Norma Legal Oficial del día 22 de Abril del año 2009 (22/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 119

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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obrante de fojas cuatro a diez, que se condeno a un ano de pena privativa de MORDAZA suspendida al servidor MORDAZA Bermejo Moscol como autor del delito de estafa, la cual quedo consentida mediante resolucion de fecha cuatro de octubre de dos mil siete, obrante a fojas once; Cuarto: Al respecto, el investigado refiere que ante la imposibilidad de devolver la suma de seiscientos nuevos soles a don MORDAZA MORDAZA Crespo MORDAZA, este se coludio con su amigo y posteriormente testigo y abogado MORDAZA MORDAZA Abramonte, para denunciarlo penalmente por un ilicito penal inexistente, y que tanto la Fiscalia como el Juzgado resolvieron denunciarlo y condenarlo sin mayores pruebas que sus declaraciones, y por el deposito judicial que realizo a sugerencias de personal del citado organo jurisdiccional; finalmente refiere que al no ser magistrado no puede atentar contra la respetabilidad de Poder Judicial y que en su condicion de auxiliar se suscito un MORDAZA de caracter particular ajeno a la Institucion; Quinto: Que, no obstante lo expuesto por el servidor investigado, con lo actuado se demuestra que la actuacion del servidor investigado se enmarca dentro del supuesto expuesto en el MORDAZA considerando de la presente resolucion, razon por la cual debe aceptarse la propuesta de la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura y procederse a la destitucion de don MORDAZA Bermejo Moscol; en consecuencia, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en uso de las atribuciones conferidas por el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe emitido por el senor Consejero MORDAZA MORDAZA Minano, sin la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez por encontrarse de licencia y de vacaciones, respectivamente, por unanimidad, RESUELVE: Imponer la medida disciplinaria de Destitucion a don MORDAZA Bermejo Moscol en su actuacion como Auxiliar Judicial del Archivo Central de la Corte Superior de Justicia de Piura; Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MUNOZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA

338060-5

Imponen medida disciplinaria de destitucion de magistrado por su actuacion como Juez de Paz de Unica Nominacion del Distrito de Guzmango, Distrito Judicial de MORDAZA
INVESTIGACION ODICMA Nº 842-2006-CAJAMARCA
MORDAZA, tres de MORDAZA de dos mil ocho.VISTO: El expediente administrativo que contiene la Investigacion ODICMA numero ochocientos cuarenta y dos guion dos mil seis guion MORDAZA, seguida contra don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pichen por su actuacion como Juez de Paz de Unica Nominacion del Distrito de Guzmango, San MORDAZA, Distrito Judicial de Cajamarca; por los fundamentos pertinentes de la resolucion numero diecisiete, expedida por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, obrante a fojas ciento veinticinco; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante resolucion numero siete, su fecha diecinueve de febrero de dos mil siete, se dispuso abrir investigacion contra don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pichen en su actuacion como Juez de Paz de Unica Nominacion del Distrito de Guzmango, San MORDAZA, Distrito Judicial de MORDAZA, estando al merito de la queja interpuesta por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la cual hacen de conocimiento del Organo Distrital de Control que el juez quejado ha incumplido los requisitos establecidos por la Ley Organica del Poder Judicial, al haber sido sentenciado por la comision del delito de Fraude en la Administracion de Personas Juridicas, en agravio de

la Comunidad Campesina de Guzmango, adjuntando MORDAZA de la sentencia; Segundo: Al respecto, el magistrado investigado refiere que habiendose desempenado como secretario de la Comunidad Campesina de San MORDAZA de Guzmango periodo dos mil uno ­ dos mil dos, se quejaron penalmente contra el quejoso MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por cuanto este de apropio del producto de la taya de propiedad de la referida comunidad, por lo que posteriormente interpone una denuncia penal contra la Junta Directiva, siendo sentenciado por conformar la misma y no apelar por falta de medios economicos; finalmente, refiere que no ha participado en el delito de estafa ni otros y que por el hecho de ser integrante de la Junta Directiva se le MORDAZA sin tener participacion alguna; Tercero: De lo actuado en el presente expediente administrativo disciplinario de fojas uno a ciento cuarenta y dos, queda establecido que en efecto, al investigado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pichen se le abrio MORDAZA penal, Expediente numero sesenta y siete guion dos mil cinco, conjuntamente con otras personas por la comision de los delitos de Estafa y Fraude en la Administracion de Persona Juridica, en agravio de la Comunidad Campesina San MORDAZA de Guzmango, habiendo sido condenado por tales hechos mediante sentencia de fecha uno de diciembre de dos mil cinco, a tres anos de pena privativa de MORDAZA suspendida condicionalmente, por un periodo de prueba de dos anos, conforme se advierte de Ia fotocopia certificada obrante de fojas sesenta y cinco a setenta y uno, Ia misma que fue declarada consentida mediante resolucion de fecha veintitres de diciembre de dos mil cinco, obrante a fojas setenta y dos; Cuarto: Que, lo MORDAZA expuesto demuestra que el Juez quejado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pichen, ha incurrido en conducta disfuncional grave al haber menoscabado el decoro y respetabilidad del cargo, conforme lo refieren los incisos primero y MORDAZA del articulo doscientos uno del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, resultando de aplicacion lo dispuesto por el articulo doscientos once de la referida ley organica, al haber comprometido la dignidad del cargo y desmereciendolo ante el concepto publico; por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Minano, en sesion ordinaria de Ia fecha, sin la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, por encontrarse de licencia y de vacaciones, respectivamente, por unanimidad; RESUELVE: Imponer Ia medida disciplinaria de Destitucion a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pichen, en su actuacion como Juez de Paz de Unica Nominacion del Distrito de Guzmango, San MORDAZA, Distrito Judicial de Cajamarca. Registrese, publiquese, comuniquese y Cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

338060-6

ORGANOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL
Autorizan viaje de funcionario para participar en la VII Reunion de la Comision Tecnica Especial de Medio Ambiente que se realizara en MORDAZA
RESOLUCION DE VICECONTRALORA Nº 103-2009-CG
MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2009

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