Norma Legal Oficial del día 08 de Diciembre del año 2009 (08/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, martes 8 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES

407445

Los presupuestos de los gobiernos regionales aprobados en la presente ley para la ejecucion de proyectos de inversion publica que no superen UN MILLON QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 500 000,00) deben ser transferidos a mas tardar en el primer trimestre del ano 2010 a los gobiernos locales, distritales o provinciales, siempre que MORDAZA de competencia de su nivel de gobierno, que a dicha fecha no se MORDAZA iniciado la fase de inversion del proyecto y que figuren en la ficha del registro del proyecto en el Banco de Proyectos del Sistema Nacional de Inversion Publica, sin perjuicio de lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 085-2009 y sus modificatorias. Establecese que el Seguro Social de Salud (EsSalud) durante el Ano Fiscal 2010 podra suscribir convenios de administracion de recursos, compartidos u otras modalidades similares, con organismos o instituciones internacionales, para encargarles la administracion de sus recursos, los mismos que se aprobaran por acuerdo de su consejo directivo. Los citados convenios deben contar previamente con el informe favorable de la oficina de administracion de la entidad, en el cual se demuestre la disponibilidad de recursos para su financiamiento y las ventajas y beneficios de su concertacion, para cuyo efecto se debera contar con el informe previo y favorable de la oficina de presupuesto, siendo responsables tales dependencias de los informes que emitan. Este procedimiento aplica tambien en el caso de que se realicen adendas, revisiones u otros, que amplien la vigencia, modifiquen o anadan metas no contempladas originalmente. En el plazo de sesenta (60) dias desde la entrada en vigencia de la presente Ley, conformase la Comision Multisectorial en Materia de Descentralizacion Fiscal, la misma que esta conformada por un (1) representante de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien la presidira; un (1) representante del Ministerio de Economia y Finanzas; un (1) representante del Viceministro de Economia; un (1) representante de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales; un (1) representante de la Asociacion de Municipalidades del Peru; y un (1) representante de la Red de Municipalidades Rurales del Peru. Esta comision multisectorial tendra un plazo de ciento ochenta (180) dias para presentar una propuesta tecnica en materia de descentralizacion fiscal. Conformase una comision encargada de elaborar y proponer los instrumentos y disposiciones que se requieran para incorporar progresivamente las plazas y el presupuesto de los organos de control institucional a la Contraloria General de la Republica. Esta comision esta integrada por dos (2) representantes de la Contraloria General de la Republica, uno de los cuales la presidira; dos (2) representantes del Ministerio de Economia y Finanzas; y dos (2) representantes de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros, estos ultimos designados por sus titulares. Debe instalarse dentro de los cinco (5) primeros dias de la vigencia de la presente Ley y concluir las funciones encargadas en un plazo MORDAZA de noventa (90) dias calendario, remitiendo los resultados de su labor al Congreso de la Republica para que las entidades bajo responsabilidad, adopten las acciones segun sus competencias, e incluira, ademas, la propuesta formal y cuantificada del Ministerio de Economia y Finanzas del proyecto de iniciativa legislativa para viabilizar la transferencia de partidas presupuestarias a favor de la Contraloria General de la Republica. Las entidades publicas continuan fortaleciendo, a traves de sus respectivas oficinas generales de administracion, las medidas de ecoeficiencia para el sector publico tales como ahorro de consumo de energia, agua y papel, asi como gastos de combustible en sus vehiculos, entre otras. Dichas medidas seran aprobadas dentro del primer trimestre del ano 2010, debiendo ser publicadas en el MORDAZA institucional de la entidad al igual que sus resultados de manera mensual. Autorizase al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a priorizar la ejecucion de los proyectos de infraestructura vial "Rehabilitacion y Mejoramiento de la Carretera Huancavelica-Lircay",

con codigo SNIP Nº 73004; y, "Rehabilitacion y Mejoramiento de la Carretera Imperial Pampas", con codigo SNIP Nº 73078. Autorizase a la Corporacion Financiera de Desarrollo S.A. (Cofide) para que a traves de un fideicomiso administre los recursos destinados a la cancelacion del servicio de abastecimiento de combustible de la flota vehicular de la Policia Nacional del Peru (PNP). Los saldos que resulten como producto de la eficiente administracion de los referidos recursos podran ser utilizados en la repotenciacion de la flota vehicular de la PNP, asi como en el cambio de la matriz energetica a Gas Natural Vehicular (GNV). Deroganse las disposiciones de naturaleza administrativa que hayan sido emitidas por el Pliego 028: Congreso de la Republica en el MORDAZA de la autonomia, relacionadas con bonificaciones extraordinarias adicionales otorgadas a titulo de liberalidad a favor de los ex parlamentarios pensionistas. Corresponde al Congreso de la Republica realizar las precisiones que resulten necesarias sobre esta materia. Todas las entidades senaladas en los numerales 1 y 2 del articulo 2º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, MORDAZA del 30 de enero de cada ano fiscal, bajo responsabilidad del titular del pliego, informan a la Direccion Nacional de Contabilidad Publica del Ministerio de Economia y Finanzas, los saldos de fondos publicos existentes en todas las cuentas bancarias u otros instrumentos de colocacion de fondos, que mantenga la entidad en cualquier institucion del sistema financiero y no financiero, correspondiente al ano fiscal anterior, senalando la fuente de financiamiento y la entidad depositaria correspondiente. La Direccion Nacional de Contabilidad Publica sistematiza la informacion sobre saldos de fondos publicos recibida y la publica en el MORDAZA del Ministerio de Economia y Finanzas. La informacion de saldos de fondos publicos que suministren a la Direccion Nacional de Contabilidad Publica se realizara con conocimiento de la Contraloria General de la Republica, la cual ejercera la supervision del cumplimiento de informar de dichas entidades. El Ministerio de Economia y Finanzas, mediante resolucion ministerial, reglamenta la aplicacion de lo preceptuado en la presente disposicion. Autorizase la aprobacion de nuevas escalas remunerativas de los proyectos especiales a cargo del Gobierno Regional del MORDAZA, conforme a la normatividad vigente, con cargo a su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. Esta medida es aplicable a aquellos proyectos cuyas escalas remunerativas hayan sido aprobadas hasta el ano 1995. Con el objeto de garantizar la continuidad de proyectos de inversion publica, autorizase al Poder Ejecutivo a incorporar los creditos presupuestarios de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios asignados en el Ano Fiscal 2009 a las entidades del Gobierno Nacional y gobiernos regionales que no se hubieran comprometido o devengado al 31 de diciembre de dicho ano para dichos proyectos. La incorporacion solo debe comprender los recursos para proyectos de inversion publica que se encuentren en ejecucion o para aquellos que hayan iniciado procesos de seleccion debidamente registrados en el SEACE, debiendo realizarse hasta el 28 de febrero del ano 2010, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el ministro del sector respectivo --en el caso de las entidades del Gobierno Nacional--, y mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Presidente del Consejo de Ministros --en el caso de los gobiernos regionales--. Los recursos MORDAZA indicados estan exceptuados de lo establecido en el articulo 7º, numeral 7.1, literal a) de la Ley Nº 27245, Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal, y modificatorias. Lo establecido en la presente MORDAZA es aplicable siempre y cuando tal financiamiento no MORDAZA sido considerado en el presupuesto institucional del Ano

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