Norma Legal Oficial del día 22 de Abril del año 2009 (22/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

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F.2 INFRACCION DEL TRANSPORTISTA: Permitir la utilizacion o utilizar, intencionalmente, los vehiculos destinados a la prestacion del servicio, en acciones de bloqueo, interrupcion u otras que impidan el libre MORDAZA por las calles, carreteras, puentes, vias ferreas y otras vias publicas terrestres. INFRACCION DEL CONDUCTOR: Participar como conductor de vehiculos que MORDAZA utilizados en acciones de bloqueo, interrupcion u otras que impidan el libre MORDAZA por las calles, carreteras, puentes, vias ferreas y otras vias publicas terrestres. INFRACCION DEL TRANSPORTISTA Y/O DEL CONDUCTOR Obstruir la labor de fiscalizacion en cualesquiera de los siguientes casos: a) Negarse a entregar la informacion o documentacion correspondiente al vehiculo, a su habilitacion como conductor, al servicio que presta o actividad de transporte que realiza, al ser requerido para ello. b) Brindar intencionalmente informacion no conforme, a la autoridad competente, durante la fiscalizacion con el proposito de hacerla incurrir en error respecto de la autorizacion para prestar el servicio, de la habilitacion del vehiculo o la del conductor. c) Realizar maniobras evasivas con el vehiculo para evitar la fiscalizacion. c) Incurrir en actos de simulacion, suplantacion u otras conductas destinadas a hacer incurrir en error a la autoridad competente respecto de la autorizacion para prestar el servicio, o respecto de la habilitacion del vehiculo o la del conductor. INFRACCION DEL GENERADOR DE CARGA: a) Contratar el servicio de transporte con un transportista que no se encuentra autorizado, o cuya autorizacion es para realizar servicio de transporte privado de mercancias. b) Permitir o Utilizar la via publica como lugar habitual o MORDAZA para la carga y/o descarga de mercancias. c) Exigir que el transportista cuente con la autorizacion especial de la autoridad vial que corresponda cuando transporte bienes cuyas dimensiones o peso superen los maximos establecidos por el RNV. d) No cumplir con la emision de la MORDAZA de Verificacion de Pesos y Medidas en las condiciones indicadas en la RD-2253-2008-MTC/20 o la que la sustituya. Muy grave Inhabilitacion por un (1) ano para prestar el servicio de transporte

NORMAS LEGALES
En forma sucesiva: Remocion del vehiculo. Internamiento del Vehiculo CODIGO INFRACCION

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de MORDAZA de 2009
CALIFICACION CONSECUENCIA MEDIDAS PREVENTIVAS APLICABLES SEGUN CORRESPONDA En forma sucesiva: Interrupcion de Viaje. Retencion del vehiculo Internamiento del Vehiculo.

S.2

F.3

Muy Grave

Suspension por Al conductor: noventa (90) dias de Retencion de licencia de la habilitacion para conducir. conducir vehiculos del servicio de transporte S.3

INFRACCION DEL TRANSPORTISTA Utilizar vehiculos que: a) No cuenten con alguno cualquiera de los elementos de seguridad y emergencia, siguientes: - Extintores de fuego que no cumplan en numero o capacidad lo dispuesto por la NTP 833.032. - Conos o triangulos de seguridad, - Botiquin equipado para brindar primeros auxilios. INFRACCION DEL TRANSPORTISTA Utilizar vehiculos que: a) No cuenten con las laminas retrorreflectivas o estas no cumplen lo dispuesto por el RNV. b) No cuenten con parachoques delantero o posterior. c) No cuenten con el dispositivo antiempotramiento exigido por el RNV, en el transporte de mercancias. d) No cuenten con el numero minimo de luces exigidas por el RNV e) No cuenten con vidrio parabrisas delantero o este se encuentre trizado en forma de telarana, de tal manera que impida la visibilidad del conductor. f) No cuenten con el limitador de velocidad y/o este no se encuentre programado de acuerdo a lo dispuesto en el presente Reglamento, cuando este es exigible. g) No cuenten con dispositivo registrador o sistema sustitutorio en MORDAZA estado de funcionamiento. h) Cuenten con neumaticos que no cumplen lo dispuesto por el RNV. INFRACCION DEL TRANSPORTISTA Que alguna de las luces exigidas por el RNV no funcione correctamente. INFRACCION DEL TRANSPORTISTA Permitir que: a) Se transporte usuarios que excedan el numero de asientos indicado por el fabricante del vehiculo, con excepcion del transporte provincial regular de personas que se realice en vehiculos disenados para el transporte de usuarios de pie b) El transportista o el conductor ubique paquetes, equipajes, bultos, encomiendas u otros en el pasadizo del salon del vehiculo c) Se transporte mercancias sin estibarlas, atarlas o protegerlas con los elementos necesarios para evitar que se desplacen o caigan del vehiculo. INFRACCION DEL TRANSPORTISTA a) Se permita el viaje de menores de mas de cinco anos en el mismo asiento que un adulto b) Los conductores que realicen el servicio sobrepasen el limite de edad MORDAZA establecido en este Reglamento INFRACCION DEL CONDUCTOR Transportar a sabiendas, productos explosivos, inflamables corrosivos, venenosos o similares, en un vehiculo destinados al servicio de transporte de personas

Grave

Multa de 0.2 de la UIT

Muy Grave

Multa de 0.5 de la UIT

F.4

Muy Grave

Al transportista: Suspension por Al conductor: noventa (90) dias Retencion de la Licencia de la autorizacion de Conducir. para prestar servicio en la ruta o rutas en que ocurrio la infraccion; o en el servicio tratandose del transporte de mercancias Al conductor: Suspension por noventa (90) dias de la habilitacion para conducir vehiculos del servicio de transporte

En forma sucesiva: Interrupcion de Viaje. Retencion del vehiculo Internamiento del Vehiculo. En el caso de los supuestos f) y g) procedera ademas: Suspension precautoria de la habilitacion vehicular.

S.4 Muy Grave Multa de 0.5 de la UIT

Leve

F.5

Multa de 0.1 de la UIT

En forma sucesiva: Interrupcion de Viaje. Retencion del vehiculo Internamiento del Vehiculo. Al vehiculo: Interrupcion de Viaje. En el caso del literal d) procedera sucesivamente: Retencion del vehiculo Internamiento del vehiculo.

S.5

Muy Grave

Multa de 0.5 de la UIT

b) Infracciones contra la seguridad en el servicio de transporte
CODIGO INFRACCION CALIFICACION CONSECUENCIA MEDIDAS PREVENTIVAS APLICABLES SEGUN CORRESPONDA En forma sucesiva: Interrupcion de Viaje. Retencion del vehiculo Internamiento del Vehiculo.

S.6

Grave

Multa de 0.2 de la UIT

En forma sucesiva: Interrupcion de viaje Retencion del vehiculo Internamiento del vehiculo

S.1

INFRACCION DEL TRANSPORTISTA: 1.Utilizar conductores que: a) No porten su licencia de conducir, b) Cuya licencia que no se encuentra vigente. c) Cuya licencia de conducir no corresponde a la clase y categoria requerida por las caracteristicas del vehiculo y del servicio a prestar,

Muy Grave

Multa de 0.5 de la UIT

S.7

Muy Grave

Suspension por noventa (90) dias de la habilitacion para conducir vehiculos del servicio de transporte

Al vehiculo: Interrupcion de Viaje. Al conductor: Retencion de licencia de conducir

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