Norma Legal Oficial del día 17 de Agosto del año 2009 (17/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 17 de agosto de 2009

PRODUCE
Aprueban cambio de titulares de permisos de pesca a favor de CFG Investment S.A.C. y de Corporacion Pesquera 1313 S.A.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 544-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 21 de MORDAZA del 2009 Vistos los escritos de Registro N°s. 00021660 de fechas 20 de marzo, 05 de MORDAZA, y 17 de junio de 2009, presentados por la empresa CFG INVESTMENT S.A.C. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº012-2001-PE, modificado por el Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, referente a la transferencia del permiso de pesca, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 612-95-PE de fecha 31 de octubre de 1995, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, en adecuacion a la Ley General de Pesca y su reglamento, entre otros a la empresa PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A., para operar la embarcacion pesquera denominada "DON NICO 1" de matricula CE-1334-PM de 200.00 m3 de capacidad de bodega, la misma que se dedicara a la extraccion de recursos hidrobiologicos de consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano fuera de las cinco (05) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que a la fecha, la embarcacion pesquera "DON NICO 1" de matricula CE-1334-PM, se encuentra consignada en el Literal J) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 0842007-PRODUCE, con 210.61 m3 de capacidad de bodega, a nombre de la empresa PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A., para la extraccion de anchoveta y en el Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE; Que, mediante los articulos 1 y 2 del Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, de fecha 05 de septiembre del 2002, establecen respectivamente, que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy), y caballa (Scomber japonicus peruanus), seran destinados al consumo humano directo y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto solo podran desarrollar actividades extractivas de los recursos en mencion, en MORDAZA del Regimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados, aprobado por la Resolucion Ministerial Nº 1502001-PE, debiendo para cuyo efecto adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada resolucion; Que, mediante los escritos del visto, por la empresa CFG INVESTMENT S.A.C., solicita cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "DON NICO 1" de matricula CE-1334-PM, cumpliendo con presentar los requisitos previstos en el procedimiento N° 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE; Que, de los documentos que obran en el expediente, se observa que el Certificado Nacional de Arqueo Nº DI03010220-06-01 y Certificado de Matricula de fechas 13 y 19 de marzo de 2009, consigna 206.21 m3 siendo menor a los 210.61 m3 de capacidad de bodega otorgada en su permiso de pesca mediante Resolucion Ministerial Nº 612-95-PE; Que, mediante Oficio Nº 3044-2009-PRODUCE/DGEPPDchi reiterado con Oficio Nº 3880-2009-PRODUCE/DGEPPDchi, la Direccion de Extraccion y Procesamiento Pesquero, comunica a la administrada subsanar la observacion tecnica respecto a la capacidad de bodega consignada en los certificados mencionados en el parrafo precedente, caso contrario se procederia a otorgar el cambio de titular de permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "DON NICO 1" de matricula CE-1334-PM con 206.21 m3 de capacidad de bodega;

Que, mediante Registro Nº 00021660-2009-2 de fecha 17 de junio 2009, la empresa CFG INVESTMENT S.A.C., manifiesta que el resultado de la capacidad de bodega consignada en el Certificado de Matricula de la embarcacion pesquera "DON NICO 1" con matricula CE-1334-PM, es el resultado de una actualizacion de documentos; por tal razon, en concordancia con el MORDAZA de presuncion de veracidad previsto en el Articulo IV de la Ley Nº 27444, no tiene observacion alguna; Que, de la evaluacion efectuada al expediente de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "DON NICO 1" de matricula CE-1334-PM presentado por la empresa CFG INVESTMENT S.A.C., se ha determinado que ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion para el cambio de titular del permiso de pesca de embarcacion de bandera nacional de mayor escala del ambito, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2009PRODUCE; por lo que resulta procedente la aprobacion del cambio de titularidad del permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Nº 516-2009PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del Articulo 53° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar a favor de la empresa CFG INVESTMENT S.A.C, el cambio de titular del Permiso de Pesca de la embarcacion pesquera "DON NICO 1" de matricula CE1334-PM, con una capacidad de bodega de 206.21 m3 y en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado. Articulo 2°.- El permiso de pesca se refiere al Articulo 1º de la presente Resolucion debera ser ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinadas al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y las sanciones previstas por su incumplimiento, establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de bodegas de la embarcacion deben mantener implementado y operativo el medio o sistema de preservacion a bordo RSW o CSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 3°.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "DON NICO 1" de matricula CE-1334-PM otorgado a la empresa PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A.C. consignado en la Resolucion Ministerial Nº 612-95-PE. Articulo 4°.- Incorporar a la empresa CFG INVESTMENT S.A.C, como el MORDAZA titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "DON NICO 1" de matricula CE1334-PM, asi como la presente Resolucion, al literal J) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE y en el Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 086-2007PRODUCE excluyendo a la empresa PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A.C. consignado en dichos anexos. Articulo 5°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es : www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 384096-9

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