Norma Legal Oficial del día 23 de Abril del año 2009 (23/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, jueves 23 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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debida implementacion en el sistema informatico y a la OFICINA DE SECRETARIA GENERAL su difusion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA
339130-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA
Establecen canje y/o actualizacion masiva obligatoria de licencias de funcionamiento de establecimientos comerciales, industriales, servicios profesionales y servicios en general
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 057-2009-MDP/C

MORDAZA, 19 de marzo del 2009 EL SENOR MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA VISTO: El Concejo en Sesion Extraordinaria de fecha 19 de marzo del 2009, el proyecto de Ordenanza que establece el "CANJE Y/O ACTUALIZACION MASIVA OBLIGATORIA DE LAS LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, INDUSTRIALES, SERVICIOS PROFESIONALES Y SERVICIOS EN GENERAL", presentado por la Gerencia de Desarrollo Economico y Turistico, y; CONSIDERANDO: Que, en aplicacion a lo dispuesto en el primer parrafo del Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades tienen autoridad politica, economica y administrativa en los asuntos de sus competencia en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades y, conforme a lo establecido en los Articulos 74º en concordancia con el Articulo 195º de la misma MORDAZA legal, las municipalidades gozan de potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, potestad reconocida en el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; senalando que las Ordenanzas son normas de caracter general por medio de las cuales se regula las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa. Que, de conformidad con el Articulo 79º numeral 3.6.4 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, es funcion especifica exclusiva de las Municipalidades Distritales, normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacion de apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo a la zonificacion. Que, de acuerdo al Articulo 11º de la Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento, aprobado Ley Nº 28976, referente a la vigencia de la Licencia de Funcionamiento senala que esta es de vigencia indeterminada. Que, conforme al Articulo 13º de la MORDAZA precitada establece que "las municipalidades deberan realizar las labores de fiscalizacion de las actividades economicas con el fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones de los titulares de las licencias de funcionamiento conforme a ley, pudiendo imponer

las sanciones a que hubiera lugar en el caso de incumplimiento"; asimismo el Articulo 14º, referente al cambio de zonificacion establece que no sera oponible al titular de la Licencia de Funcionamiento dentro de los primeros cinco (5) anos de producido dicho cambio. Unicamente en aquellos casos en los que exista un alto nivel de riesgo o afectacion a la salud, la Municipalidad, con opinion de la autoridad competente, podra notificar la adecuacion al cambio de la Zonificacion en un plazo menor. Que, dentro de las facultades municipales de Fiscalizacion y Control posterior, se ha detectado que muchas Licencias de Funcionamiento de establecimientos comerciales no se encuentran registradoa en la Base de Datos de la Institucion; la informacion brindada inicialmente ha sido modificada y no se ajusta a la realidad, y/o han sido transferidas a terceras personas modificando la razon social, area, giro y en muchos casos por la antiguedad de las mismas se encuentran deterioradas, por ello se ha visto conveniente el canje en el distrito por la Licencia de Apertura de Establecimiento Actualizadas; para lo cual debe procederse a ejecutar en el mas breve plazo el CANJE Y/O ACTUALIZACION MASIVA OBLIGATORIA DE LAS LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, INDUSTRIALES, SERVICIOS PROFESIONALES Y SERVICIOS EN GENERAL. Que, para el cumplimento de lo expuesto en concordancia con la politica de la presente Gestion de Gobierno Local, es necesario dictar las medidas normativas correspondientes a efectos de dotar de mayor celeridad la tramitacion de los expedientes conducentes al canje y/o actualizacion masiva de licencia de funcionamiento de establecimientos, evitando las barreras burocraticas que obstaculicen el acceso o permanencia de los agentes economicos en el mercado; Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo establecido en el inciso 8) del Articulo 9º y Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento, Ley Nº 28976; debatido en el pleno, con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta y contando con el MORDAZA mayoritario del Concejo Municipal, se aprobo la siguiente:
ORDENANZA QUE ESTABLECE EL CANJE Y/O ACTUALIZACION MASIVA OBLIGATORIA DE LAS LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, INDUSTRIALES, SERVICIOS PROFESIONALES Y SERVICIOS EN GENERAL

Articulo 1º.- Finalidad.- Establecer en el distrito de MORDAZA con caracter obligatorio, el "CANJE Y/O ACTUALIZACION MASIVA OBLIGATORIA DE LAS LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, INDUSTRIALES, SERVICIOS PROFESIONALES Y SERVICIOS EN GENERAL", que debera ser realizado por todos los titulares de dichos establecimientos, siendo este tramite totalmente gratuito. Articulo 2º.- Alcances.- El procedimiento adoptado servira para la actualizacion por canje de la Licencia de Funcionamiento de Establecimiento en el plazo MORDAZA de dos dias (02) utiles, para los expedientes ingresados en el local central Municipal y de MORDAZA cinco dias (05) utiles para los expedientes ingresados en las Agencias Municipales de MORDAZA MORDAZA y Huertos de Manchay, contados a partir de la MORDAZA de la solicituddeclaracion jurada; entendiendose como iniciado el procedimiento una vez que el solicitante MORDAZA cumplido con presentar toda la documentacion exigida en la presente norma. Articulo 3º.- El presente MORDAZA de canje de Licencia de Funcionamiento, solo procedera en aquellos casos donde el predio se encuentre debidamente declarado en la Municipalidad Distrital de Pachacamac; en los casos de predios ubicados en Zonas Especiales solo sera

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