Norma Legal Oficial del día 23 de Abril del año 2009 (23/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, jueves 23 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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de las planillas de aporte que se realicen a partir del 1 de enero de 2010. En el escenario indicado, la declaracion y pago de las planillas bajo el precitado MORDAZA de recaudacion se realizara obligatoriamente a partir de la fecha senalada, independientemente del mes de devengue de los aportes. La Superintendencia, sobre la base de las evaluaciones que realice y con posterioridad al 1 de enero de 2010, podra disponer mediante resolucion, una progresiva extension de la cobertura obligatoria del MORDAZA de Recaudacion AFPnet para la declaracion y pago de los aportes obligatorios al SPP respecto de aquellos empleadores que cuenten con menos de cincuenta (50) trabajadores afiliados al SPP a su cargo." "Trigesimo sexta.- En aquellos escenarios en los que no resulte obligatorio para los empleadores realizar la declaracion y pago de aportes previsionales bajo el MORDAZA de Recaudacion AFPnet, sera de plena aplicacion la MORDAZA de la planilla de pagos de aportes bajo medios fisicos u otros medios electronicos, a que hace referencia el articulo 109º del presente titulo. Alternativamente, los empleadores que a diciembre de 2009 registren menos de cincuenta (50) trabajadores afiliados al SPP, podran anticipar la declaracion y pago de sus planillas de aportes previsionales bajo el MORDAZA de Recaudacion AFPnet respecto de la fecha prevista en la trigesimo MORDAZA disposicion final y transitoria, siendo ello tambien extensivo a aquellas unidades economicas constituidas bajo la forma de microempresas, de que trata el articulo 3º de la Ley Nº 28015, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1086. Asimismo, las AFP y las entidades financieras con las que tengan celebrados convenios de pago deberan establecer las acciones de informacion y orientacion necesarias a efectos de que los empleadores comprendidos en la trigesimo MORDAZA disposicion final y transitoria, cumplan satisfactoriamente con los plazos dispuestos para la declaracion y pago de los aportes previsionales bajo medios electronicos via el MORDAZA de Recaudacion AFPnet." Articulo Sexto.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese.
MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 338733-1

Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, la Superintendencia dispone mediante la presente MORDAZA de caracter general, la actualizacion trimestral, correspondiente al periodo MORDAZA ­ junio de 2009, de los capitales sociales minimos de las empresas indicadas en los articulos 16º y 17º de la referida Ley General, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 18º de dicha MORDAZA, segun se indica a continuacion, disponiendose su publicacion en virtud de lo senalado en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS:
Actualizacion del capital social minimo de las empresas supervisadas correspondientes al trimestre MORDAZA ­ junio de 2009 (en nuevos soles) CAPITAL SOCIAL MINIMO (*) A. Empresas de Operaciones Multiples 1. Empresas Bancarias. 2. Empresas Financieras. 3. MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito. 4. MORDAZA Municipal de Credito Popular. 5. Entidad de Desarrollo a la Pequena y Micro Empresa EDPYME. 6. Cooperativas de Ahorro y Credito autorizadas a captar recursos del publico. 7. MORDAZA Rural de Ahorro y Credito. B. Empresas Especializadas 1. Empresa de Capitalizacion Inmobiliaria. 2. Empresa de Arrendamiento Financiero. 3. Empresa de Factoring. 4. Empresa Afianzadora y de Garantias. 5. Empresa de Servicios Fiduciarios. 6. Empresas Administradoras Hipotecarias 11.506.731 3.743.523 2.080.417 2.080.417 2.080.417 3.755.574 22.881.518 11.506.731 1.040.208 6.136.923 1.040.208 1.040.208 1.040.208

CAPITAL SOCIAL MINIMO (*) C. Bancos de Inversion D. Empresas de Seguros 1. Empresa que opera en un solo ramo (de riesgos generales o de vida). 2. Empresa que opera en ambos MORDAZA (de riesgos generales y de vida). 3. Empresa de Seguros y Reaseguros. 4. Empresa de Reaseguros. E. Empresas de Servicios Complementarios y Conexos 1. Almacen General de Deposito. 2. Empresa de Transporte, Custodia y Administracion de Numerario. 3. Empresa Emisora de Tarjetas de Credito y/o Debito. 4. Empresa de Servicios de Canje. 5. Empresa de Transferencia de Fondos. 3.743.523 15.342.308 1.040.208 1.040.208 1.040.208 4.160.834 5.719.612 14.561.385 8.841.772 22.881.518

Actualizan capital social minimo de empresas supervisadas correspondiente al trimestre MORDAZA - junio de 2009
CIRCULAR Nº G-141-2009

MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2009 Ref.: ----------------------------------------------------------Actualizacion del capital social minimo correspondiente al trimestre MORDAZA -junio de 2009 -----------------------------------------------------------

Indice Base: Octubre 1996, factor IPM octubre 1996 ­ marzo 2009: 1.5342308 * Las actualizaciones se realizan respecto del Indice de Precios al Por Mayor (IPM) base de octubre de 1996, articulo 18º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias.

Senor Gerente General: Sirvase tomar conocimiento que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del articulo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del

Atentamente, MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
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