Norma Legal Oficial del día 14 de Agosto del año 2009 (14/08/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 58

400832

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 14 de agosto de 2009

de personas. Empero no se refiere a los servicios prestados por las agencias de publicidad, entendidas por aquellas que tienen por objeto la elaboracion de la publicidad (por ejemplo, afiches, y spots televisivos o radiales) que va a ser difundida por los medios de comunicacion, ya sea esta televisiva, radial, escrita o de otro MORDAZA, como paneles en la via publica; Que, en otros terminos, al considerarse expresamente como personalisimos los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion, "en atencion a las caracteristicas particulares que los distinguen", significa que es el legislador el que previamente a la dacion de la MORDAZA, ha realizado el analisis correspondiente, llegando a la conclusion que tales servicios seran personalisimos sea cual fuere el locador o proveedor de los mismos; Que, la Oficina Central de Comunicaciones e Imagen Institucional mediante Oficios Nos. 157 y 2142009-OCCII-UNFV, de fecha 20.01.2009 y 04.03.2009, respectivamente y la Oficina de Planeamiento de los Procesos de Seleccion, mediante Oficio Nº 0194-2009OPPS-OCLSA-UNFV, de fecha 17.03.2009, requieren de proveerse de los servicios especializados que prestan los medios de comunicacion para alcanzar la finalidad y los objetivos trazados por la Universidad y en atencion al informe tecnico es que se logra determinar el estudio de MORDAZA de preferencias, donde identifica el nivel ubicacion y preferencias de las profesiones que ofrece la Universidad, de acuerdo al segmento socio economico, tambien se determina el plan de medios de comunicacion seleccionados, en cuanto a prensa escrita, considerando la referida Oficina los siguientes medios, como los mas favorables para contratar con la Universidad: MEDIO DE COMUNICACION EL COMERCIO TROME PERU 21 OJO CORREO LA REPUBLICA LA RAZON TOTAL IMPORTE S/. 82 591,02 41 702,37 37 347,68 5 569,20 70 910,95 79 801,53 1 113,84 319 036,59

con el Articulo 132º del Reglamento de la referida Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, por la suma de S/. 319 036,59 (Trescientos Diecinueve Mil, Treinta y Seis Mil con 59/100 Nuevos Soles), financiados con recursos directamente recaudados; Articulo Segundo.- Autorizar a la Oficina Central de Logistica y Servicios Auxiliares a contratar los servicios de publicidad que exonera la presente resolucion en forma directa mediante acciones inmediatas, de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 135º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, con los siguientes medios de comunicacion y conforme al presupuesto que se senala a continuacion: MEDIO DE COMUNICACION EL COMERCIO TROME PERU 21 OJO CORREO LA REPUBLICA LA RAZON TOTAL IMPORTE S/. 82 591,02 41 702,37 37 347,68 5 569,20 70 910,95 79 801,53 1 113,84 319 036,59

Articulo Tercero.- Disponer que la Secretaria General de la Universidad tramite la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su emision. Articulo Cuarto.- Encargar a la Oficina Central de Logistica y Servicios Auxiliares remita MORDAZA de la presente resolucion y del Informe Tecnico que la sustenta a la Contraloria General de la Republica y al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, asi como su publicacion en forma electronica, a traves del SEACE, en conformidad del Articulo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1017. Articulo Quinto.- El Vice Rectorado Administrativo, asi como la Oficina Central de Logistica y Servicios Auxiliares, dictaran las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector MORDAZA VELASCO VALDERAS Secretaria General 383757-1

Que, por lo expuesto es necesario aprobar la exoneracion del MORDAZA de Seleccion de Concurso Publico Servicio de Publicidad en General 2009; por un monto de S/. 319 036,59 (Trescientos Diecinueve Mil, Treinta y Seis Mil con 59/100 Nuevos Soles); En merito a la Opinion Tecnica de la Oficina de Planeamiento de los Procesos de Seleccion de las Oficinas Centrales, de Planificacion, en Oficio Nº 07202009-OCPL-UNFV, del 30.03.2009, de Logistica y Servicios Auxiliares contenida en Oficio Nº 0194-2009OPPS-OCLSA-UNFV del 17.03.2009, de la Oficina de Adquisiciones y Contrataciones en Informe Nº 0641-2009OADQC-OCLSA-UNFV, del 20.07.2009, al Informe Legal Nº 501-2009-OCAJ-UNFV del 03.08.2009, de la Oficina Central de Asesoria Juridica y estando a lo dispuesto por el Vice Rector Administrativo en Proveido Nº 07749-2009VRAD-UNFV del 04.08.2009, se procede conforme a lo solicitado; y De conformidad con la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, Ley 23733 Ley Universitaria, el Estatuto y el Reglamento General de esta Universidad; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Exonerar a la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA del MORDAZA de Seleccion del Concurso Publico, Servicio de Publicidad en General 2009, de conformidad con el Articulo 20º. Inciso f) y el Articulo 21º Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1017, en concordancia

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Crean la Subgerencia de Estudios como organo de Linea de Tercer Nivel Organizacional
ORDENANZA REGIONAL Nº 063-2009-CR-GRH MORDAZA, 30 de junio del 2009 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL HUANUCO;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.