Norma Legal Oficial del día 29 de Septiembre del año 2008 (29/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, lunes 29 de setiembre de 2008

PROYECTO
ANEXO 2

380513

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PROYECTO DE RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº XXX-2008-OS/CD MORDAZA, xxx de noviembre del 2008 VISTOS:

La propuesta tarifaria presentada por la empresa Gas Natural de MORDAZA y Callao S.A, al Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria (en adelante "OSINERGMIN") respecto a las Tarifas de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos en MORDAZA y Callao, sujeto al "Procedimiento para Fijacion de las Tarifas de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, Acometidas, Cargos de Mantenimiento, Corte y Reconexion" (en adelante el "Procedimiento"), establecido en el anexo F del Texto Unico Ordenado y Concordado de la MORDAZA "Procedimientos para Fijacion de Precios Regulados", aprobado por OSINERGMIN, mediante la Resolucion OSINERGMIN Nº 775-2007-OS/CD. Asimismo, el Informe Tecnico Nº 0xxx-2008-GART asi como el Informe de la Asesoria Legal Interna OSINERGGART-AL-2008-0xxx, elaborados por la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria (en adelante "GART") de OSINERGMIN. CONSIDERANDO:

Que, en el ano 2000, fue suscrito el Contrato BOOT de Concesion de la Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos en MORDAZA y Callao (en adelante el "Contrato BOOT"), siendo el actual concesionario la empresa Gas Natural de MORDAZA y Callao S.A ­ Calidda (en adelante "Calidda" o "el Concesionario"); Que, la concesion de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos en MORDAZA y Callao, se rige de acuerdo a lo establecido en el Contrato BOOT, el Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-99-EM (en adelante "el Reglamento") y la normatividad que le sea aplicable; Que, en el ano 2004, mediante Resolucion OSINERG Nº 097-2004-OS/CD, se fijaron las Tarifas de Distribucion en Baja Presion (Otras Redes) y los topes maximos de acometidas (categorias A y B) para los consumidores ubicados dentro de la Concesion de Distribucion de Gas Natural de MORDAZA y Callao; Que, en el ano 2006, mediante Resolucion OSINERG Nº 371-2006-OS/CD, se fijaron los cargos maximos por corte y reconexion del servicio de distribucion de gas natural en la Concesion de distribucion de gas natural de MORDAZA y Callao; Que, en el ano 2007, con Resolucion OSINERGMIN Nº 013-2007-OS/CD, se establecio el Factor F2 por categoria tarifaria de acuerdo a lo definido en el ultimo parrafo del inciso A.3 del articulo 8º de la Resolucion OSINERG 097-2004 OS/CD, se incorporaron cargos fijos en la tarifa de distribucion de la categoria A, se fijaron costos unitarios de tuberias en la evaluacion de la expansion de redes de distribucion de gas natural de MORDAZA y Callao y se precisaron que a todos los solicitantes de las categorias tarifarias reguladas, les corresponde la aplicacion del procedimiento de viabilidad tecnica economica establecida mediante Resolucion OSINERG Nº 263-2005-OS/CD; Que, con fecha 28 de febrero del 2008, se publico el Decreto Supremo Nº 014-2008-EM, mediante el cual se modificaron diversos articulos del Reglamento; Que, entre las modificaciones dispuestas por el Decreto Supremo Nº 014-2008-EM, se encuentra la introduccion de las definiciones de Plan Anual y Plan Quinquenal, entendiendose por el primero al programa de inversiones de las obras que desarrollara el Concesionario para los

proximos 12 meses; y por Plan Quinquenal al programa de ejecucion del Sistema de Distribucion elaborado por el concesionario para un periodo de 5 anos; Que, el Decreto Supremo Nº 014-2008-EM incorpora el articulo 63c° al Reglamento, estableciendose en dicho articulo la obligacion del concesionario de definir su Plan Quinquenal de crecimiento de la Red de Distribucion el cual debe tener en cuenta los criterios y contenido minimo previstos en el Reglamento y con el previo pronunciamiento de la Direccion General de Hidrocarburos (DGH) del Ministerio de Energia y Minas, OSINERGMIN y el concesionario coordinaran los ajustes al Plan Quinquenal de acuerdo con los objetivos senalados en la regulacion de tarifas y el resultado de estos ajustes definiran el Plan Quinquenal, el cual sera aprobado por OSINERGMIN dentro del MORDAZA tarifario; Que, asimismo, el Decreto Supremo Nº 0142008-EM, modifico el Articulo 118º del Reglamento estableciendo que las acometidas para Consumidores con consumos mayores a 300m3/mes no se encuentran sujetas a regulacion de precios, lo cual implica que se ha producido una derogacion MORDAZA de los topes maximos fijados para las acometidas de dichos consumidores, siendo conveniente a efectos de evitar confusiones, dejar expresamente sin efecto los Topes Maximos de Acometidas y sus cargos de mantenimiento de las Categorias B, C y D establecidos en las Resoluciones 097-2004-OS/CD y 240-2006-OS/CD; Que, el Decreto Supremo Nº 014-2008-EM establece en el Reglamento el concepto y los criterios aplicables a los Derechos de Conexion, reconoce costos de promocion por la conexion de consumidores residenciales, se modifican aspectos vinculados con los criterios para el diseno tarifario y costos de operacion y mantenimiento y se establece que la metodologia y criterios para la proyeccion de la demanda sera definida por OSINERGMIN; Que, el Decreto Supremo Nº 014-2008-EM, modifico el Articulo 121º del Reglamento, estableciendo que las tarifas aprobadas mediante Resoluciones OSINERG Nº 097-2004-OS/CD, OSINERG Nº 371-2006-OS/CD y OSINERGMIN Nº 013-2007-OS/CD, se encuentran vigentes hasta que OSINERGMIN apruebe nuevas tarifas; Que, el 20 de marzo del 2008, se publico la Resolucion Nº 225-2008-OS/CD, en la cual se establecieron, entre otros temas, la modificacion del MORDAZA de Fijacion de las Tarifas de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, Acometidas y Cargos de Mantenimiento, Corte y Reconexion, y se precisa que para la fijacion tarifaria de la concesion de MORDAZA y Callao correspondiente al ano 2008, el Concesionario podra presentar su propuesta tarifaria hasta el 28 de MORDAZA del 2008; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 5.6 y anexo F de la Resolucion OSINERGMIN Nº 775-2007OS/CD, corresponde emitir la Resolucion que fija la Tarifa de Distribucion de Gas Natural por de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, Acometidas y Cargos de Mantenimiento, Corte y Reconexion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Alcance y definicion La presente resolucion aprueba el Plan Quinquenal de inversiones del Concesionario y las tarifas de distribucion de gas natural por red de ductos, los topes maximos de acometidas y sus mantenimientos asi como los cargos maximos por corte y reconexion, de la concesion de MORDAZA y Callao para el periodo 2008 - 2012. De acuerdo a lo establecido en la normativa vigente las tarifas aprobadas en la presente resolucion, son aplicables a todos los consumidores que se encuentren geograficamente dentro de la concesion de distribucion de gas natural de MORDAZA y Callao, independientemente de su punto de conexion, excepto para el caso de los Clientes Iniciales establecidos en el Contrato BOOT.

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