Norma Legal Oficial del día 08 de Diciembre del año 2009 (08/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, martes 8 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES

407433

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 29465
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente: 1.3 Los creditos presupuestarios aprobados al Ministerio de Educacion por la presente Ley comprenden recursos hasta por la suma de TRESCIENTOS CINCO MILLONES OCHOCIENTOS OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTIDOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 305 808 422,00) para la adquisicion de computadoras en el MORDAZA del Programa "Una Laptop por Nino"(OLPC), para cuyo efecto se autoriza al Ministerio de Educacion a suscribir el correspondiente convenio de cooperacion con la Asociacion One Laptop Per Child (OLPC). Los creditos presupuestarios aprobados al Ministerio de Economia y Finanzas por la presente Ley comprenden recursos hasta por la suma de UN MIL OCHOCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 800 000 000,00) para ser destinados a los siguientes fines: a) SEISCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 600 000 000,00) para el financiamiento del Programa de Modernizacion Municipal que se crea en virtud de la presente disposicion, para el periodo 2010-2013, con el objeto de generar condiciones que permitan un crecimiento sostenido de la economia local y la reduccion de los indices de desnutricion cronica infantil a nivel nacional. Los recursos del citado programa se asignan conforme a criterios de i) clasificacion de las municipalidades de acuerdo a sus caracteristicas, potencialidades y necesidades; y ii) cumplimiento de requisitos relacionados a resultados de recaudacion de impuestos municipales, generacion de condiciones favorables del clima de negocios, y calidad y focalizacion del gasto social, en especial el vinculado al Programa Estrategico Articulado Nutricional (PAN). Los citados recursos se transfieren en dos (2) etapas: la primera hasta el 31 de marzo de 2010 y la MORDAZA hasta el 30 de septiembre de 2010. Mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, se desarrollan los citados criterios, el cual se aprobara hasta el 31 de diciembre de 2009, y ademas establecera la metodologia, metas, uso, indicadores y procedimientos para la distribucion de los citados recursos, asi como los requisitos a los cuales deberan sujetarse los gobiernos locales para la referida distribucion. El presente parrafo entrara en vigencia el dia siguiente de la publicacion de la presente Ley. b) SETECIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 700 000 000,00) para el financiamiento del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion Municipal en el MORDAZA de lo dispuesto en el parrafo 1.2 del articulo 1º de la Ley Nº 29332, Ley que Crea el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion Municipal. Los citados recursos son incorporados presupuestalmente en los gobiernos locales respectivos conforme a los criterios, fines y oportunidad establecidos en la citada Ley y su reglamento. Los citados recursos se transfieren en dos etapas: la

LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO PARA EL ANO FISCAL 2010

1.4

1.1

Apruebase el Presupuesto Anual de Gastos para el Ano Fiscal 2010 por el monto de OCHENTA Y UN MIL MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 81 857 278 697,00), que comprende los creditos presupuestarios maximos correspondientes a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, agrupados en Gobierno Central e Instancias Descentralizadas, conforme a la Constitucion Politica del Peru, y de acuerdo con el detalle siguiente:
GOBIERNO CENTRAL Nuevos Soles

INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS

Nuevos Soles

TOTAL S/.

81 857 278 697,00

1.2

Los creditos presupuestarios correspondientes al Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales se detallan en los Anexos que forman parte de la presente Ley, de acuerdo con lo siguiente:
Descripcion Anexo

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