Norma Legal Oficial del día 05 de Septiembre del año 2008 (05/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 5 de setiembre de 2008

En uso de las atribuciones conferidas por los Articulos 10º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y con el MORDAZA UNANIME de los miembros del Concejo Municipal, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- EXONERAR del pago total por concepto de inscripcion extemporanea de nacimiento de ninos y ninas menores de edad que aun no han regularizado sus Partidas de Nacimiento. Articulo 2º.- Exonerese del derecho por concepto de pagos por inscripcion extraordinaria de nacimientos para menores de edad, MORDAZA de no inscripcion y reactualizacion o desarchivamiento de expedientes, por el tiempo que dure el presente beneficio, sin perjuicio de la obligacion de los padres o tutores, de presentar los requisitos establecidos por ley. Articulo 3º.- El presente beneficio tendra una vigencia de noventa (90) dias calendario contados a partir del dia siguiente a su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Social y a la Sub Gerencia de Registros Civiles, el cumplimiento de la presente, a la Secretaria General su publicacion y a la Gerencia de Imagen Institucional su difusion. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 246922-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Autorizan celebracion del II Matrimonio Civil Comunitario 2008
ORDENANZA Nº 014-2008-MDLP La MORDAZA, 29 de agosto del 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 29 de Agosto del 2008, el Dictamen de la Comision de Servicios Sociales sobre el Proyecto de Ordenanza del II Matrimonio Civil Comunitario 2008; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local tienen autonomia politica ,economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Articulo 4º de la Constitucion Politica del Peru establece que el Estado y la Comunidad protegen a la familia, promueve el Matrimonio, reconociendoles como Institutos Naturales y Fundamentales de la sociedad; Que, el Codigo Civil en su articulo 233º establece que la regulacion juridica de la familia, tiene por finalidad contribuir a su consolidacion y fortalecimiento, en MORDAZA con los principios y normas proclamados en la Constitucion Politica del Peru; Que, el articulo 234º del Codigo Civil senala que el matrimonio es la union voluntaria concertada por un varon y una mujer legalmente aptos para MORDAZA y formalizada con

sujecion a las disposiciones de la MORDAZA sustantiva a fin de hacer MORDAZA en comun; Que, el articulo 9º numeral 9 de la Ley 27972 Ley Organica de Municipalidades establece como una de sus atribuciones crear, modificar ,suprimir o exonerar de tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a ley en concordancia con el articulo 40º de la acotada MORDAZA legal. Que, existen en el Distrito de La MORDAZA, numerosas parejas que viven en union de hecho y que desean formalizar su Estado Civil, contrayendo Matrimonio; Que, es deber de esta comuna protege a la familia y promover el matrimonio como Institucion Natural y Fundamental de la Sociedad cautelando su legalidad y seguridad juridica; Que, la Subgerencia de Registro Civil a traves del Informe Nº 078-2008-SGRC-MDLP, ha recomendado celebrar el II Matrimonio Civil Comunitario 2008; para el dia 18 de Octubre del presente ano por el 44 Aniversario de Creacion Politica del Distrito de la MORDAZA . Que,mediante Memorandum Nº 129-2008-GSG-MDLP la Gerencia de Secretaria General solicita a la Gerencia de Asesoria Juridica opinion legal sobre el Proyecto de Ordenanza del II Matrimonio Civil Comunitario programado para el dia 18 de octubre del presente ano. Que, mediante Informe Nº 264- 2008-GAJ-MDLP emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica opina que se autorice la realizacion del II Matrimonio Civil Comunitario -2008 para el dia 18 de Octubre del presente ano exonerando a los contrayentes de los derechos de pago de apertura de expediente matrimonial, asi como la exoneracion del acto de celebracion y examenes prenupciales en consecuencia se eleve al Pleno del Concejo Municipal para su respectiva aprobacion mediante la Ordenanza respectiva. Que, mediante Informe Nº 117 -2008-GM-MDLP emitido por la Gerencia Municipal , remite la documentacion al despacho de Alcaldia para ser elevado al Pleno del Concejo para su respectiva aprobacion . Que, mediante Oficio Nº 302-2008-ALC-MDLP el Despacho de Alcaldia remite la documentacion MORDAZA senalada a la Comision de Servicios Sociales, para la elaboracion del Dictamen correspondiente; Que, mediante Oficio Nº 006 -2008-COM.S.S./SR/ MDLP la Comision de Servicios Sociales, remite al Despacho de Alcaldia el Dictamen correspondiente; Que mediante Dictamen la Comision de Servicios Sociales emite opinion por la procedencia de aprobar el Proyecto de Ordenanza; Que, habiendose sometido a debate y a la deliberacion ante el Pleno del Concejo Municipal el Dictamen de la Comision de Servicios Sociales el mismo que ha emitido su pronunciamiento final; Estando a lo dispuesto en uso de sus facultades conferidas en el articulo 9º incisos 8,9,articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA UNANIME de los (as) senores (as) Regidores (as) con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta; se ha dado la siguiente Ordenanza. Articulo Primero.- Autorizar la celebracion del II Matrimonio Civil Comunitario 2008 para el dia 18 de Octubre del presente ano, exonerando a los contrayentes de los derechos de pago de apertura de expediente matrimonial, asi como la exoneracion del acto de celebracion y examenes pre nupcial. Articulo Segundo.- Los contrayentes deben presentar los siguientes documentos:

a) MORDAZA Certificada de la Partida de Nacimiento, actualizada con no mas de 30 dias de antiguedad (Art. 248 Codigo Civil). b) MORDAZA Fedatizada del DNI. c) Declaracion Jurada de Domicilio d) Certificado Pre Nupcial (serologico, pulmones y consejeria VIH.) e) En caso de tratarse de viudos (as), divorciados(as), menores de edad, militares o extranjeros, deberan adjuntar los documentos adicionales, segun el caso. establecido en el MORDAZA vigente

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