Norma Legal Oficial del día 11 de Abril del año 2009 (11/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 11 de MORDAZA de 2009

24 de marzo de 2009, suscrito por el Subdirector de la Unidad de Administracion y el Asesor Juridico, por el cual solicita que se declare en situacion de desabastecimiento inminente el suministro de alimentos preparados para internos, internas, ninos y personal de seguridad del Establecimiento Penitenciario de Chachapoyas, e Informe Nº 068-2009-INPE/08 de fecha 27 de marzo de 2009, emitido por la Oficina de Asesoria Juridica del Instituto Nacional Penitenciario. CONSIDERANDO: Que, con fecha 30 de MORDAZA de 2007 se suscribio el Contrato Nº 002-2007-INPE/19 para el "Suministro de raciones alimenticias para internos varones, mujeres, ninos y personal de seguridad para los Establecimientos Penitenciarios de Chachapoyas y Bagua Grande", el cual culmino el 01 de MORDAZA de 2008, por haberse ejecutado el monto total adjudicado, suscribiendose posteriormente una contratacion complementaria y una prestacion adicional a fin de no desabastecer de alimentos al citado establecimiento penitenciario; Que, asimismo informan que estando proxima a vencerse la prestacion adicional y encontrandose impugnada la Licitacion Publica Nº 002-2008-INPE/21 convocada para el "Suministro de alimentos preparados para internos (as), ninos y personal de seguridad de los Establecimientos Penitenciarios de Chachapoyas y Bagua Grande", se solicito a la Presidencia del INPE la exoneracion del correspondiente MORDAZA de seleccion para el suministro de alimentos preparados, bajo la causal de situacion de desabastecimiento inminente, la cual fue atendida mediante Resolucion Presidencial Nº 426-2008-INPE/P de fecha 31 de MORDAZA de 2008, suscribiendose el Contrato Nº 015-2008INPE/21, el cual, por el monto adjudicado culmino el 24 de setiembre de 2008, cuando aun se encontraba el recurso de apelacion en el CONSUCODE para su pronunciamiento. Esta situacion genero que la Oficina Regional Nor Oriente San MORDAZA solicitara nuevamente y por la misma causal, la exoneracion del correspondiente MORDAZA, el cual se aprobo a traves de la Resolucion Presidencial Nº 591-2008-INPE/P de fecha 24 de setiembre de 2008, suscribiendose el Contrato Nº 022-2008-INPE/21, el cual, por el monto adjudicado culmino el 27 de octubre de 2008; Que, encontrandose en ejecucion el Contrato Nº 0152008-INPE/21, el Tribunal del CONSUCODE a traves de la Resolucion Nº 2627-2008-TC-S1 de fecha 17 de setiembre de 2008, dispuso, entre otros, dejar sin efecto el acto de otorgamiento de la buena pro del item 1 y 2: Establecimiento Penitenciario de Chachapoyas y Bagua Grande, respectivamente, ordenando que se admita y califique nuevamente las propuestas de los postores impugnantes. En cumplimiento de lo dispuesto por el CONSUCODE, el Comite Especial con fecha 29 de setiembre de 2008 otorgo la buena pro al Consorcio C & L Llamame ­ PROALPI SRL ­ SERMUL CHICKEN MORDAZA EIRL de los Items 1 y 2; Que, sin embargo, con fecha 06 de octubre de 2008 el Tribunal del CONSUCODE comunica que la empresa CEDAQUI EIRL interpuso recurso de apelacion contra el otorgamiento de la buena pro del Item 1, correspondiente al Establecimiento Penitenciario de Chachapoyas, por lo que el MORDAZA de seleccion, respecto al referido Item 1 quedo suspendido hasta que el CONSUCODE se pronuncie, lo que ocurrio a traves de la Resolucion Nº 3416-2008-TCS1 de fecha 28 de noviembre de 2008, declarandolo nulo y disponiendo ademas que se retrotraiga a la etapa de convocatoria, previa reformulacion y aprobacion de las Bases; Que, no habiendo culminado el citado MORDAZA de seleccion, la Oficina Regional Nor Oriente San MORDAZA solicito a la Presidencia del INPE la exoneracion del correspondiente MORDAZA de seleccion para el suministro de alimentos preparados para el Establecimiento Penitenciario de Chachapoyas, el cual fue atendido mediante Resolucion Presidencial Nº 628-2008-INPE/P de fecha 27 de octubre de 2008, suscribiendose el Contrato Nº 028-2008-INPE/21, el cual, por el plazo culmino el 24 de diciembre de 2008; Que, siguiendo con el desarrollo del MORDAZA de seleccion y de acuerdo a las disposiciones emitidas por el CONSUCODE a traves de la Resolucion Nº 3416-2008-TC-S1 de fecha 28

de noviembre de 2008, el Comite Especial el 09 de enero de 2009 otorgo la buena pro del Item 1 al Consorcio La Favorita Peruana SRL ­ Distribuciones Geminis SJT EIRL, sin embargo, con fecha 21 de enero de 2009 el CONSUCODE comunica que se ha interpuesto recurso de apelacion contra el referido Item 1, por lo que a partir de esa fecha el MORDAZA de seleccion ha quedado suspendido; Que, este hecho genero que la Oficina Regional Nor Oriente San MORDAZA solicitara a la Presidencia del INPE la exoneracion del correspondiente MORDAZA de seleccion para el suministro de alimentos preparados para el Establecimiento Penitenciario de Chachapoyas, el cual fue atendido mediante Resolucion Presidencial Nº 7352008-INPE/P, suscribiendose el Contrato Nº 035-2008INPE/21 el 24 de diciembre de 2008, el cual por el plazo culmino el 20 de febrero de 2009; Que, ante este MORDAZA acontecimiento y no habiendo culminado el citado MORDAZA de seleccion, la Oficina Regional Nor Oriente San MORDAZA solicito a la Presidencia del INPE la exoneracion del correspondiente MORDAZA de seleccion, el cual fue atendido mediante Resolucion Presidencial Nº 102-2009-INPE/P, suscribiendose el Contrato Nº 003-2009-INPE/21 el 16 de febrero de 2009, el cual, por el plazo culmina el 03 de MORDAZA de 2009; Que, mediante Resolucion Nº 567-2009-TC-S1 de fecha 23 de febrero de 2009, el Tribunal del CONSUCODE se pronuncia sobre el recurso de apelacion declarando nulo de oficio el otorgamiento de la buena pro y disponiendo que se retrotraiga el MORDAZA hasta la etapa de convocatoria, previa reformulacion de las bases; Que, la Oficina Regional Nor Oriente San MORDAZA informa que a traves del Memorando Multiple N° 002-2009-INPE/07, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del INPE comunica la prevision presupuestal para cubrir los mayores costos de la racion alimenticia de los internos de los establecimientos penitenciarios a nivel nacional. Siendo el caso que mediante Resolucion Presidencial Nº 080-2009-INPE/P de fecha 09 de febrero de 2009, se autoriza una modificacion presupuestal para incrementar el presupuesto de las Unidades Ejecutoras a fin de que puedan financiar el incremento del precio de la racion de internos y personal; Que, de otro lado la Oficina Regional Nor Oriente San MORDAZA senala que mediante Resolucion Directoral Nº 0122009-INPE/21 de fecha 19 de enero de 2009, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de su jurisdiccion, en el cual se programo la Licitacion Publica para el "Suministro de alimentos preparados para internos (as), ninos y personal de seguridad del E.P. Chachapoyas". Tambien informa que mediante Resolucion Directoral Nº 057-2009-INPE/21 fue cancelado el item 1: "Suministro de alimentos preparados para el E.P. Chachapoyas", derivado de la Licitacion Publica Nº 002-2008-INPE/21, sin embargo, como dicho MORDAZA despues que se declaro su nulidad no se habia convocado, la Oficina regional senala que MORDAZA de la nueva convocatoria no se puede publicar la resolucion de cancelacion en el SEACE; Que, mediante Informe Nº 033-2009-INPE/21.04-LOG de fecha 23 de marzo de 2009, el Jefe del Area de Logistica de la Oficina Regional Nor Oriente San MORDAZA comunica que el Contrato Nº 003-2009-INPE/21 estaria culminando el 01 de MORDAZA de 2009, por haberse ejecutado el monto total adjudicado, por lo tanto, el desabastecimiento se produciria a partir del 02 de MORDAZA de 2009; Que, mediante Oficio Nº 043-2009-INPE/21.02 de fecha 23 de marzo de 2009, el Jefe de Planeamiento de la Oficina Regional Nor Oriente San MORDAZA, senala que se cuenta con el presupuesto necesario para realizar el correspondiente MORDAZA de seleccion; Que, la Oficina Regional Nor Oriente San MORDAZA senala que el hecho de no contar con el suministro de alimentos preparados es consecuencia de una situacion extraordinaria e imprevisible que se viene presentando durante el desarrollo del MORDAZA de seleccion, por lo que refiere que es necesario declarar en situacion de desabastecimiento inminente el suministro de alimentos preparados para internos, internas, ninos y personal de seguridad del Establecimiento Penitenciario de Chachapoyas por el periodo de setenta y un (71) dias calendario, hasta por un monto total de ciento cincuenta y nueve mil ochocientos veintiuno con 00/100 nuevos soles (S/. 159 821,00), de acuerdo al cuadro de

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