Norma Legal Oficial del día 19 de Agosto del año 2009 (19/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 19 de agosto de 2009

y Titulos Profesionales de las Universidades bajo competencia del CONAFU. Registrese, publiquese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ASCUNA Presidente MORDAZA MORDAZA TIO MORDAZA Secretaria General 384674-1

Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades ­ CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento provisional o definitivo de las nuevas universidades a nivel nacional; Que, de conformidad con el articulo 2° de la Ley Nº 26439: "son atribuciones del CONAFU:... g) Elaborar la reglamentacion que senale los requisitos, procedimientos y plazos, para la autorizacion provisional o definitiva de funcionamiento y para la evaluacion de las universidades con autorizacion provisional"; en concordancia con el articulo 3° del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion N° 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006, que expresamente senala: "Son atribuciones del CONAFU: k) Elaborar y aprobar el Reglamento General y los Reglamentos especificos que senalen los procedimientos, requisitos y plazos de todos los procesos administrativos necesarios para el cumplimiento"; Que, en el articulo 34° del Estatuto del CONAFU, se establece: "La Comision Juridica, es el organo de asesoramiento legal del CONAFU, conformado por profesionales especializados en derecho administrativo, civil, comercial y en legislacion universitaria; es conducida por un Presidente"; y en el articulo 35° se establece "Son funciones de la Comision Juridica: a) Analizar, opinar y formular recomendaciones en materia de legislacion universitaria, en la aplicacion de la Ley Universitaria Nº 23733, del CONAFU Nº 26439 y del Decreto Legislativo N° 882 y otras concernientes a las funciones del CONAFU, d) Emitir opinion sobre la aplicacion de normas legales y disposiciones administrativas consultadas por el CONAFU y los administrados; Que, en el articulo 23º del Estatuto del CONAFU, se establece que: "Son funciones del Consejero de Asuntos Academicos: a) Presidir la Comision de Trabajo de la Consejeria de Asuntos Academicos. b) Pronunciarse sobre los Informes de las Comisiones Calificadoras y Comisiones Verificadoras. c) Preparar el Cronograma Anual de la MORDAZA de los Informes de Autoevaluacion de las universidades con Autorizacion Provisional. d) Emitir opinion para la designacion de las Comisiones Organizadoras de las universidades con Autorizacion Provisional. e) Velar por el estricto cumplimiento del procedimiento de evaluacion de proyectos de Universidades con fines de autorizacion de funcionamiento, asi como del procedimiento de Adecuacion al regimen del Decreto Legislativo Nº 882. f) Supervisar el trabajo de las Comisiones Calificadoras y Comisiones Verificadoras; Que, por Informe Legal Nº 149-2009-CONAFU de fecha 20 de MORDAZA de 2009, la Comision Juridica presenta la propuesta de modificacion del articulo 23 del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 189-2006CONAFU, manifestando que la autorizacion de diplomas es un procedimiento frecuente que realizan las diversas universidades bajo la competencia del CONAFU, requiere, ser regulado, ello permitira exigir documentacion especifica y uniforme a todas las universidades, procurando mayor control de los MORDAZA y titulos que se expiden, debiendo ser esta una de las funciones del Consejero de Asuntos Academicos; sugiriendo se incorpore un MORDAZA inciso al articulo 23º del referido Estatuto; Que, en sesion de fecha 22 de MORDAZA de 2009, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 165-2009-CONAFU aprobo: Modificar el articulo Nº 23º del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006, incorporando un MORDAZA inciso; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento del articulo 38º incisos d) y e) del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Unico.- MODIFICAR el articulo 23º del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 1892006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006, incorporando el inciso g) a dicho articulo; quedando redactado de la siguiente manera: "Articulo 23º.- g) Emitir opinion favorable para la adquisicion de los Diplomas de MORDAZA de Bachiller

ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
Declaran que la creacion de los Programas de Maestrias de diversas especialidades, se ha realizado por la Escuela de Posgrado de la Universidad MORDAZA Garcilaso de la MORDAZA
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 823-2009-ANR MORDAZA, 3 de agosto de 2009 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTO: La carta 1886-2007-SG-RUIGV de fecha 23 de diciembre de 2008, la carta 0929-2009-SG-RUIGV de fecha 21 de MORDAZA de 2009 y carta Nº 1095-2009-SG-RUIGV de fecha 13 de MORDAZA de 2009 del Secretario General de la Universidad MORDAZA Garcilaso de la MORDAZA, el Memorando Nº 622-2009-SE de fecha 14 de MORDAZA de 2009, y; CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de los fines que cumple la Asamblea Nacional de Rectores, previsto por el inciso e) del articulo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, precisa que la creacion de nuevos programas academicos y de MORDAZA especialidad acordados por una Universidad, requieren de la coordinacion previa e indispensable con los organos tecnicos de la Asamblea Nacional de Rectores; Que, teniendo en cuenta los alcances del considerando que antecede, se expidio la Resolucion Nº 1071-2007ANR, en relacion a la organizacion y funcionamiento de los Programas Academicos de Maestria, Doctorado y MORDAZA Especialidad en la Escuela de Posgrado de la Universidad MORDAZA Garcilaso de la Vega; Que, la citada Universidad mediante cartas de vistos, hace llegar la documentacion correspondiente a la creacion y organizacion de los Programas de Maestria en: Criminologia; Responsabilidad Social y Ambiental en la Gestion de los Gobiernos Locales; Politicas y Gestion Publica; Turismo Sostenible; Ejecutiva en Administracion de Negocios; y los Programas de MORDAZA Especializacion en: Cariologia y Endodoncia; Radiologia Bucal y Maxilo Facial; Medicina y Patologia Estomatologica; Estomatologia en Pacientes Especiales; e Implantologia con sus respectivos curriculos para su aprobacion correspondiente; Que, habiendose examinado la documentacion que contiene la resolucion de creacion y organizacion de los Programas de Maestria y MORDAZA Especializacion con descripcion y MORDAZA de implementacion de su infraestructura: Biblioteca, Hemeroteca, personal docente, asi como el curriculo de estudios de cada uno de los programas MORDAZA citados, se desprende que cumple con los requisitos academicos y de infraestructura para su funcionamiento; Que, mediante memorando de visto, el Secretario Ejecutivo de la Institucion dispone la elaboracion de la

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