Norma Legal Oficial del día 22 de Abril del año 2009 (22/04/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

394731

Ministerio de la Produccion, en aplicacion de lo dispuesto en la Guia para la Implementacion del Sistema de Control Interno de las Entidades del Estado, aprobada por Resolucion de Contraloria General Nº 458-2008-CG; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1047 ­ Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, el Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, la Ley Nº 28716 ­ Ley de Control Interno de las Entidades del Estado y la Resolucion de Contraloria General Nº 458-2008-CG, que aprueba la Guia para la Implementacion del Sistema de Control Interno de las Entidades del Estado; Con el visado de la Secretaria General, el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, el Despacho Viceministerial de Pesqueria y de las Oficinas Generales de Administracion, de Asesoria Juridica y de Planificacion y Presupuesto; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conformacion del Comite de Control Interno del Ministerio de la Produccion Conformar el Comite de Control Interno del Ministerio de la Produccion, el cual tendra a su cargo la elaboracion del Sistema de Control Interno ­ SCI de la entidad, conforme a lo dispuesto en la Guia para la Implementacion del Sistema de Control Interno de las Entidades del Estado, aprobada por Resolucion de Contraloria General Nº 458-2008-CG y en el Acta de Compromiso para la implementacion del Sistema de Control Interno ­ SCI, suscrita por la Alta Direccion. Dicho Comite dependera de la Ministra de la Produccion y estara conformado de la siguiente forma: · Un (01) representante de la Secretaria General, quien lo presidira · Un (01) representante del Despacho Viceministerial de Pesqueria, quien sera designado a traves de un Memorando del Viceministro, dirigido al Presidente del Comite de Control Interno del Ministerio de la Produccion. · Un (01) representante del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, quien sera designado a traves de un Memorando del Viceministro, dirigido al Presidente del Comite de Control Interno del Ministerio de la Produccion. · El Director General de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto, quien actuara como Secretaria. · El Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica. · El Director General de la Oficina General de Administracion. El Comite de Control Interno del Ministerio de la Produccion debera reunirse las veces que considere necesario para el cumplimiento de sus funciones. Cada miembro titular del Comite de Control Interno designara un suplente, a traves de un Memorando dirigido a la Presidencia del Comite de Control Interno del Ministerio de la Produccion, quien podra reemplazarlo en las sesiones del Comite en caso de ausencia temporal, con las mismas facultades, obligaciones y responsabilidades del titular. Los miembros titulares y suplentes del Comite de Control Interno del Ministerio de la Produccion, tendran voz y MORDAZA, debiendo firmar un Acta de cada sesion, aceptando con ello el cumplimiento de los compromisos contraidos. Articulo 2º.- Funciones del Comite de Control Interno del Ministerio de la Produccion El Comite de Control Interno del Ministerio de la Produccion tendra como funciones fundamentales las siguientes: 1. Monitorear el MORDAZA de sensibilizacion y capacitacion del personal de la entidad sobre Control Interno. 2. Desarrollar el diagnostico actual del Control Interno - SCI dentro de la entidad. 3. Desarrollar el cuadro de necesidades propuesto dentro del diagnostico de control interno. 4. Proponer la estimacion de los recursos necesarios para la implementacion del cuadro de necesidades. 5. Comunicar a todo el personal de la importancia de contar con un Sistema de Control Interno ­ SCI eficiente.

6. Designar a un representante de cada area el cual se encargara de coordinar las actividades a realizar para la implementacion del Sistema de Control Interno - SCI. 7. Informar a la Alta Direccion sobre los avances realizados en materia de implementacion del Sistema de Control Interno ­ SCI. 8. Coordinar con todas las areas de la entidad, aspectos pertinentes a la implementacion del Sistema de Control Interno ­ SCI. 9. Desarrollar formatos estandarizados que serviran de guia para cada una de las areas de la entidad. 10. Emitir los informes sobre los resultados de la implementacion del Sistema de Control Interno ­ SCI, senalados en el articulo 2º de la Resolucion de Contraloria General Nº 458-2008-CG y dirigirlos a la Ministra de la Produccion, para su oportuna remision al Organo de Control Institucional, dentro de los plazos indicados en la citada norma. 11. Todas las demas funciones contenidas en la Guia para la Implementacion del Sistema de Control Interno de las Entidades del Estado, aprobada por Resolucion de Contraloria General Nº 458-2008-CG. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CONTERNO MARTINELLI Ministra de la Produccion

338056-1

Aprueban Programa de Extension Pesquera Artesanal 2009 y modelos de convenios de cooperacion interinstitucional con diversos Gobiernos Regionales
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 171-2009-PRODUCE
MORDAZA, 17 de MORDAZA del 2009 VISTOS: el Informe Nº 014-2009-PRODUCE/DGPA-Dpp de la Direccion General de Pesca Artesanal, el Informe Nº 055-2009-PRODUCE/Opir de la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Racionalizacion de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto, el Informe Nº 259-2009PRODUCE/OGPP-op de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto, el Informe Nº 00013-2009-PRODUCE/OGA-ssolidoro de la Oficina General de Administracion, asi como el Informe Nº 073-2009PRODUCE/OGAJ-EAF de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 60º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que el Ministerio de Pesqueria, hoy Ministerio de la Produccion, promueve la gestion empresarial, transferencia de tecnologia y la capacitacion a favor de los pescadores y procesadores artesanales organizados en instituciones sociales, sindicatos, gremios, cooperativas, asociaciones y otras modalidades asociativas reconocidas por Ley, utilizando para ello medios y recursos provenientes tanto del sector publico como del sector privado; Que, mediante el Informe Nº 014-2009-PRODUCE/ DGPA-Dpp la Direccion General de Pesca Artesanal sustenta tecnicamente la implementacion del Programa de Extension Pesquera Artesanal - 2009, a traves de los Gobiernos Regionales de los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, Ica, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Tacna, Tumbes y Ucayali y del Gobierno Regional del Callao, durante el periodo MORDAZA - diciembre 2009, mediante la modalidad de encargo; Que, el objetivo del Programa de Extension Pesquera Artesanal 2009 es promover la actividad pesquera artesanal, mediante acciones de sensibilizacion, asesoramiento y capacitacion de sus agentes, en los mismos lugares donde desarrollan sus actividades, incidiendo en aspectos de caracter tecnico-productivo y organizacional, que permita al colectivo de los pescadores y procesadores artesanales, incrementar sus niveles de organizacion e ingresos, basados en la explotacion sostenible de los recursos pesqueros, y la comercializacion de productos de calidad; Que, en ese sentido se ha visto por conveniente la suscripcion de un Convenio de Cooperacion

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.