse la Resolucion a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, en virtud del articulo 20º del citado Texto Unico Ordenado; Que, la Direccion General de Asuntos Legales, ha emitido opinion legal, conforme a lo dispuesto por el articulo 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, en el articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece el procedimiento para las contrataciones exoneradas, precisandose que la Entidad efectuara las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podra ser obtenida por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico; Que, mediante Resolucion de la Subsecretaria de Administracion Nº 0589/RE, de fecha 19 de agosto de 2008, se aprobo la inclusion en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Relaciones Exteriores para el Ano 2008, la contratacion del servicio de vigilancia y seguridad integral para el Ministerio de Relaciones Exteriores; asimismo, mediante dicha Resolucion se aprobo el expediente de contratacion del citado servicio, por un valor referencial de S/. 255,733.32 (Doscientos cincuenta y cinco mil setecientos treinta y tres y 32/100 nuevos soles), incluido los tributos, seguros y cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo en la ejecucion del servicio; Que, de conformidad con el articulo 20º del Texto Unico Ordenado, de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las exoneraciones se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad y seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano, senalando ademas que la facultad de aprobar las exoneraciones es indelegable; Que, en consecuencia resulta necesario emitir la Resolucion Ministerial mediante la cual se aprueba la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, para contratar el servicio MORDAZA indicado;

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