Norma Legal Oficial del día 16 de Abril del año 2009 (16/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de MORDAZA de 2009

Que, al MORDAZA de las facultades senaladas en el considerando precedente, PERUPETRO S.A. ha negociado con OLYMPIC PERU, INC., SUCURSAL DEL PERU, el Proyecto de Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 145, ubicado entre las provincias de San MORDAZA, MORDAZA y Cutervo del departamento de MORDAZA, y Bagua y Utcubamba del departamento de Amazonas, MORDAZA MORDAZA Norte del Peru; Que, mediante Acuerdo de Directorio Nº 089-2008, de fecha 31 de MORDAZA de 2008, el Directorio de PERUPETRO S.A. aprobo el Proyecto de Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 145, elevandolo al Poder Ejecutivo para su consideracion y respectiva aprobacion; Que, de acuerdo con lo establecido en los articulos 63º y 66º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, en el Decreto Legislativo Nº 668 y demas normas aplicables, es procedente otorgar las garantias senaladas por estos dispositivos; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 0422005-EM; DECRETA: Articulo 1º.- Del lote objeto del contrato Aprobar la conformacion, extension, delimitacion y nomenclatura del area inicial del Lote 145, ubicado entre las provincias de San MORDAZA, MORDAZA y Cutervo del departamento de MORDAZA, y Bagua y Utcubamba del departamento de Amazonas, MORDAZA MORDAZA Norte del Peru, adjudicandolo a PERUPETRO S.A. y declarandolo materia de suscripcion del contrato. El mapa y memoria descriptiva de dicho Lote forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- De la aprobacion del contrato Aprobar el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 145, que consta de una (01) Clausula Preliminar, veintidos (22) Clausulas y once (11) Anexos, a celebrarse entre PERUPETRO S.A. y OLYMPIC PERU, INC., SUCURSAL DEL PERU, con intervencion del Banco Central de Reserva del Peru, para garantizar a la empresa Contratista lo establecido en los articulos 63º y 66º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-EM. Articulo 3º.- De la autorizacion para suscribir el contrato Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con OLYMPIC PERU, INC., SUCURSAL DEL PERU, el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 145, aprobado por el presente Decreto Supremo. Articulo 4º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los quince dias del mes de MORDAZA del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 336719-10

DECRETO SUPREMO Nº 029-2009-EM APRUEBAN CONTRATO DE LICENCIA PARA LA EXPLORACION Y EXPLOTACION DE HIDROCARBUROS EN EL LOTE 147 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, es politica del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburiferas, a fin de garantizar el futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la libre competencia; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, se aprobo el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, que regula las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, el articulo 11º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, establece que los Contratos podran celebrarse, a criterio del Contratante, previa negociacion directa o por convocatoria; y, que los mismos se aprobaran por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Energia y Minas, en un plazo no mayor de 60 (sesenta) dias de iniciado el tramite de aprobacion ante el Ministerio de Energia y Minas por la Entidad Contratante, de acuerdo a lo dispuesto en su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 045-2008-EM; Que, mediante Acuerdo de Directorio Nº 0422008, de fecha 17 de MORDAZA de 2008, el Directorio de PERUPETRO S.A. aprobo las Bases del MORDAZA de Seleccion Nº PERUPETRO-CONT-001-2008 para la Seleccion de Empresas y Asignacion de Lotes para Contratos de Licencia para Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos; Que, la Comision de Trabajo de PERUPETRO S.A. encargada del MORDAZA de Seleccion Nº PERUPETROCONT-001-2008 para la Seleccion de Empresas y Asignacion de Lotes para Contratos de Licencia para Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos, en fecha 10 de setiembre de 2008, otorgo la Buena Pro a ENIGMA OIL AND GAS EXPLORATION (PTY) LIMITED Y JINDAL MORDAZA & POWER LIMITED, por el Lote 147; Que el articulo 15º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, establece que las empresas extranjeras, para celebrar Contratos al MORDAZA de dicha Ley, deberan establecer sucursal o constituir una sociedad conforme a la Ley General de Sociedades, fijar domicilio en la capital de la Republica del Peru y nombrar Mandatario de nacionalidad peruana; Que, de acuerdo a las Constancias de Calificacion emitidas por PERUPETRO S.A. se certifica que JINDAL MORDAZA & POWER LIMITED posee la necesaria capacidad legal, tecnica, economica y financiera para asumir, a traves de JINDAL OIL & GAS PERU S.A., el 80% de participacion en el Contrato de Licencia en el Lote 147. Igualmente, certifican que ENIGMA OIL AND GAS EXPLORATION (PTY) LIMITED posee la necesaria capacidad legal, tecnica, economica y financiera para asumir el 20% a traves de ENIGMA PETROLEO Y GAS N.V., SUCURSAL DEL PERU; Que, mediante Acuerdo de Directorio Nº 132-2008, de fecha 31 de octubre de 2008, el Directorio de PERUPETRO S.A. aprobo el Proyecto de Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 147; Que, mediante carta de fecha 26 de marzo de 2009, ENIGMA OIL AND GAS EXPLORATION (PYT) LIMITED, solicito a PERUPETRO S.A., se efectuen los cambios necesarios en el Proyecto de Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 147, teniendo en consideracion que por un error formal se consigno indebidamente la denominacion del contratista ENIGMA PETROLEO Y GAS LTD., SUCURSAL DEL PERU, siendo la correcta ENIGMA PETROLEO Y GAS N.V., SUCURSAL DEL PERU;

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