Norma Legal Oficial del día 04 de Agosto del año 2009 (04/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, martes 4 de agosto de 2009

NORMAS LEGALES

400185

otro archivo correlativo de la MORDAZA autenticada por el Fedatario de la Municipalidad de cada garantia por fecha de vencimiento. En caso de incumplimiento de pago de las armadas, comunicara una vez emitida la resolucion de perdida de fraccionamiento y/o aplazamiento a la Sub Gerencia de Ejecutoria Coactiva para ejecutar la garantia otorgada. Las cartas fianza y otras garantias originales seran remitidas a la Sub Gerencia de Tesoreria para su custodia. TITULO VI DE LA PERDIDA DEL BENEFICIO Y DEL PASE A COBRANZA COACTIVAS Articulo 20º.- Perdida del Beneficio Se producira la perdida del Beneficio de Fraccionamiento y/o Aplazamiento por cualquiera de las causales que se indican a continuacion y, consecuentemente, se emitira la Resolucion Sub Gerencial de Perdida del Beneficio. 1. Cuando el deudor no cumpla con renovar o sustituir las garantias de su convenio de fraccionamiento y/o aplazamiento. 2. Cuando el deudor incumpla con el pago del integro de la deuda tributaria en la fecha de vencimiento del aplazamiento vigente. 3. Cuando el deudor incumpla con el pago de dos (02) cuotas consecutivas o alternadas en los casos de fraccionamiento y aplazamiento con fraccionamiento y, en caso incumpla con el pago de la MORDAZA cuota del convenio de fraccionamiento o aplazamiento con fraccionamiento. 4. Por no presentar las declaraciones y pagos de sus obligaciones tributarias generadas despues del otorgamiento del beneficio. Articulo 21º.- Pase a Cobranza Coactiva Producida la causal de perdida, se emitira la resolucion correspondiente y luego se pasara la cobranza a la via coactiva, donde se ejecutaran todas las garantias ofrecidas a favor de la Administracion Municipal. Articulo 22º.- Calculo de intereses a la perdida del Beneficio de Fraccionamiento y/o Aplazamiento En los casos en que el deudor pierda el beneficio de fraccionamiento, aplazamiento o fraccionamiento con aplazamiento de la deuda, todas las deudas pendientes de pago seran afectadas con la TIM, de la siguiente forma: 1. En caso de aplazamiento se aplicara la TIM desde el dia siguiente de la fecha de suscripcion del Convenio o de la Resolucion que lo autorice, cuya tasa sustituira a la tasa originalmente aplicada. 2. En los casos de fraccionamiento se aplicara la TIM sobre las cuotas de amortizacion pendientes de pago, desde la fecha en que se incurrio en causal de perdida o fraccionamiento. 3. En los casos de aplazamiento con fraccionamiento la TIM, se aplicara conforme a lo indicado en los parrafos precedentes comprendiendo ambos periodos. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Dejese sin efecto todas aquellas disposiciones que puedan oponerse a la aplicacion del presente Reglamento. Segunda.- En todo lo no contemplado en lo pertinente a la constitucion de garantias personales y reales, sera de aplicacion supletoriamente lo establecido en el Codigo Procesal Civil. Tercera.- El presente Reglamento sera aprobado por Ordenanza y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. FREDDY S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA
378812-1

Prorrogan plazo de beneficios otorgados mediante la Ordenanza Nº 249-MDSMP hasta el 31 de diciembre de 2009
DECRETO DE ALCALDIA Nº 015-2009/MDSMP

San MORDAZA de Porres, 25 de MORDAZA del 2009 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE PORRES CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 249-MDSMP (30. JUNIO.2008), publicada en el diario oficial "El Peruano" con fecha 02.JULIO.2008 se aprobo la condonacion de deuda tributaria e intereses generados por la omision de las presentaciones y/o rectificacion de la declaracion jurada producto del levantamiento catastral, con vigencia hasta el 30.AGOSTO.2008; prorrogandose el plazo de su vencimiento hasta el 31.JULIO.2009 mediante Decreto de Alcaldia Nº 003-2009/MDSMP (31.ENERO.2009); Que, la Tercera Disposicion Final y Transitoria de la mencionada Ordenanza faculta al senor MORDAZA para que, mediante Decreto de Alcaldia dicte las medidas reglamentarias que MORDAZA necesarias para su cumplimiento y prorroga de su vigencia; Que, atendiendo al pedido de vecinos de la jurisdiccion que desean acogerse a los beneficios de la referida Ordenanza, corresponde emitirse la respectiva disposicion municipal; existiendo las opiniones favorables de la Gerencia de Administracion Tributaria (Informe Nº 247-2009-GAT/MDSMP) y Gerencia de Asesoria Juridica (Informe Nº 803-2009-GAJ/MDSMP); De conformidad con los articulos 20, inciso 6) y 42 de la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades, asi como Tercera Disposicion Final y Transitoria de la Ordenanza Nº 249-MDSMP de esta Entidad Municipal; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR el plazo de vencimiento de la Ordenanza Nº 249-MDSMP (30. JUNIO.2008) hasta el 31.DICIEMBRE.2009. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion Tributaria, Gerencia de Administracion y Finanzas, asi como Subgerencias respectivas, el cumplimiento de este Decreto; y a la Secretaria General su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. FREDDY S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA
378769-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Declaran inhabitable a predio ubicado en el distrito por no cumplir con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Edificaciones
RESOLUCION DE GERENCIA N° 243-2009-GDU/MDSM

San MORDAZA, 01 de MORDAZA del 2009 EXP. N° 6490-2003 Vistos, el Expediente Nº 6490-2003 organizado por Don MORDAZA Laissle MORDAZA, sobre Construccion Antirreglamentaria en los aires de propiedad horizontal ubicada en Prolongacion Cuzco Nº 827-831 del Distritito de San Miguel;

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