Norma Legal Oficial del día 05 de Septiembre del año 2008 (05/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 5 de setiembre de 2008

2008-MDSJB/AL, de la Oficina de Asesoria Legal Interna de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA Bautista; CONSIDERANDO: Que, el Inc. "C" del Art. 19 del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que establece que estan exonerados de los procesos de Seleccion las adquisiciones y Contrataciones que se realicen en situacion de Emergencia declaradas, segun la citada Ley. Que, de conformidad con el Art. 22 de la MORDAZA citada en el considerando precedente, se entiende como situacion de Emergencia aquella en la cual la Entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, quedando la entidad exonerada de la tramitacion del expediente Administrativo, pudiendo ordenar la ejecucion de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida. Que, por su parte el Art. 142 del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, que aprueba el Reglamento de Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que la Entidad debe adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, asi como para satisfacer las necesidades sobrevivientes, despues de lo cual debera convocar el MORDAZA de Seleccion que corresponda. Que, asi mismo el precitado Art. 142 senala que toda Contratacion o Adquisicion realizada para enfrentar una situacion de emergencia debera regularizarse dentro de los (10) dias siguientes de la finalizacion del evento que la produjo, incluyendo el MORDAZA en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad publicando la Resolucion Correspondiente y remitiendolo Junto con el Informe Tecnico -Legal sustentatorio, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (CONSUCODE) , asi como emitiendo los demas documentos contractuales que correspondan segun el estado de ejecucion de la prestaciones. Que, mediante DECRETO SUPREMO Nº 0682007-PCM se declaro en estado de Emergencia el Departamento de Ica y la provincia de Canete del Departamento de MORDAZA, por el Plazo de (60) dias naturales, disponiendose que los Gobiernos Locales ubicados en dicha MORDAZA, entre otros, ejecutaran las acciones necesarias para la atencion de la Emergencia y la rehabilitacion de zonas afectadas. Que, mediante DECRETO SUPREMO Nº 071-2007PCM, se amplio el Estado de Emergencia dispuesto a la MORDAZA citada en el parrafo anterior, a las provincias de Castrovirreyna, Huaytara y el distrito de Acobambilla de la Provincia de Huancavelica y a los Distritos de Huanec y Tupe de la provincia de de Huanec Tupe de la Provincia de Yauyos del Departamento de MORDAZA a fin de que ejecuten las acciones inmediatas destinadas a la atencion de la poblacion damnificada, a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes y las rehabilitacion de las zonas afectadas. Que, mediante DECRETOS SUPREMOS Nºs. 0842007-PCM, 0097-2007-PCM, 011-2008-PCM, 0262008-PCM, 040-2008-PCM se prorroga sucesivamente el estado de emergencia en las circunscripciones territoriales mencionadas, autorizando la continuacion con la ejecucion de las acciones necesarias para la atencion de emergencia y la rehabilitacion de las zonas afectadas. Que, de acuerdo a INFORME TECNICO Nº 085-2008DOP/MDSJB y al Informe Legal Nº 021-2008-MDSJB/AL, la compra de Modulos de Viviendas de MORDAZA economicas se encuentra dentro de las acciones de emergencia que puede realizar la Entidad, por lo que es procedente su exoneracion. Que, en tal sentido, corresponde emitir el Acuerdo de Concejo de Aprobacion de la Exoneracion

correspondiente, a fin de proceder a la referida contratacion directa, sustentada en el Informe Tecnico Nº 085-DOP/MDSJB y al Informe Legal Nº 021-2008MDSJB/AL, debiendo de incluirse la adquisicion precitada en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA MORDAZA de Ica del ano 2008. De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones, Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0832004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y de conformidad con lo establecido en el articulo 39º y 41º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, sometio a debate, las deliberaciones del caso; con dispensa del tramite de lectura de acta, adopto por UNANIMIDAD lo siguiente; ACUERDO:

Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion por situacion de emergencia del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia 002-2008-MDSJB (EXO), correspondiente a la "Adquisicion de Modulos de MORDAZA para Vivienda.", por la suma de S/. 150,500.00 (Ciento Cincuenta Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles). Articulo 2º.- Modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA Bautista., para el ano Fiscal 2008, a fin de incluir la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 001-2008-MDSJB (EXO), correspondiente a la Adquisicion de Modulos de MORDAZA para Vivienda a ser distribuido a la poblacion mas necesitada. Articulo 3º .-Disponer que la Secretaria General remita en forma Inmediata MORDAZA de la presente Resolucion y de los Informes Tecnico y Legal que la sustentan, a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE y que se encargue de su publicacion a traves del Diario Oficial EL Peruano. Articulo 4º.- Encargar la adquisicion citada precedentemente al Comite Especial Permanente de Adquisiciones de Menor Cuantia de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA MORDAZA de Ica y debera sujetarse a lo que dispone el articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. POR TANTO: Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 247456-1

CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia de la "Convencion sobre la Prohibicion del Desarrollo, Produccion, Almacenamiento y el Empleo de MORDAZA Quimicas y sobre su Destruccion" y sus Anexos
De acuerdo a lo dispuesto por el articulo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE (GAB) Nº 0-3-A/255, comunica que la "Convencion sobre la Prohibicion del Desarrollo, Produccion, Almacenamiento y el Empleo de MORDAZA Quimicas y sobre su Destruccion" y sus Anexos, suscritos en MORDAZA, el 13 de enero de 1993, aprobado mediante Resolucion Legislativa Nº 26465, de 24 de MORDAZA de 1995, publicado el 8 de junio de 1995. Entro en MORDAZA el 29 de MORDAZA de 1997. 246781-1

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