Norma Legal Oficial del día 23 de Abril del año 2009 (23/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, jueves 23 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

394899

El pago por Visacion de Planos para Asentamientos Humanos y Organizaciones sociales con fines de vivienda es de: 8.874% UIT S/. 315.00 Nuevos Soles

Presupuesto, las acciones correspondientes a fin de implementar las acciones para el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.

Articulo Sexto.- Establezcase el procedimiento de otorgamiento de constancias de posesion para asentamientos humanos y organizaciones sociales con fines de vivienda, para la elaboracion de los proyectos de servicios publicos. Articulo Septimo.- Apruebese el Procedimiento de emision de MORDAZA de Posesion para Servicios Basicos con fines de tramitar ante las empresas prestadoras de Servicios: EDELNOR y SEDAPAL, los servicios de luz, agua y alcantarillado para cada lote de vivienda, luego de haber obtenido la Visacion de Planos correspondiente, debiendo cumplir con los siguientes requisitos: De la organizacion de vivienda, AA. HH o similar: - Planos Visados de MORDAZA de Posesion. - MORDAZA del Padron de Asociados fedateado. De la solicitud de MORDAZA de Posesion: - Para fines administrativos (Solo personas Naturales, no juridicas). - MORDAZA del DNI del poseedor o poseedores ( sociedad conyugal o convivencia) - No significa reconocimiento de propiedad, ni titulo de propiedad, ni conformidad tecnica. - Plano de ubicacion y localizacion de la organizacion a la que pertenece. - Formato de ubicacion adjunto indicando linderos y colindantes. - Pago por Derecho de Tramite pago unico de S/ 20.00 nuevos soles - Declaracion Jurada de no existir MORDAZA Judicial sobre derecho de propiedad del inmueble. - Informe de Defensa Civil de predios ubicados en zonas de riesgo, y pendientes mayores a 15º, otros ( en que presente de manera individual)
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES

Dado en el Palacio Municipal a los quince dias del mes de MORDAZA de dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
339242-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban Reglamento del MORDAZA del Presupuesto Participativo Anual del distrito
ORDENANZA Nº 430-MSB

San MORDAZA, 20 de MORDAZA del 2009 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: Visto, en la VIII-2009 Sesion Ordinaria de Concejo fecha 20.04.2009 el Dictamen Nº 002-2009-MSB-CPV y el Dictamen Nº 014-2009-MSB-CAL de la Comision de Participacion Vecinal y Comision de Asuntos Legales, respectivamente. CONSIDERANDO: Que, los Articulos 197º y 199º de la Constitucion Politica del Peru, establece que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden cuenta de su ejecucion anualmente bajo responsabilidad, estan sujetos al control y supervision de la Contraloria General de la Republica conforme a ley; Que, la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion, en su articulo 17º numeral 17.1), senala que los Gobiernos Locales estan obligados a promover la participacion ciudadana, en la formulacion, debate y concertacion de sus Planes de Desarrollo y Presupuestos. Que, la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, articulo 9º, numerales 14), 34) y articulo 53º, dispone que se deben aprobar normas que aseguren una efectiva participacion vecinal, garantizando espacios de concertacion, a traves del MORDAZA del Presupuesto Participativo, como instrumento de administracion y gestion; articulo 97º, que los Planes de Desarrollo Municipal Concertados deban responder fundamentalmente a los principios de participacion, transparencia, gestion moderna y rendicion de cuentas, inclusion, eficacia, eficiencia, equidad, sostenibilidad, imparcialidad y neutralidad, subsidiaridad y consistencia de las politicas locales, especializacion de las funciones, competitividad e integracion. Que, la Ley Nº 28056 - Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, articulo 1º establece que el MORDAZA del Presupuesto Participativo promueve el desarrollo de mecanismos y estrategias de participacion en la programacion de su presupuesto, asi como, en la vigilancia y fiscalizacion de la gestion de los recursos publicos. Que, la Ley Nº 28522 - Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estrategico y del Centro Nacional de Planeamiento Estrategico (CEPLAN), articulo 4º

Primera.- El plazo de vigencia de la presente Ordenanza es de un (1) ano, contado a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano; facultandose al senor MORDAZA para que a traves de los Decretos de Alcaldia correspondientes proceda a su prorroga y/o reglamentacion que corresponda. Segunda.- Las Constancias de Posesion Especial consignaran expresamente en su texto que las mismas solo son validas para la tramitacion de servicios basicos de luz, agua y desague. Tercera.- Las constancias de Posesion Especial que fueron expedidas mediante Ordenanza 156 que hayan perdido su vigencia, seran convalidadas por la Sub Gerencia de Obras Privadas, Catastro y Patrimonio Historico - Gerencia De Desarrollo MORDAZA, previa verificacion que es el mismo poseedor, sin costo alguno para el Posesionario. Cuarta.- Dispongase que la Gerencia de Desarrollo MORDAZA elabore el Proyecto para la elaboracion de Planeamientos Integrales en el distrito, a fin de establecer las areas de uso publico en estos sectores y ser inscritos en la Superintendencia Nacional de Registros Publicos, los que tendran una vigencia no menor de 5 anos, por ser de su competencia. Quinta.- Encarguese a la Gerencia Municipal, Gerencia de Participacion Ciudadana y Programas Sociales, Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Oficina de Administracion y Finanzas, Oficina de Planeamiento y

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