Norma Legal Oficial del día 13 de Agosto del año 2009 (13/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano MORDAZA, jueves 13 de agosto de 2009

PROYECTO

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de precios por la energia o potencia que consumen. Dicho Precio a Nivel Generacion es calculado como el promedio ponderado de los Contratos sin Licitacion y los Contratos resultantes de Licitaciones. Mediante Decreto Supremo Nº 0192007-EM se aprobo el "Reglamento del Mecanismo de Compensacion entre los Usuarios Regulados del SEIN". Mediante la Resolucion OSINERGMIN Nº 180-2007-OS/CD, se aprobo la MORDAZA "Precios a Nivel Generacion y Mecanismo de Compensacion entre Usuarios Regulados" (en adelante "Procedimiento"). El Procedimiento ha sido modificado con anterioridad por la Resolucion OSINERGMIN Nº 636-2007-OS/CD, y posteriormente por la Resolucion OSINERGMIN Nº 638-2007-OS/CD, con la finalidad mejorar la metodologia de calculos. Con la finalidad de seguir con las mejoras al Procedimiento, la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria del OSINERGMIN ha desarrollado una Plataforma Web para que las empresas remitan su informacion, asi como, brindandoles a traves de esta plataforma reportes de interes y utilidad tanto para ellos, como para el publico en general. En este sentido, esta plataforma ayudara, tanto a las empresas como al OSINERGMIN, para el mejor control de la informacion que se reporta, asi como, en la etapa de consolidacion y validacion de la misma. Por las razones MORDAZA expuestas, resulta necesario introducir modificaciones al Procedimiento. 382859-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Proyecto de Resolucion que aprueba los precios de servicios colaterales que EPSASA presta a sus usuarios
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 031-2009-SUNASS-CD. MORDAZA, 7 de agosto de 2009 VISTOS: El Oficio Nº 007-2008-EPSASA/GG, presentado por la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento MORDAZA S.A. ­ EPSASA, mediante el cual solicita la aprobacion de los Precios de los Servicios Colaterales que prestan a sus usuarios; La Resolucion Nº 001-2009-SUNASS-GRT mediante la cual la Gerencia de Regulacion Tarifaria admite a tramite la solicitud de EPSASA para la determinacion de los Precios de los Servicios Colaterales, dando inicio al procedimiento establecido en la Resolucion de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD; El Informe Nº 050-2009-SUNASS-110 de la Gerencia de Regulacion Tarifaria presentando el proyecto de Estudio de Precios de los Servicios Colaterales de EPSASA; CONSIDERANDO: Que, el articulo 41º de la Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento, establece que la SUNASS aprobara los procedimientos para la determinacion de los precios que deben cobrarse por la prestacion de los servicios colaterales que por su naturaleza solo pueden ser realizados por las entidades prestadoras; Que, en el MORDAZA de la "Directiva sobre el Procedimiento de Aprobacion de la Formula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestion en los Servicios de Saneamiento" y la "Directiva para la Formulacion de los Planes Maestros Optimizados", aprobadas por Resolucion de Consejo Directivo Nº 033-2005-SUNASSCD1, mediante Resolucion de la Gerencia de Regulacion Tarifaria Nº 006-2006-SUNASS-GRT del 15 de agosto de 20062 se inicio el procedimiento de aprobacion de oficio de la Formula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestion para los proximos cinco anos de EPSASA; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 087-2007-SUNASS-CD del 18 de diciembre de 20073 se aprobo la Formula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestion que seran de aplicacion por EPSASA para el proximo quinquenio, no habiendose incluido la propuesta tarifaria para los servicios colaterales en la medida que el procedimiento fue iniciado de oficio; Que, la Primera Disposicion Transitoria del Reglamento General de Tarifas, aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD4, establece que las EPS que cuenten con Formula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestion aprobadas por la SUNASS, pero que no hayan incluido la propuesta tarifaria para los Servicios Colaterales, podran solicitar la aprobacion de su propuesta tarifaria para los Servicios Colaterales, debiendo seguir el procedimiento descrito en el Capitulo 2 del Titulo 3 del mismo Reglamento; Que, adecuando los articulos 25º y 26º del Reglamento General de Tarifas al presente procedimiento, en atencion a su Primera Disposicion Transitoria, corresponde llevar a cabo (i) la publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la SUNASS del Proyecto de Resolucion que aprueba los precios de los servicios colaterales que la EPS presta a sus usuarios, asi como de su exposicion de motivos y la relacion de informes que constituyen el sustento del referido Proyecto de Resolucion, y (ii) la convocatoria a audiencia publica para que la SUNASS exponga el Estudio Tarifario; Estando a lo acordado en la sesion de Consejo Directivo Nº 015-2009-SUNASS; HA RESUELTO: Articulo Primero.- Disponer la publicacion del Proyecto de Resolucion que aprueba los precios de los servicios colaterales que EPSASA presta a sus usuarios, asi como su exposicion de motivos y la relacion de informes que constituyen el sustento del referido proyecto, en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la SUNASS (www.sunass.gob.pe). Articulo Segundo.- Disponer la convocatoria a audiencia publica en la que la SUNASS sustentara la propuesta de los Precios de los Servicios Colaterales que EPSASA presta a sus usuarios, debiendo publicarse el aviso de convocatoria correspondiente en el Diario Oficial El Peruano, en un diario de mayor circulacion en el ambito de prestacion de servicios de EPSASA y en la pagina web de la SUNASS. Articulo Tercero.- La audiencia publica a la que se refiere el articulo anterior se llevara a cabo en el dia, hora y lugar que la Gerencia General de la SUNASS oportunamente senale en el aviso de convocatoria y de acuerdo con las reglas aprobadas por la SUNASS, las cuales forman parte de la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- Los interesados podran presentar sus comentarios sobre el Proyecto de Resolucion a que

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Derogada por el articulo 2º de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 009-2007SUNASS-CD. Publicada el 17 de agosto de 2006 en el Diario Oficial El Peruano. Publicada el 29 de diciembre de 2007 en el Diario Oficial El Peruano. Publicado el 5 de febrero de 2007 en el Diario Oficial El Peruano.

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