Norma Legal Oficial del día 22 de Abril del año 2009 (22/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

394771

En el servicio de transporte de ambito provincial, se entendera por servicio diferenciado aquel que ofrece mayores comodidades que las que ofrece el servicio estandar tales como el que solo este permitido el viaje de personas sentadas, en numero que no exceda de la capacidad de asientos previsto por el fabricante, el que se preste de origen a destino sin o con paradas en determinados paraderos establecidos en la ruta autorizada. 3.63 Servicio de Transporte Especial de Personas: Modalidad del servicio de transporte publico de personas prestado sin continuidad, regularidad, generalidad, obligatoriedad y uniformidad. Se otorga a los transportistas mediante una autorizacion y se presta en el ambito nacional bajo las modalidades de: transporte turistico, de trabajadores, de estudiantes; en el ambito regional, ademas de las modalidades MORDAZA senaladas mediante el auto colectivo; y en el ambito provincial mediante las modalidades senaladas en el ambito nacional y ademas mediante el servicio de taxi. Se entiende por: 3.63.1 Servicio de Transporte Turistico Terrestre: Servicio de transporte especial de personas que tiene por objeto el traslado de turistas, por via terrestre, hacia los centros de interes turistico y viceversa, con el fin de posibilitar el disfrute de sus atractivos. Se presta en vehiculos que cuentan con comodidades especiales, mediante las modalidades de: 3.63.1.1 Traslado: Consiste en el transporte de usuarios desde los terminales de arribo, establecimientos de hospedaje u otros establecimientos donde se prestan servicios turisticos hasta puntos de destino de la misma MORDAZA o centro poblado y viceversa. 3.63.1.2 Visita local: Consiste en el transporte organizado de usuarios dentro de una MORDAZA o centro poblado con el fin de posibilitarles el conocimiento y disfrute de atractivos turisticos del lugar. 3.63.1.3 Excursion: Consiste en el transporte de usuarios fuera de la MORDAZA o centro poblado donde se origina el servicio, no incluyendo pernoctacion 3.63.1.4 Gira: Consiste en el transporte de usuarios entre centros turisticos con itinerario fijo y preestablecido, que se inicia en una MORDAZA o centro poblado distinto al que concluye. 3.63.1.5 Circuito: Consiste en el transporte de usuarios que, partiendo de una MORDAZA o centro poblado, recorre centros y atractivos turisticos de otros lugares, retornando al lugar de origen con itinerario fijo y preestablecido. 3.63.2 Servicio de Transporte de Trabajadores: Servicio de transporte especial de personas que tiene por objeto el traslado de trabajadores por via terrestre desde o hacia su centro de trabajo. 3.63.3 Servicio de Transporte de Estudiantes: Servicio de transporte especial de personas que tiene por objeto el traslado de estudiantes de cualquiera de los niveles escolar, tecnico y superior. 3.63.4 Servicio de Transporte Social: Servicio de transporte especial de personas que tiene por objeto el traslado de personas de sectores con necesidades especiales, que requieren que el vehiculo cuente con aditamentos o caracteristicas adicionales. En este grupo se incluye a personas de la tercera edad, personas discapacitadas, pacientes medicos, ninos, etc. 3.63.5 Servicio de Transporte Especial de Personas en Auto Colectivo: Servicio de transporte especial de personas que tiene por objeto el traslado de usuarios desde un punto de origen a uno de destino, dentro de una region, en un vehiculo de la categoria M2 de clasificacion vehicular establecida en el RNV. 3.63.6 Servicio de Taxi: Servicio de transporte especial de ambito provincial, prestado en vias urbanas e interurbanas, que tiene por objeto el traslado de personas desde un punto de origen hasta uno de destino senalado por quien lo contrata. La tarifa a cobrar por este servicio

puede estar determinada mediante sistemas de control (taximetros), precios preestablecidos, el libre MORDAZA o cualquier otra modalidad permitida por la ley. El servicio de taxi se regula por la Ley y los Reglamentos nacionales de transporte y MORDAZA terrestre, asi como por las normas complementarias que determine la autoridad competente. 3.64 Servicio de Transporte de Mercancias en General: Modalidad del servicio de transporte publico de mercancias o carga en general, bajo cualquier modalidad. 3.65 Servicio de Transporte de Mercancias Especiales: Modalidad del servicio de transporte publico de mercancias que por su naturaleza requiere de condiciones o equipamiento especial, se regula por las disposiciones establecidas en los Reglamentos nacionales de transporte y MORDAZA terrestre. 3.66 Servicio de Transporte de ambito Provincial: Aquel que se realiza para trasladar personas exclusivamente al interior de una provincia. Se considera tambien transporte provincial a aquel que se realiza al interior de una region cuando esta tiene una sola provincia. 3.67 Servicio de Transporte de ambito Regional: Aquel que se realiza para trasladar personas entre ciudades o centros poblados de provincias diferentes, exclusivamente en una misma region. 3.68 Servicio de Transporte de ambito Nacional: Aquel que se realiza para trasladar personas y/o mercancias entre ciudades o centros poblados de provincias pertenecientes a regiones diferentes. En el caso del transporte de mercancias se considera transporte de ambito nacional tambien al transporte que se realiza entre ciudades o centros poblados de la misma region 3.69 Servicio de Transporte Mixto: Servicio de transporte de personas y de mercancias en un mismo vehiculo que se puede desarrollar en el ambito nacional, regional o provincial en vias de penetracion no asfaltadas o en aquellas otras en las que mas del 70% de su recorrido no se encuentre asfaltado. 3.70 Sistema Nacional de Carreteras: Es el conjunto de carreteras conformantes de la Red Vial Nacional, Red Vial Departamental o Regional y Red Vial Vecinal o Rural 3.71 Sistema Nacional de Registro del Transporte y MORDAZA (SINARETT): Es el catastro global de informacion sobre los datos y caracteristicas del transporte y MORDAZA terrestre en el MORDAZA, constituido por los distintos registros administrativos, sobre la materia, a cargo de las autoridades competentes y regidos por el conjunto de normas y principios previstos en el presente reglamento, asi como las demas normas complementarias que emita el MTC para el correcto funcionamiento del sistema. 3.72 SOAT: Seguro Obligatorio de Accidentes de MORDAZA que cubre a los ocupantes y terceros no ocupantes de un vehiculo automotor, que sufran lesiones o muerte como consecuencia de un accidente de MORDAZA en el que MORDAZA participado el vehiculo automotor asegurado. Se rige por la MORDAZA de la materia. 3.73 Tarjeta Unica de Circulacion (TUC): Documento expedido por la autoridad competente que acredita la habilitacion de un vehiculo para la prestacion del servicio de transporte de personas o mercancias, o acredita su inscripcion para realizar transporte privado de personas o mercancias. Las caracteristicas de las Tarjetas Unicas de Circulacion seran establecidas por Resolucion Directoral expedida por la DGTT del MTC. 3.74 Tarifa: Contraprestacion que se paga al transportista como retribucion por la prestacion del servicio de transporte terrestre de personas. En el caso del transporte de personas esta tarifa esta expresada en el boleto de viaje. En el servicio de transporte publico de personas de ambito provincial la tarifa tambien puede estar expresada en una tarjeta inteligente, abono o cualquier otro mecanismo electronico de pago.

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