Norma Legal Oficial del día 05 de Septiembre del año 2008 (05/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 5 de setiembre de 2008

emitido por la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Social, Informe Nº 0441-2008-DSSA/GMDS/MDI de fecha 30JUL2008 de la Division de Servicios Sociales y Alimenticios de la Municipalidad Distrital de Independencia; y CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades Provinciales y distritales, son los organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de sus competencias, conforme se ha establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por el Articulo Unico de la Ley Nº 28607, en concordancia con lo previsto en los articulos 1º y 2º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, en la citada Ley Organica de Municipalidades, se establece de manera indubitable que la estructura, organizacion y funciones especificas de los Gobiernos Locales, se cimientan en una vision de Estado democratico, unitario, descentralizado y desconcentrado, con la finalidad de promover el desarrollo local, a partir del cual se permita viabilizar el desarrollo sostenible del pais. En este proposito, se ha previsto que las competencias y funciones especificas de los Gobiernos Locales se cumplan en MORDAZA con las politicas y planes nacionales, regionales y locales de desarrollo, con el objeto de facilitar la competitividad local y propiciar las mejores condiciones de MORDAZA de su poblacion; Que, el Concejo Municipal constituye el organo normativo y fiscalizador del Municipio, el cual tiene entre sus funciones aprobar los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y el Presupuesto Participativo, los espacios de concertacion y participacion vecinal, y reglamentar su funcionamiento, acorde a lo previsto en los articulos 5º y 9º de la referida Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, mediante Decreto Supremo Nº 029-2007PCM, se aprobo el "Plan de Reforma de los Programas Sociales", el cual establece que el objetivo general de la reforma de programas sociales consiste en contribuir a la mejora de las condiciones de MORDAZA de la poblacion y a la reduccion de los niveles de pobreza extrema, a traves del desarrollo integrado de acciones constantes y continuas que logren tener incidencia en las poblaciones o localidades afectadas, las cuales deberan articularse no solo a nivel institucional sectorial sino tambien a nivel multisectorial, senalando que las actividades no deben darse solo a nivel central, sino tambien a nivel de gobierno regional y local; Que, la Estrategia Nacional CRECER, aprobada por Decreto Supremo Nº 055-2007-PCM, se enmarca dentro de las politicas nacionales de gobierno, orientada a superar la pobreza y reducir las brechas de inequidad y exclusion social, proponiendo una estrategia de intervencion articulada de las entidades publicas que conforman el Gobierno Nacional, Regional y Local y de entidades privadas que se encuentren, directa o indirectamente, vinculadas en la lucha contra la desnutricion cronica infantil, especialmente en las ninas y ninos menores cinco (5) anos; Que, mediante Decreto Supremo N° 080-2007PCM, se aprobo el Plan de Operaciones de la Estrategia Nacional "CRECER", en cuyo capitulo IV se preve que los Gobiernos Locales conduzcan en sus respectivos ambitos la ejecucion de la E. N. CRECER; Que, por Decreto Supremo Nº 001-2008-IN, se ha delimitado las funciones de los Gobernadores, atribuyendole la de contribuir a la ejecucion y el cumplimiento de las politicas nacionales y sectoriales establecidas por el Gobierno Nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2008-EF, se ha establecido la prioridad de las intervenciones sociales, en merito a lo cual las entidades publicas deberan priorizar la ejecucion de intervenciones en sectores sociales que permitan alcanzar las metas de los indicadores sociales prioritarios para el ano 2011, establecidos en el MORDAZA Macroeconomico Multianual 2009 - 2011, aprobado en sesion del Consejo de Ministros del 28 de MORDAZA del 2008;

Que, en este orden de ideas la Municipalidad de Independencia, asume el compromiso y responsabilidad de luchar contra la pobreza y la desnutricion cronica infantil. En merito a lo indicado en el articulo 5.2 del Plan de Operaciones de la Estrategia Nacional CRECER, en concordancia con lo establecido en el numeral 5.1.1 de la MORDAZA Tecnica Nº 001-2008 de Implementacion Regional y Local de la Estrategia Nacional CRECER, ha previsto crear la "Instancia de Articulacion y Coordinacion", como el mecanismo institucional que permita y facilite la accion articulada interinstitucional de todas las entidades publico-privadas, que actuan en el ambito territorial de Intendencia, incluyendo la participacion del gobernador, desde sus diferentes niveles de responsabilidad en el ambito de sus competencias, asi como, la implementacion de acciones concertadas orientadas a la lucha contra la desnutricion infantil y pobreza; Que, mediante Informe Nº 441-2008-UAL/MDI de fecha 15JUL2008 la Unidad de Asesoria Legal opina por la procedencia de la aprobacion de la citada ordenanza, debiendo elevarse los actuados al concejo Municipal; Que, de conformidad con las atribuciones conferidas por el articulo 195º de la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, y por el inciso 6) del Articulo 9º de la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades, el Consejo Municipal por UNANIMIDAD, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE IMPLEMENTA LA ESTRATEGIA NACIONAL CRECER EN EL DISTRITO DE INDEPENDENCIA

Articulo Primero.- CONFORMAR la "Instancia de Articulacion y Coordinacion del Gobierno Distrital, de Lucha Contra La Pobreza y Desnutricion Cronica Infantil", la cual sera responsable de la gestion, supervision y monitoreo de la Estrategia Nacional CRECER en el ambito de su jurisdiccion, en el MORDAZA de lo establecido en el Plan de Operaciones de la Estrategia Nacional CRECER, aprobado por Decreto Supremo Nº 080-2007PCM, en concordancia con lo establecido en la MORDAZA Tecnica Nº 001-2008, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 104-2008-PCM. La "Instancia de Articulacion y Coordinacion del Gobierno Distrital de Lucha contra la Pobreza y Desnutricion Cronica Infantil" del Distrito de Independencia sera presidida por el MORDAZA y debera ser conformada por los siguientes actores sociales: a) Gobernadores provinciales / distritales. b) Gobernador del Distrito c) Coordinadores locales de sectores y programas sociales con intervencion provincial y/o Distrital. d) Representante de la Iglesia y un representante de los Pueblos o Asentamientos Humanos del Eje Zonal Payet ­ MORDAZA MORDAZA, debidamente acreditados ante el Alcalde. e) Un representante de las PCM, Secretario Tecnico del CIAS del Equipo Tecnico de la Estrategia Nacional CRCER. Articulo Segundo.REQUERIR, a los representantes de los Programas y/o sectores del Distrito de Independencia, que acrediten un representante permanente, mediante comunicacion expedida por el MORDAZA representante de la entidad o programa en la Region, quien bajo responsabilidad debera participar en todas las actividades de la "Instancia de Articulacion y Coordinacion". Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la "Instancia de Articulacion y Coordinacion" del Gobierno Distrital de Lucha contra la Pobreza y Desnutricion Cronica Infantil" elaborar el Reglamento y Plan de Trabajo respectivo en el plazo de 60 dias calendarios, a partir de la promulgacion de la presente norma.

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