Norma Legal Oficial del día 04 de Agosto del año 2009 (04/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 4 de agosto de 2009

obras completas, ampliaciones y/o remodelaciones que se encuentren en condiciones de habitabilidad; asi como condonar las multas impuestas sobre dichas edificaciones, Articulo 2º.- AMBITO DE APLICACION La presente MORDAZA sera de aplicacion en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Porres. La presente Ordenanza es inaplicable a la MORDAZA Arqueologica del distrito, quedando la misma sujeta a lo establecido en la normatividad especifica para dichas zonas. Asimismo la presente MORDAZA, es inaplicable a los predios localizados en areas reservadas para via publica aprobados por Ordenanza Nº 341-MML, y en los casos de predios ubicados en la Prolongacion de via existente y que forma parte de la trama vial o en zonas de riesgo calificadas por Defensa Civil. Articulo 3º.- DEFINICIONES Para mejor entendimiento y uniformidad de criterios en la aplicacion de la presente Ordenanza, considerense las siguientes definiciones: Administrado: Es la persona natural y/o juridica, sea propietario, o adjudicatario del inmueble materia de tramite para la obtencion de la Licencia de Edificacion en via de Regularizacion. Comercio Vecinal: Actividades economicas de nivel vecinal o de barrio que corresponden a la MORDAZA comercial de mayor nivel. Sirven a una poblacion de 2500 a 7500 habitantes y un radio de influencia de 200 a 800 metros. Solo se permitira los Usos senalados en las Ordenanzas Nº 933 y Nº 1015 expedidas por la Municipalidad Metropolitana de Lima. MORDAZA de Posesion: Documento tecnico irrecurrible que otorga la Subgerencia de Habilitaciones Urbanas y Catastro de la Municipalidad de San MORDAZA de Porres, a todos aquellos poseedores de predios ubicados en su jurisdiccion, previo cumplimiento de requisitos senalados en la norma. Dicha MORDAZA no otorga ni reconoce derecho alguno de propiedad sobre dichos predios. Habilitacion Urbana: MORDAZA de convertir un terreno MORDAZA en MORDAZA, mediante la ejecucion de obras de accesibilidad, distribucion de agua, recoleccion de desague, distribucion de energia electrica e iluminacion publica, pistas y veredas. Licencia de Edificacion en vias de Regularizacion: Es la autorizacion que expide la Municipalidad de San MORDAZA de Porres para las obras materia de la presente MORDAZA, la misma que se emite luego de cumplido el procedimiento establecido en la presente Ordenanza. Responsable de Obra del Tramite de Licencia de Edificacion en vias de Regularizacion: Profesional Arquitecto colegiado y habil, que declara bajo juramento, que efectuada la correspondiente inspeccion ocular al predio materia de tramite, este se encuentra de acuerdo a los documentos y planos presentados; dicha responsabilidad es irrenunciable: toda vez, que el profesional ha verificado que las obras ejecutadas cumplen con las disposiciones de la presente Ordenanza y las normas sobre la materia. Retiro Municipal: Es la distancia o espacio que media entre el limite de propiedad al frente del lote y la edificacion debe de estar completamente libre de areas techadas. Esta comprendido dentro del area de propiedad privada. Zonas Urbanas Consolidadas; Comprende a las Urbanizaciones, Asociaciones o Asentamientos Humanos que cuentan con los servicios basicos de agua, desague, electricidad y alumbrado publico, y con las dos terceras partes con edificaciones terminadas y habitables.

Zonificacion: Conjunto de normas urbanisticas que regula el uso del suelo. TITULO II MORDAZA DE POSESION

tecnicas

Articulo 4º.- ORGANO COMPETENTE: El organo competente para expedir la MORDAZA de Posesion es la Subgerencia de Habilitaciones Urbanas y Catastro, documento tecnico que sera expedido dentro del plazo de 05 dias habiles, el mismo que es irrecurrible. Articulo 5º.- REQUISITOS: 1. Solicitud dirigida al Alcalde. 2. Carta de apoyo vecinal con un minimo de 10 firmas. 3. MORDAZA fedateada del D.N.I. 4. Plano de ubicacion, perimetrico y Memoria Descriptiva por Ingeniero y/o Arquitecto. 5. Derecho de tramite Articulo 6º.- BENEFICIOS ADMINISTRATIVOS: El monto a pagar por concepto de MORDAZA de Posesion, es de S/. 21.56 Nuevos Soles. TITULO III DE LA LICENCIA DE EDIFICACION EN VIAS DE REGULARIZACION Articulo 7º.- ORGANOS COMPETENTES: El organo competente para conocer los procedimientos normados en el presente titulo en aspectos administrativos y tecnicos es la Gerencia de Desarrollo MORDAZA a traves de la Subgerencia de Obras Privadas, la que resolvera en primera instancia, y la Gerencia de Desarrollo MORDAZA emitira pronunciamiento en MORDAZA instancia, agotando la via administrativa. Articulo 8º.- SUJETOS DE LA REGULARIZACION: Podran acogerse a los beneficios establecidos en la presente MORDAZA, todas las personas naturales o juridicas (para los usos que no sea de vivienda) que MORDAZA propietarias, posesionarias con reconocimiento del presidente de la Organizacion vecinal que acredite su condicion de asociado y/o adjudicatarias de las edificaciones para uso de vivienda, vivienda-comercio, vivienda-taller, comercio o local de servicios, ubicadas en el ambito de la jurisdiccion del distrito, que hayan sido construidas hasta el 31 de diciembre del 2008 y que se encuentren en condiciones de habitabilidad. Articulo 9º.- REQUISITOS: El procedimiento administrativo para la regularizacion de edificaciones sin licencia, se inicia con la MORDAZA de los siguientes documentos: a) Formulario Unico de Edificacion (FUE).Documento que debe ser llenado y suscrito en cinco juegos (tres originales y dos copias) por el administrado y el profesional responsable del proyecto. b) Documentos de Propiedad.- MORDAZA fedateada del Titulo de Propiedad o Contrato de compra-venta y/o MORDAZA de Posesion (expedido al MORDAZA de la presente Ordenanza), y Certificado(s) de Adjudicacion otorgado por el Presidente de la Urbanizacion, Asociacion o Asentamiento Humano, u Original de Ficha o Partida Registral expedida por el Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos de MORDAZA y Callao (SUNARP) con una antiguedad no mayor a 30 dias calendarios, MORDAZA de Minutas o Escrituras Publicas de transferencia, tanto de el o los propietarios actuales del predio como el de los propietarios que lo transfirieran, o cualquier otro documento que acredite el derecho de propiedad sobre el inmueble materia del tramite. Asimismo en caso que el tramite sea iniciado a traves de Representante Legal o Apoderado, este debe acreditar su condicion ante esta Corporacion.

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