Norma Legal Oficial del día 05 de Septiembre del año 2008 (05/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

379202
EMPRESA MINERA

NORMAS LEGALES
MONTO

El Peruano MORDAZA, viernes 5 de setiembre de 2008

MORDAZA MORDAZA SOCIEDAD MINERA S.A.C S/. 2,078.42 SHOUGANG HIERRO PERU S.A.A. S/. 56,070.00 Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 247636-1

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se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa ANEXO A LA RESOLUCION MINISTERIAL Nº 897-2008/ DE/SG 28 AGO 2008 a) MOTIVO

DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de la Armada Chilena
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 897-2008-DE/SG MORDAZA, 28 de agosto de 2008 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 889 fecha 22 de agosto de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA de la V Ronda de Estados Mayores y XX Reunion Bilateral de Inteligencia MORDAZA realizada entre la MORDAZA de MORDAZA del Peru y la Armada de MORDAZA se acordo la realizacion de intercambios profesionales y academicos para el ano 2008, considerandose una pasantia de embarque a bordo del B.A.P. "Marte"; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de cinco (05) efectivos de la Armada Chilena, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 07 al 15 de setiembre de 2008, para realizar una pasantia de embarque a bordo del B.A.P. "Marte". Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que

Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de cinco (05) efectivos de la Armada Chilena para realizar una pasantia de embarque a bordo del B.A.P. "Marte". b) IDENTIFICACION DEL PERSONAL MILITAR DE LA REPUBLICA DE MORDAZA, SIN MORDAZA DE MORDAZA, QUE INGRESARA AL TERRITORIO DE LA REPUBLICA: 1. MORDAZA PRIMERO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 2. CADETE MORDAZA MORDAZA MORDAZA ARAYA MORDAZA 3. CADETE MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 4. CADETE MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URRUTIA 5. CADETE MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ANCONETANI c) TIEMPO DE PERMANENCIA Del 07 al 15 de setiembre de 2008. 247777-1

Autorizan a procurador iniciar acciones contra empresa y su representante legal por no haber cumplido con devolver el combustible entregado en almacenamiento y custodia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 900-2008-DE/EP MORDAZA, 28 de agosto de 2008 CONSIDERANDO: Que, con fecha 02 de enero del 2006, el General de Brigada Comandante General de la Primera Brigada de Infanteria Reforzada de la guarnicion de Tumbes suscribio un contrato privado de deposito a titulo gratuito de combustible con el Gerente General de la Empresa LA ROMPE E.I.R.L., representado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA PINILLO GANOZA, por el periodo del 01 de enero al 31 de diciembre del 2006, obligandose la indicada empresa al almacenamiento y custodia del MORDAZA Pleno de la Carga Prescrita de Clase III que esta constituido por Doscientos Veinte Siete (227) galones de gasolina de 95 octanos, Tres Mil Ochocientos Treinta y Uno (3,831) galones de gasolina de 84 octanos y Treinta y Seis Mil Ciento Cuarenta y Dos (36,142) galones de petroleo D-2, bajo la condicion que dichos volumenes no MORDAZA movilizados de los depositos ni consumidos sin orden expresa de la indicada Brigada; Que, la empresa LA ROMPE E.I.R.L. ha girado un titulo valor consistente en una Letra de Cambio a favor de la Primera Brigada de Infanteria Reforzada en respaldo del combustible equivalente a su valor en plaza de acuerdo a los precios de PETROPERU a la fecha por la suma de Trescientos Noventa y Seis Mil Veintiuno y 82/100 Nuevos Soles (S/. 396,021.82), la misma que sera ejecutada por esta MORDAZA en caso de incumplimiento de la senalada empresa de devolver el combustible materia del contrato,

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