Norma Legal Oficial del día 05 de Septiembre del año 2008 (05/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, viernes 5 de setiembre de 2008

NORMAS LEGALES
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6. Un representante de la Subgerencia de Defensa Civil. 7. Un representante del Ministerio Publico. 8. Un representante del Ministerio de Educacion. 9. Un representante de la Direccion General de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil (DICSCAMEC) del Ministerio del Interior. 10. Un representante de la Setima Direccion Territorial de la Policia Nacional del Peru. 11. Un representante del Escuadron de Desactivacion de Explosivos (EDEX). 12. Un representante del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI). 13. Un representante del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru. 14. Un representante de la SUNAT­ADUANAS. 15. Un representante de La Defensoria del Pueblo".

Articulo Segundo.- Comunicar el presente Acuerdo a la Comision Multisectorial Permanente de Control de Productos Pirotecnicos de MORDAZA Metropolitana, el cual entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA YARROW LUMBRERAS Regidora de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargada de la Alcaldia 246963-1

el matrimonio, reconociendolos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad. Que, las municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972. Que, mediante Informes de vistos el Area de Registro Civil, propone la realizacion del "II MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2008", el cual se llevara a cabo el dia sabado 25 octubre de 2008. Que, la Unidad de Asesoria Legal mediante Informe Nº 398-2008-UAL/MDI de fecha 30 de junio de 2008, opina que resulta procedente tanto la realizacion como la exoneracion del pago de la tasa por derecho de tramite del "II Matrimonio Civil Comunitario 2008". Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los articulos 9º numeral y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 el Concejo Municipal con el MORDAZA Unanime de sus miembros habiles, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta aprobo la siguiente: ORDENANZA REALIZACION DEL II MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2008 Y EXONERACION DE PAGO DE DERECHO DE TRAMITE Articulo Primero.- AUTORIZAR la celebracion de "SEGUNDO MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO DEL ANO 2008" a llevarse a cabo el dia 25 de octubre del 2008 a horas 10:00 MORDAZA meridiano, en la explanada de la Alameda de los Incas ­ Tahuantinsuyo ­ Independencia. Articulo Segundo.- ESTABLECER la exoneracion del pago por Derecho de Tramite de Matrimonio Civil para el MORDAZA Matrimonio Civil Comunitario 2008, disponiendose como pago unico la suma S/. 60.00 (Sesenta y 00/100 Nuevos Soles) por concepto de Derecho de Tramite. Articulo Tercero.- LOS CONTRAYENTES deberan presentar los requisitos establecidos en los articulos 248º y siguientes del Codigo Civil y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Independencia. ArticuloCuarto.-DISPONERqueloscontrayentesefectuen la publicacion del Edicto Matrimonial ESTABLECIENDO la exoneracion del plazo legal establecido. Articulo Quinto.- FIJAR como fecha de termino para la MORDAZA de expedientes matrimoniales el 22 de octubre del 2008. Articulo Sexto.- ENCARGAR a las gerencias y unidades segun corresponda el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Gerencia de Secretaria General disponga su publicacion el Diario Oficial El Peruano conforme a ley. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. LOVELL YOMOND MORDAZA MORDAZA 247465-1

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Autorizan realizacion del "Segundo Matrimonio Civil Comunitario del Ano 2008"
ORDENANZA Nº 0171-MDI Independencia, 27 de agosto de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA; POR CUANTO: El Concejo Municipal en la Sesion Ordinaria de la fecha, el proyecto de Ordenanza que aprueba la realizacion del "II Matrimonio Civil Comunitario 2008 y Exoneracion del Pago de Derecho de Tramite" en el distrito de Independencia, remitido a la Gerencia de Secretaria General mediante Informe Nº 040-2008-RC-GSG/MDI del 13 de junio de 2008 y Nº 052-2008-RC-GSG/MDI del 22 de agosto de 2008, ambos del Area de Registro Civil; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, los Gobiernos Locales a traves de las Ordenanzas crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por Ley. Que, los derechos de pago de tramite de Matrimonio Civil se encuentran establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Independencia, aprobado mediante Ordenanza Nº 117MDI de fecha 22 de marzo del 2006. Que, dentro de los derechos sociales y economicos que regula el Capitulo II del Titulo I de la Constitucion Politica del Peru, en su articulo 4º se establece que la Comunidad y el Estado protegen a la familia y promueven

Establecen disposiciones para implementar la Estrategia Nacional CRECER en el distrito
ORDENANZA Nº 172-MDI Independencia, 29 de agosto de 2008 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO: Nº En Sesion Ordinaria de la fecha el Memorandum 674-2008-GMDS/MDI, de fecha 30JUL2008

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