Norma Legal Oficial del día 13 de Agosto del año 2009 (13/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

400706

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 13 de agosto de 2009

PODER EJECUTIVO AGRICULTURA
Modifican nombre de la Comunidad Campesina Coquin y su anexo Chucchuc por el de Comunidad Campesina San MORDAZA de Coquin
RESOLUCION SUPREMA Nº 035-2009-AG MORDAZA, 12 de agosto de 2009 VISTA: La solicitud de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Comunidad Campesina Coquin y su anexo Chucchuc, sobre modificacion del nombre de la Comunidad; y, CONSIDERANDO: Que, mediante escrito presentado ante la Direccion Regional de Agricultura de MORDAZA, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Comunidad Campesina Coquin y su anexo Chucchuc, solicita el cambio de nombre de su representada al de Comunidad Campesina San MORDAZA de Coquin, manifestando que por Resolucion Directoral Nº 010-93-DGCCNAAHH/OSRD-HCO-R "AAC", el anexo Chucchuc fue reconocida como Comunidad Campesina San MORDAZA de Chucchuc, dejando de pertenecer a su representada, por lo que no es factible seguir con la denominacion de Coquin y su anexo Chucchuc y senala que en Asamblea General Extraordinaria de fecha 12 de marzo del 2008, la Comunidad acordo, por unanimidad, el cambio del nombre de la Comunidad Campesina Coquin y su anexo Chucchuc al de Comunidad Campesina San MORDAZA de Coquin; Que, de la documentacion recaudada a la referida solicitud y la acompanada al escrito presentado el 02 de octubre del 2008, conjuntamente por los Presidentes de las Comunidades Campesinas Coquin y su anexo Chucchuc y San MORDAZA de Chucchuc, se advierte que por Resolucion Suprema S/N, de fecha 12 de febrero de 1947, se reconocio la existencia legal y personeria juridica de la Comunidad de Coquin y su anexo Chucchuc, ubicada en el distrito de Caina, provincia de Ambo, departamento de Huanuco; Que, posteriormente, por Resolucion Directoral Nº 010-93-DGCCNAAHH/DSRS-HCO-R "AAC", de fecha 17 de febrero de 1993, la Direccion General de Comunidades Campesinas, Nativas y Asentamientos Humanos de la Oficina Regional de Desarrollo de MORDAZA dispuso la inscripcion oficial de la persona juridica de la Comunidad Campesina de San MORDAZA de Chucchuc, inscribiendose en la Partida Nº 11007141 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Huanuco; Que, a raiz de que el anexo Chucchuc adquirio la condicion de Comunidad Campesina, la asamblea general extraordinaria de la Comunidad Campesina Coquin y su anexo Chucchuc realizada el 27 de marzo del 2008, acordo modificar el nombre de la Comunidad, adoptando el de San MORDAZA de Coquin, dejandose MORDAZA en el acta que primigeniamente en los Registros Publicos se inscribio a la Comunidad como Coquin y Anexo, pero que posteriormente aparece en la Partida Electronica Nº 02022342 como Comunidad Campesina del Centro Poblado de San MORDAZA de Coquin; Que, estando dentro de las atribuciones del organo administrativo el reconocimiento de la personeria juridica de las Comunidades Campesinas en virtud de lo previsto en la Ley Nº 24656 ­ Ley General de Comunidades Campesinas y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-91-TR, corresponde la modificacion del nombre de la Comunidad Campesina recurrente, conforme a lo acordado por su asamblea general;

De conformidad con el numeral 4 del articulo 11º de la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el nombre de la Comunidad Campesina Coquin y su anexo Chucchuc, por el de Comunidad Campesina San MORDAZA de Coquin. Articulo 2º.- Disponer la inscripcion de la presente Resolucion en el asiento respectivo de la Partida Nº 02022342 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Huanuco; devolviendose los actuados a la Direccion Regional de Agricultura de Huanuco. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 383367-8

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Disponen publicacion de Anexos I y II del Protocolo de Adecuacion del Acuerdo de Complementacion Economica Nº 50, celebrado entre la Republica de MORDAZA y la Republica del Peru
DECRETO SUPREMO Nº 015-2009-MINCETUR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 038-2000-ITINCI, de fecha 5 de diciembre del ano 2000, se puso en vigencia el Acuerdo de Alcance Parcial de Complementacion Economica Nº 50-AAP/CE Nº 50 (ACE Nº 50), suscrito por los Gobiernos de la Republica del Peru y de la Republica de MORDAZA el 5 de octubre de 2000, en el MORDAZA del Tratado de Montevideo 1980; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2009MINCETUR, de fecha 13 de junio de 2009, se puso en ejecucion el Protocolo de Adecuacion del ACE Nº 50, que contiene las preferencias otorgadas entre las Partes ajustadas a la MORDAZA version de la Nomenclatura de la ALADI - NALADISA 2007; Que, es necesario disponer la publicacion de los Anexos I y II del ACE Nº 50, en cumplimiento del articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo es el organismo competente para negociar, suscribir y poner en ejecucion los acuerdos o convenios internacionales en materia de comercio exterior e integracion; En uso de las atribuciones conferidas mediante el numeral 8 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y en aplicacion del articulo 2º e inciso 5) del articulo 5º de la Ley Nº 27790 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; DECRETA: Articulo 1º.- Publicacion de Anexos. El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo queda encargado de publicar los Anexos I y II del Protocolo de Adecuacion del Acuerdo de Complementacion Economica

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