Norma Legal Oficial del día 22 de Abril del año 2009 (22/04/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 76

394790

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de MORDAZA de 2009

64.5.2 El vehiculo habilitado para la prestacion del servicio de transporte internacional de personas, podra, en forma paralela, ser habilitado para la prestacion del servicio de transporte publico de personas de ambito nacional, bajo la modalidad de servicio diferenciado. En ningun caso, la utilizacion de estos vehiculos, debe generar un incumplimiento de los terminos de la autorizacion para realizar el servicio de transporte internacional. 64.5.3 El vehiculo que cuente con habilitacion vigente para la prestacion del servicio de transporte publico de personas de ambito nacional, se encuentra habilitado en forma automatica, para la prestacion del servicio de transporte publico de personas de ambito regional, en rutas en las que el transportista cuente con autorizacion. En este caso la autoridad competente de ambito regional solicitara a la autoridad competente de ambito nacional MORDAZA de la informacion que sustente la habilitacion vehicular. 64.5.4 El vehiculo habilitado para la prestacion del servicio de transporte publico de caracter regional podra ser habilitado para el servicio de ambito nacional en la medida en que cumpla con los requisitos senalados en el presente Reglamento para tal fin. 64.6 No se requiere habilitacion vehicular, para la realizacion de las siguientes actividades: 64.6.1 Transporte de mercancias que se realice en vehiculos de hasta dos (2) toneladas metricas de capacidad de carga util, en este caso la habilitacion o inscripcion es potestativa, segun preste servicio de transporte. 64.6.2 Transporte de personas y transporte de mercancias que se realice en vias no abiertas al publico o recintos privados, en este caso la inscripcion como transporte privado es potestativa. Articulo 65º.- Requisitos para solicitar nuevas habilitaciones vehiculares 65.1 Para solicitar habilitaciones vehiculares con posterioridad al otorgamiento de la respectiva autorizacion para prestar servicio de transporte, el transportista debe presentar: 65.1.1 Una solicitud bajo la forma de Declaracion Jurada dirigida a la autoridad competente, indicando el nombre, la razon o denominacion social del transportista, el Registro Unico de Contribuyente (RUC), domicilio, representante legal y numero de partida registral del transportista en el registro administrativo. 65.1.2 Numero de MORDAZA de pago, dia de pago y monto. 65.1.3 Numero de las Placas de Rodaje del (los) vehiculos que se quiere habilitar y las demas caracteristicas que aparezcan en la tarjeta de identificacion vehicular y/o de propiedad vehicular, y/o MORDAZA de las mismas. 65.1.4 Tratandose de vehiculos nuevos, MORDAZA de la Declaracion Jurada o el Certificado de Conformidad de Cumplimiento presentada ante SUNAT o SUNARP a que hace referencia la Decimo sexta Disposicion Complementaria del RNV 65.1.5 El numero del Certificado de Inspeccion Tecnica Vehicular y la identificacion del Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular emitente, cuando corresponda. 65.1.6 En los casos que corresponda, el contrato de arrendamiento financiero u operativo elevados a escritura publica, en el caso del fideicomiso o entrega bajo otra modalidad a una entidad supervisada por la SBS, la escritura publica que corresponda. En todos los casos debe identificarse el vehiculo con su placa de rodaje y/o numero de serie. 65.1.7 El numero de las polizas o certificados exigidos legalmente y la empresa de seguros o AFOCAT, cuando corresponda, en que las mismas han sido tomadas o emitidas. 65.1.8 El numero, codigo o el mecanismo por el cual es posible comunicarse con el vehiculo que se habilita, en el servicio de transporte de personas 65.2 La autoridad competente en su jurisdiccion resolvera la solicitud en el plazo establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos. Articulo 66º.- Suspension voluntaria de la vigencia de la Habilitacion Vehicular en el servicio de transporte de personas

66.1 A solicitud del transportista y cuando el vehiculo deba ser sometido a un mantenimiento y/o reparacion integral, podra suspenderse la vigencia de la habilitacion vehicular por un plazo improrrogable que no excedera de sesenta (60) dias calendarios. 66.2 Si durante el tiempo de suspension voluntaria de la habilitacion vehicular a que se refiere el presente articulo, el vehiculo presta servicio de transporte, la autoridad competente suspendera precautoriamente la habilitacion del mismo por el tiempo que dure el procedimiento de cancelacion de su habilitacion o hasta que el transportista proceda a darle de baja. Dicho vehiculo solo podra volver a ser habilitado, transcurridos noventa (90) dias calendarios despues que quede firme la resolucion que declare la baja, siempre que cumpla con todos los requisitos establecidos en el presente Reglamento. 66.3 Si la suspension voluntaria de la vigencia de la habilitacion vehicular afecta la(s) frecuencia(s) establecida(s) en la(s) autorizacion(es) vigentes, el transportista debera solicitar en forma paralela la reduccion del numero de frecuencias necesarias para recuperar el equilibrio en las mismas. 66.4 No se podra solicitar la suspension voluntaria de la habilitacion cuando exista una medida de suspension precautoria de la habilitacion vehicular dispuesta por alguna de las causales previstas en el presente reglamento. 66.5 Para la solicitar la suspension voluntaria de la habilitacion vehicular, el transportista debera presentar: 66.5.1 Solicitud con caracter de declaracion jurada de que el vehiculo requiere de mantenimiento o reparacion integral. En MORDAZA se consignara el numero de placa de rodaje del vehiculo, asi como los numeros de serie del chasis y del motor. 66.5.2 Proforma de la evaluacion del mantenimiento o reparacion integral que debera ser realizado en el vehiculo, emitida por la empresa que prestara el servicio de reparacion, o documento emitido por el propio transportista si el mantenimiento o reparacion integral se va a realizar en un taller propio. Articulo 67º.- Obligacion de comunicar la transferencia de vehiculos habilitados El transportista autorizado esta obligado a comunicar a la autoridad competente la transferencia de la propiedad o extincion de la titularidad que ejerce sobre el vehiculo, para la conclusion de la habilitacion vehicular y su retiro del registro correspondiente, adjuntando la Tarjeta Unica de Circulacion respectiva. En todos los casos de transferencia vehicular, el transportista transferente esta obligado a retirar, eliminar o alterar cualquier signo, inscripcion y/o elemento identificatorio, colocado en el vehiculo, que permita confusion en el usuario. Articulo 68º.- Baja de habilitacion vehicular 68.1 Cuando se oferte un vehiculo cuya baja no MORDAZA sido solicitada por el transportista titular de la habilitacion vehicular anterior, la autoridad competente atendera el pedido de habilitacion vehicular verificando que la tarjeta de identificacion y/o propiedad vehicular este a nombre del peticionario, tenga este un contrato de arrendamiento financiero u operativo, o un contrato de fideicomiso respecto del vehiculo ofertado. En este caso, la baja del vehiculo se producira de manera automatica con la nueva habilitacion vehicular. 68.2 De tratarse de ambitos o modalidades distintos de prestacion de servicios, la autoridad competente que otorgo la MORDAZA habilitacion comunicara esta decision a la autoridad que otorgo la habilitacion anterior, de ser el caso, con la finalidad que proceda a efectuar la respectiva baja de oficio en el registro administrativo. Articulo 69º.- Decomiso de la Tarjeta Unica de Circulacion 69.1 La Tarjeta Unica de Circulacion sera decomisada por la autoridad competente por el uso indebido de la misma, o cuando presente enmendaduras, borrones o los datos consignados no coincidan con las caracteristicas del vehiculo. 69.2 En estos casos, la autoridad competente, mediante resolucion motivada, podra declarar la nulidad o conclusion de la Tarjeta Unica de Circulacion, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas y penales a que hubiere lugar.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.