Norma Legal Oficial del día 22 de Abril del año 2009 (22/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 127

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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de MORDAZA en la persona del Arq. MORDAZA Ampuero MORDAZA Gerente del Centro Historico y MORDAZA Monumental, para participar de la reunion que tiene como objeto el generar un debate sobre los indicadores de conservacion sostenible en ciudades historicas, que acerque el analisis preliminar de los experto a la realidad de los responsables municipales y que al mismo tiempo sirva para cruzar visiones de los dos lados del Atlantico, que se llevara a cabo en la MORDAZA de la Habana MORDAZA entre los dias 22 al 24 de MORDAZA de 2009; Que, la participacion del Arq. MORDAZA Ampuero MORDAZA Gerente del Centro Historico y MORDAZA Monumental, en mencionada reunion, no generara egreso alguno por cuanto los gastos relativos al viaje, alojamiento, y manutencion seran sufragados por la UNESCO; Que, de acuerdo a lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, Articulo 9º Inc. 11), son atribuciones del Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del MORDAZA que, en comision de servicios o representacion de la Municipalidad, realicen el MORDAZA, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario; Estando a lo anteriormente expuesto, el Concejo Municipal en Sesion Ordinaria realizada el 24 de marzo de 2009, aprobo por Mayoria el siguiente. ACUERDO: Articulo 1º.- Autorizar el viaje en Comision de Servicios, Arq. MORDAZA AMPUERO MORDAZA Gerente del Centro Historico y MORDAZA Monumental, con la finalidad que participe en la reunion en donde se expondran los avances producidos en el terreno metodologico y las conclusiones de los expertos ante los gestores de las ciudades con el objeto de definir un MORDAZA de actuacion a corto y medio plazo, que se llevara a cabo en la MORDAZA de la Habana MORDAZA entre los dias 22 al 24 de MORDAZA de 2009. Articulo 2º.- Otorgar viaticos nacionales, segun el siguiente detalle:
VIATICOS POR DOS DIAS GASTOS POR DESPLAZAMIENTO AQP ­ MORDAZA ­ MORDAZA - AQP S/. 200.00 TOTAL

VISTO: En Sesion Ordinaria de fecha 29 de Enero del ano 2009; el Informe Nº 0001-2009-GPP/MPB; acerca de la Modificacion de Ordenanzas Municipales que Aprueban la Transferencia de Fondos a las Municipalidades de los Centros Poblados de Araya Grande, El Porvenir y Huayto respectivamente; y: CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los organos de Gobierno Local que emanan de la voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Estado establece para las municipalidades, las facultades de ejercer actos de gobierno y de administracion se realizan con sujecion al ordenamiento juridico nacional. Que, la Decimo MORDAZA Disposicion Complementaria la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades" modificada por Ley N° 28458 "Ley que establece plazo para la adecuacion de Municipalidades de Centros Poblados"; se dispone que las municipalidades provinciales, bajo responsabilidad del MORDAZA provincial, adecuan el funcionamiento de las municipalidades de centros poblados creadas durante la vigencia de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, a lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, dentro de los noventa (90) dias naturales de presentada la solicitud de adecuacion o publicada la ordenanza de adecuacion. Asimismo se dispone que en la solicitud de adecuacion de la municipalidad de centro poblado se indicara las competencias, funciones y atribuciones administrativas y economico tributarias que se solicita; el listado de anexos, caserios, centros, villas, asentamientos humanos y cualquier otro nucleo poblacional que la comprende; su regimen de administracion interna; el numero de pobladores que se veran beneficiados con el servicio de legado y la acreditacion del eventual sostenimiento de los servicios publicos locales cuya delegacion de competencias y funciones solicitan. Las municipalidades provinciales y distritales transfieren a las municipalidades de centros poblados los recursos a que se refiere el articulo 133º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, una vez concluido el MORDAZA de adecuacion. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 014-2005AL/CPB, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 23 de marzo del 2006 se aprueba la Adecuacion de las Municipalidades de los Centros Poblados de Huayto, el Porvenir y Araya Grande; MORDAZA juridica con rango de Ley que cuenta con cinco articulos y de donde se desprende la continuacion del tramite de adecuacion de las municipalidades de centros poblados creadas dentro de la jurisdiccion de la Provincia de Barranca; asimismo se indica que se otorga las Competencias, Funciones y Atribuciones Administrativas y Economicas Tributarias que solicitan las Municipalidades de Centros Poblados y se dispone la Transferencia de recursos por ingresos corrientes, Foncomun, Canon y Sobrecanon, Regalias Mineras y otras que le correspondan de acuerdo al porcentaje de la poblacion existente en cada circunscripcion de las Municipalidades de los Centros Poblados. Que, en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado se establece que las municipalidades de los centros poblados son creadas conforme a ley, MORDAZA legal de MORDAZA jerarquia que debe ser concordada con lo dispuesto por el articulo III del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades"; con los articulos 3º al 5º y el articulo 9º del mismo cuerpo juridico normativo. Dispositivos legales que preven por un lado que las Municipalidades de Centro Poblado son creadas por Ordenanza Municipal Provincial, estando determinada su clasificacion legal en funcion a su jurisdiccion en un tercer nivel de gobierno local, dentro de la estructura organica del estado. Que, mediante Informe de Vistos el Econ. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ­ Gerencia de Planificacion y Presupuesto de la Municipalidad Provincial de Barranca, manifiesta que es necesario precisar los terminos en que se haran efectivas las transferencias a las Municipalidades de Centros Poblados de nuestra Provincia, por lo que recomienda modificar el Articulo 4° de la Ordenanza Municipal 0212008-AL/CPB. Que, mediante Informe Legal N° 133-2009-OAJ/MPB, el Dr. MORDAZA Costa MORDAZA ­ Asesor Legal de la Municipalidad Provincial de Barranca, manifiesta que nuestro gobierno

Arq. MORDAZA MORDAZA S/. 360.00 Ampuero MORDAZA Gerente del Centro Historico y MORDAZA Monumental

S/. 560.00

Articulo 3º.- Encomendar a la Sub Gerencia de Relaciones Publicas y Prensa, la publicacion del presente Acuerdo Municipal en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, hagase saber. MORDAZA BALBUENA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA

338137-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCA
Modifican Ordenanzas Nºs. 021, 022 y 023-2008-AL/CPB sobre la culminacion de adecuacion de las Municipalidades de los Centros Poblados Araya Grande, Huayto y El Porvenir a la Ley Organica de Municipalidades
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 008-2009-AL/CPB
EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA

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