Norma Legal Oficial del día 23 de Abril del año 2009 (23/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 23 de MORDAZA de 2009

VISTO, en sesion ordinaria de la fecha, con el MORDAZA unanime de los senores regidores y con dispensa del tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, en su articulo 194, reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza N° 225-MDJM del 21 de MORDAZA del 2007, se MORDAZA el Regimen de Tenencia v Registro de Canes en el Distrito de MORDAZA MORDAZA, el mismo que en su articulo 16° dispuso que para el registro, crianza o tenencia del hibrido "american pittbull terrier" y demas considerados como peligrosos, los propietarios deberan contratar una poliza de seguro de responsabilidad civil, por los danos a terceros que pueda ocasionar el animal, a fin de cubrir los gastos para la atencion de salud del afectado; Que, el sistema asegurador peruano carece de una poliza de seguro de responsabilidad de canes, por lo que resulta materialmente imposible cumplir con el registro por este requisito; Que, el articulo 1979 del Codigo Civil establece que el dueno de un animal o aquel que lo tiene a su cuidado debe reparar el dano que este cause; Que, aun cuando la MORDAZA lo indica, resulta necesario incentivar el respeto por los derechos constitucionales a la MORDAZA, la integridad y la salud de las personas que pueden ser victimas del ataque de los perros peligrosos y prevenir mediante la reflexion y el reconocimiento expreso de la responsabilidad que conlleva criar a un perro peligroso (reparacion del dano) de los propietarios, a fin que tomen las precauciones necesarias; EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL NUMERAL 8 DEL ARTICULO 9 DE LA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES, EL CONCEJO MUNICIPAL APROBO LA SIGUIENTE:
ORDENANZA QUE ESTABLECE LA DECLARACION DE RESPONSABILIDAD DE LOS PROPIETARIOS DE CANES PELIGROSOS

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Prorrogan plazos para el pago de la primera cuota del Impuesto Predial 2009 y para acogerse a incentivos tributarios establecidos en la Ordenanza Nº 310-CDLO
ORDENANZA Nº 315-CDLO

Los MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2009 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS MORDAZA VISTO: El Dictamen Nº 007-2009-MDLO/CEP de la Comision de Economia y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce la autonomia Politica, Economica y Administrativa de los Gobiernos Locales, otorgandole potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos Municipales, o exonerar de estos dentro de su jurisdiccion con los limites que senala la Ley; Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, el Concejo Municipal, cumple funcion normativa, a traves de Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 200 numeral 4) del mencionado cuerpo normativo; Que, es politica de la Municipalidad otorgar las mas amplias facilidades a los contribuyentes para que cumplan con la cancelacion oportuna sea esta al contado o fraccionada de sus obligaciones tributaras vigentes o que se encuentren pendientes de pago; Que, con fecha 20 de febrero del 2009, se publico la Ordenanza Nº 308-CDLO, con la cual se establecio las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales para el ejercicio 2009, determinandose que el pago de la primera cuota del Impuesto Predial vence el 31 de marzo del 2009; Que, siendo necesario poder brindar las mas amplias facilidades a los contribuyentes para que puedan efectuar el pago de sus tributos municipales 2009, es necesario proceder a prorrogar el vencimiento de pago de la primera cuota del Impuesto Predial 2009, de tal forma que los contribuyentes no se vean afectados en poder realizar la cancelacion oportuna del referido impuesto; Estando a lo expuesto y en aplicacion del Articulo 9º inciso 8 de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades", por unanimidad, el Concejo Municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA Nº 315-CDLO QUE ESTABLECE LA PRORROGA DEL PLAZO DE VENCIMIENTO DE PAGO DE LA PRIMERA CUOTA DEL IMPUESTO PREDIAL 2009 Articulo Primero.- PRORROGAR la fecha de vencimiento de pago ANUAL del Impuesto Predial 2009 asi como para el pago fraccionado de la primera cuota hasta el 30 de MORDAZA del 2009. Articulo Segundo.- PRORROGAR hasta el 30 de MORDAZA del presente ano el plazo para poder acogerse a los incentivos tributarios establecidos en la Ordenanza Nº 310-CDLO Articulo MORDAZA numerales 1) y 2) del referido MORDAZA normativo. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la SUB GERENCIA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la SUBGERENCIA DE INVESTIGACION Y DESARROLLO DE TICs, su

Articulo Primero.- MODIFICASE el Articulo 16 de la Ordenanza N° 225-MDJM del 21 de MORDAZA del 2007, que regula el Regimen de Tenencia v Registro de Canes en el Distrito de MORDAZA MORDAZA, el mismo que tendra el siguiente texto: "Articulo 16°.- Para el registro, crianza o tenencia del hibrido "american pittbull terrier" y demas considerados como peligrosos, los propietarios deberan contratar una poliza de seguro de responsabilidad civil o presentar una declaracion jurada, por la cual se asuma la responsabilidad por los danos a terceros que pueda ocasionar el animal, a fin de cubrir los gastos para la atencion de salud del afectado. Asimismo, deberan presentar a la autoridad municipal, las indumentarias de seguridad y proteccion del o los animales, a ser utilizados para su conduccion en los espacios publicos." Articulo Segundo.- La Gerencia de Asesoria Juridica, en coordinacion con la Gerencia de Desarrollo Humano, confeccionara la Declaracion Jurada a que se refiere el articulo anterior. Articulo Segundo.- La presente MORDAZA regira a partir de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA
338943-1

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