Norma Legal Oficial del día 16 de Abril del año 2009 (16/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

394353

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA Acuerdo Nº 014-2009-MSB-C..Fijan montos de remuneracion del MORDAZA y de dieta de Regidores del distrito 394421 R.A. Nº 078-2009-MSB-A.- Aprueban Directiva para la Fiscalizacion Posterior Aleatoria de los Procedimientos Administrativos contenidos en el MORDAZA de la Municipalidad 394421 Fe de Erratas Ordenanza Nº 429-MSB 394422 MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO Acuerdo Nº 026.- Declaran de interes local la propuesta de cambio especifico de zonificacion de terreno de comercio vecinal a comercio zonal 394422 Acuerdo Nº 027.- Aprueban convenio de cooperacion y aceptan donacion pecuniaria que se utilizara en el mejoramiento de puentes peatonales 394424 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Acuerdo Nº 000078.- Ratifican la Ordenanza N° 0012009-MDLP/ALC, que establece tasa por estacionamiento vehicular en el distrito 394425

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y RIVERO Acuerdo Nº 027-2009-MDJLBYR.- Autorizan viaje del MORDAZA a Mexico, en comision de servicios 394426 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCALA Acuerdo Nº 005-2009-MDP/A.- Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del Expediente Tecnico de la obra "Mejoramiento, construccion y ampliacion del sistema de agua potable y alcantarillado casco MORDAZA del distrito de Pucala, Provincia de Chiclayo - Lambayeque" 394426

PROYECTO
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES R.M. Nº 279-2009-MTC/01.- Proyecto de Resolucion Ministerial que modifica el Plan Tecnico Fundamental de Numeracion referido a los Servicios Especiales Facultativos 394428

SEPARATA ESPECIAL
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Res. N° 013-2009-APN/DIR.- Incorporacion de instalaciones portuarias al ambito de aplicacion de la Resolucion Ministerial Nº 330-2004-MTC-02 394344

PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA
DECRETO DE URGENCIA Nº 049-2009 DECRETO DE URGENCIA QUE DECLARA DE NECESIDAD PUBLICA LA EJECUCION DE LAS OBRAS DE IRRIGACION Y LA INTANGIBILIDAD DE LOS TERRENOS QUE CONFORMAN EL PROYECTO ESPECIAL DE IRRIGACION E HIDROENERGETICO OLMOS
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 017-99-AG, que tiene fuerza de ley conforme a la Ley Nº 27172, se dispuso la incorporacion al dominio del Estado de 111,656.00 hectareas de tierras eriazas identificadas dentro del ambito de influencia del Proyecto Especial de Irrigacion e Hidroenergetico Olmos; Que, la ejecucion del Proyecto Especial de Irrigacion e Hidroenergetico Olmos comprende tres fases: Fase de Construccion, Operacion y Mantenimiento de la Infraestructura Hidraulica o Fase de Trasvase de Agua; Fase de Generacion Electrica o Fase de Produccion de Energia; y, Fase de Distribucion del Componente Hidraulico y Venta de Tierras, Fase de Irrigacion o Fase de Produccion Agricola; Que, en la actualidad el Estado Peruano conjuntamente con el sector privado se encuentra ejecutando la primera fase del Proyecto Olmos, que comprende la concesion de la construccion, operacion y mantenimiento de las Obras de Trasvase del Proyecto Olmos (Presa Limon y

Tunel Trasandino) a cargo de la empresa Concesionaria Trasvase Olmos S.A., con una inversion de doscientos veintidos millones de dolares americanos; Que, se estima que las Obras de Trasvase del Proyecto Olmos deben estar culminadas a finales del primer semestre del proximo ano, estando el Estado obligado por el Contrato de Concesion al pago de una retribucion economica anual por el servicio de trasvase de agua a favor del empresa concesionaria, de mas de veintiseis millones de dolares americanos; Que, en este contexto resulta necesario tener el Componente de Irrigacion (Activo Productivo) en marcha para poder generar los recursos para el pago de dichos compromisos, pues al no tener construidos estos Activos Productivos no se puede generar actividad economica. En este caso, el pago lo realiza el Estado sustentado en el Contrato de Concesion con la empresa Concesionaria Trasvase Olmos y en la Garantia Soberana otorgada por el Gobierno Nacional; Que, para dar sostenibilidad a la actividad economica y social del Proyecto Olmos se requiere implementar rapidamente la inversion en los denominados Activos Productivos, que en el caso de Olmos es fundamental que se desarrolle principalmente el Componente MORDAZA (Activo Productivo), pues este debe generar los recursos para cubrir parte o la totalidad de sus costos, asi como, el pago de la tarifa del Componente de Trasvase, que no genera ningun MORDAZA de beneficios por si solo; Que, la tercera fase de dicho Proyecto consiste en el aprovechamiento del Componente Hidraulico del Proyecto Olmos -conduccion y distribucion- mediante las obras de irrigacion del area que comprende las tierras eriazas a las que hace referencia el Decreto Supremo Nº 01799-AG y sus normas modificatorias y complementarias, la misma que se encuentra en su etapa de promocion y elaboracion, tras la suscripcion del Contrato para Estudios de Factibilidad y Preinversion de Obras de Riego y la formulacion de la Inversion Privada de Venta de Tierras; Que, entre los beneficios de la ejecucion del referido Proyecto se encuentra la incorporacion a la agricultura de 40,000 hectareas de tierras actualmente eriazas, lo que posibilitara una produccion MORDAZA por un valor MORDAZA

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