Norma Legal Oficial del día 22 de Abril del año 2009 (22/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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SECCION III SECCION IV SECCION V TITULO IV CAPITULO I

- SEMAFOROS - CRUCES DE VIAS FERREAS - POLICIA NACIONAL DEL PERU - DE LA CIRCULACION - DE LOS PEATONES Y EL USO DE LA VIA CAPITULO II - DE LOS CONDUCTORES Y EL USO DE LA VIA SECCION I - ASPECTOS GENERALES SECCION II - HABILITACION PARA CONDUCIR SECCION III - REGLAS GENERALES DE CIRCULACION SECCION IV - VELOCIDADES SECCION V - REGLAS PARA ADELANTAR O SOBREPASAR SECCION VI - DERECHO DE PASO SECCION VII - CAMBIOS DE DIRECCION SECCION VIII - DETENCION Y ESTACIONAMIENTO SECCION IX - CASOS ESPECIALES CAPITULO III - LOS VEHICULOS SECCION I - ASPECTOS GENERALES SECCION II - CONDICIONES DE SEGURIDAD TITULO V - REGISTRO VEHICULAR CAPITULO I - ASPECTOS GENERALES TITULO VI - DE LOS ACCIDENTES DE MORDAZA Y EL SEGURO OBLIGATORIO TITULO VII - INFRACCIONES Y SANCIONES CAPITULO I - INFRACCIONES SECCION I - ASPECTOS GENERALES SECCION II - TIPIFICACION Y CALIFICACION CAPITULO II - MEDIDAS PREVENTIVAS CAPITULO III - SANCIONES SECCION I - ASPECTOS GENERALES SECCION II - A LOS CONDUCTORES SECCION III - A LOS PEATONES SECCION IV - REGISTRO DE SANCIONES CAPITULO IV - PROCEDIMIENTOS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS ANEXOS

Berma: Parte de una carretera o MORDAZA contigua a la calzada, no habilitada para la circulacion de vehiculos y destinada eventualmente a la detencion de vehiculos en emergencia y circulacion de peatones (Banquina). Calzada: Parte de la via destinada a la circulacion de vehiculos y eventualmente al cruce de peatones y animales. Camino: Via rural destinada a la circulacion de vehiculos, peatones, y animales. Caravana: Conjunto de vehiculos que circulan en fila por la calzada (Convoy). Carretera: Via fuera del ambito MORDAZA, destinada a la circulacion de vehiculos y eventualmente de peatones y animales. Carril: Parte de la calzada destinada al MORDAZA de una fila de vehiculos. Ciclomotor: Vehiculo de dos ruedas que tiene motor y traccion propia. Conductor: Persona habilitada para conducir un vehiculo por una via. Cruce a nivel: Area comun de interseccion entre una via y una linea de ferrocarril (Paso a nivel). Cuneta: Zanja al lado del MORDAZA o carretera destinada a recibir aguas pluviales. Demarcacion: Simbolo, palabra o MORDAZA, de preferencia longitudinal o transversal, sobre la calzada, para guia del MORDAZA de vehiculos y peatones. Deposito Municipal de Vehiculos (DMV): Local autorizado para el internamiento de vehiculos, provisto de equipamiento y seguridad de acuerdo con las normas legales vigentes. Derecho de paso: Prerrogativa de un peaton o conductor de un vehiculo para proseguir su marcha en precedencia a otro peaton o vehiculo. Detencion: Inmovilizacion del vehiculo por emergencia, por impedimento de circulacion o para cumplir una disposicion reglamentaria. Detenerse: Paralizacion breve de un vehiculo para ascender o descender pasajeros o alzar o bajar cosas, solo mientras dure la maniobra. Estacionar: Paralizar un vehiculo en la via publica, con o sin el conductor, por un periodo mayor que el necesario para dejar o recibir pasajeros o cosas. Internamiento: Ingreso de un vehiculo al DMV, dispuesto por la Autoridad competente. Interseccion: Area comun de calzadas que se cruzan o convergen. Isla: Area de seguridad situada entre carriles destinada a encauzar el movimiento de vehiculos o como refugio de peatones. Licencia de conducir: Documento otorgado por la Autoridad competente a una persona autorizandola para conducir un MORDAZA de vehiculo. Linea de parada: Linea transversal marcada en la calzada MORDAZA de la interseccion que indica al conductor el limite para detener el vehiculo acatando la senal correspondiente (Linea de detencion). Maquinaria especial: Vehiculo automotor cuya finalidad no es el transporte de personas o carga y que utiliza ocasionalmente la via publica. Marca: Senal colocada o pintada sobre el pavimento o en elementos adyacentes al mismo, consistente en lineas, dibujos, MORDAZA, palabras o simbolos (Senal horizontal).

TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I OBJETO Y AMBITO
Articulo 1º.- Objeto y ambito. El presente Reglamento establece normas que regulan el uso de las vias publicas terrestres, aplicables a los desplazamientos de personas, vehiculos y animales y a las actividades vinculadas con el transporte y el medio ambiente, en cuanto se relacionan con el transito. Rige en todo el territorio de la Republica.

CAPITULO II DEFINICIONES
Articulo 2º.- Definiciones. Para los fines del presente Reglamento se entendera por: Accidente: Evento que cause dano a personas o cosas, que se produce como consecuencia directa de la circulacion de vehiculos. Acera: Parte de la via, destinada al uso de peatones (Vereda). Adelantar: Maniobra mediante la cual un vehiculo se situa delante de otro que lo antecede, utilizando el carril de la izquierda a su posicion, salvo excepciones. Alcoholemia: Examen o prueba para detectar presencia de alcohol en la sangre de una persona. (Dosaje etilico). Area de estacionamiento: Lugar destinado para el estacionamiento de vehiculos. Autopista: Carretera de MORDAZA rapido intersecciones y con control total de accesos. sin

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