Norma Legal Oficial del día 18 de Septiembre del año 2008 (18/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, jueves 18 de setiembre de 2008

NORMAS LEGALES
ESTE 515 225 520 225 515 225 517 225 521 225 529 225 524 225 515 225 513 225 508 225 NORTE 8 324 363 8 318 363 8 312 363 8 304 363 8 298 363 8 293 363 8 287 363 8 297 363 8 307 363 8 320 363

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VERTICE 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10

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estudios de factibilidad, de acuerdo con un cronograma de estudios; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que el peticionario ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el Informe N° 1562008-DGE-DCE de fecha 11 de agosto de 2008; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 23° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, y el articulo 36° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar concesion temporal a favor de MORDAZA KALLPA S.A.C., que se identificara con el codigo N° 27162308, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica Punta Balcones, para una capacidad instalada estimada de 200 MW, los cuales se realizaran en los distritos de Vichayal y La MORDAZA, provincias de Paita y Talara, respectivamente, departamento de MORDAZA, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Los estudios se realizaran al MORDAZA de la presente concesion temporal, y comprenderan las areas delimitadas por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56): VERTICE 1 2 3 4 5 6 ESTE 464 558 465 048 481 248 479 248 463 998 463 998 NORTE 9 483 975 9 482 275 9 468 375 9 465 375 9 482 625 9 483 875

Articulo 3°.- El concesionario esta obligado a realizar los estudios, respetando las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y demas normas legales pertinentes. De conformidad con el articulo 36° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, si vencido el plazo mencionado en el articulo 1° de la presente Resolucion, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraidas en su solicitud, respecto de la ejecucion de los estudios y cumplimiento del Cronograma de Ejecucion de Estudios, la Direccion General de Electricidad ejecutara la garantia otorgada. Articulo 4°.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 36° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 248391-1 RESOLUCION MINISTERIAL N° 410-2008-MEM/DM MORDAZA, 4 de setiembre de 2008

VISTO: El Expediente N° 27162308, sobre otorgamiento de concesion temporal de central de generacion para desarrollar estudios en la Central Eolica Punta Balcones, de acuerdo con el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, presentado por MORDAZA KALLPA S.A.C., persona juridica inscrita en la Partida N° 12156702 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, MORDAZA KALLPA S.A.C., mediante documento con registro de ingreso Nº 1792858, de fecha 20 de junio de 2008, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica Punta Balcones, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 30° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollaran en los distritos de Vichayal y La MORDAZA, provincias de Paita y Talara, respectivamente, departamento de MORDAZA, en la MORDAZA comprendida dentro de las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, el aviso de peticion de concesion temporal que se indica en el primer considerando de la presente Resolucion fue publicado en el Diario Oficial "El Peruano" los dias 24 y 25 de MORDAZA de 2008, en cumplimiento del articulo 31º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, en virtud de lo dispuesto en el articulo 23º de la Ley de Concesiones Electricas, el titular de la concesion temporal asume la obligacion de realizar

Articulo 3°.- El concesionario esta obligado a realizar los estudios, respetando las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y demas normas legales pertinentes. De conformidad con el articulo 36° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, si vencido el plazo mencionado en el articulo 1° de la presente Resolucion, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraidas en su solicitud, respecto de la ejecucion de los estudios y cumplimiento del Cronograma de Ejecucion de Estudios, la Direccion General de Electricidad ejecutara la garantia otorgada. Articulo 4°.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 36° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial "El Peruano" por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 248391-2

Otorgan concesion temporal a Peru Energia Renovable S.A. para desarrollar estudios relacionados a la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica Casma I
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 430-2008-MEM/DM MORDAZA, 11 de setiembre de 2008

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