Norma Legal Oficial del día 08 de Diciembre del año 2009 (08/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 8 de diciembre de 2009

refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economia y Finanzas, atendiendo a las prioridades de inversion y la carga sectorial de proyectos a ser promovidos; Que, mediante Resolucion Suprema N° 079-2009EF publicada el 24 de MORDAZA de 2009, se establecio que el Consejo Directivo se encontraria integrado por cinco Ministros de Estado, el Ministro de Economia y Finanzas, quien lo presidira, y los Ministros de Vivienda, Saneamiento y Construccion, Transportes y Comunicaciones, Energia y Minas, y Produccion; Que, se ha visto por conveniente modificar la Resolucion Suprema N° 079-2009-EF; De conformidad con el Numeral 4) del Articulo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y el Articulo 6 del Reglamento de Organizacion y Funciones de PROINVERSION aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2009-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Modificar el articulo 1° de la Resolucion Suprema N° 079-2009-EF, de conformidad con el siguiente texto: El Consejo Directivo de PROINVERSION se encuentra conformado por los siguientes Ministros de Estado: - Presidente del Consejo de Ministros, quien lo presidira. - Ministro de Economia y Finanzas - Ministro de Transportes y Comunicaciones - Ministro de Energia y Minas - Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento" La presente resolucion suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas

Economia y Finanzas, con cargo a los recursos del Fondo de Defensa creado por la Ley Nº 28455, Ley que crea el Fondo para las Fuerzas Armadas y Policia Nacional, y sus modificatorias; Que, la Resolucion Directoral Nº 011-2007EF/75.01 senala que en el caso de las operaciones de endeudamiento que acuerde el Gobierno Nacional y cuyo servicio de deuda sea atendido con cargo a los fondos que la respectiva entidad deba transferir a la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, y que provienen de una fuente de financiamiento distinta a la de "Recursos Ordinarios"; la entidad y la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico deberan suscribir un Convenio de Traspaso de Recursos, donde se establezcan los terminos y condiciones del correspondiente traslado de fondos; Que, asimismo, de acuerdo con el Articulo 4º de la Ley Nº 29290, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, y su modificatoria, el reembolso a favor del Gobierno Nacional correspondiente a compromisos generados en el MORDAZA de las operaciones realizadas bajo el ambito del Sistema Nacional de Endeudamiento, sera efectuada a traves de la constitucion de un fideicomiso; Que, en virtud al Articulo 21º de la "Directiva para la Concertacion de Operaciones de Endeudamiento Publico", aprobada por la Resolucion Directoral Nº 052006-EF/75.01, los Convenios de Traspaso de Recursos se aprueban por resolucion ministerial, la cual tambien aprobara su respectivo mecanismo de garantia; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 179-2008EF/75, se aprobo la constitucion de un fideicomiso con cargo a los recursos del Fondo de Defensa creado por la Ley Nº 28455 y sus modificatorias, para asegurar la oportuna atencion del servicio de deuda de las operaciones de endeudamiento interno aprobadas por los Decreto Supremo Nºs. 218-2007-EF y 143-2008-EF; Que, en tal sentido, se ha considerado conveniente incluir dentro del objeto del Fideicomiso aprobado por la Resolucion Ministerial Nº 179-2008-EF/75, la atencion del servicio de deuda de la operacion de endeudamiento aprobada por el Decreto Supremo N° 204-2009-EF, para lo cual dicho fideicomiso debera ser modificado en lo que le corresponda; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29290 y su modificatoria, y el Decreto Supremo N° 204-2009-EF; SE RESUELVE:

Aprueban Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito con el Fondo para las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional y el Ministerio de Defensa

MORDAZA, 3 de diciembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 204-2009-EF, se aprobo la Operacion de Endeudamiento Interno con el Banco de la Nacion hasta por S/. 730 604 999,00 (Setecientos Treinta Millones Seiscientos Cuatro Mil Novecientos Noventa y Nueve y 00/100 Nuevos Soles), para financiar el tercer tramo de los requerimientos de las Fuerzas Armadas en el MORDAZA del Nucleo Basico de Defensa, a ser ejecutado por el Ministerio de Defensa; Que, el Articulo 4° del citado Decreto Supremo dispuso que el servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos que ocasione la referida operacion de endeudamiento, sera atendido por el Ministerio de

Apruebese el Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico, el Fondo para las Fuerzas Armadas y Policia Nacional creado por Ley N° 28455 y el Ministerio de Defensa, mediante el cual se trasladan los recursos y se establecen los terminos del reembolso de los fondos provenientes de la operacion de endeudamiento interno aprobada por el Decreto Supremo Nº 204-2009EF. El mecanismo de garantia del presente Convenio de Traspaso de Recursos estara constituido por el Fideicomiso aprobado por la Resolucion Ministerial Nº 179-2008-EF/75. Autorizase al Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico a suscribir en representacion del Ministerio de Economia y Finanzas el Convenio de Traspaso de Recursos, asi como toda documentacion necesaria para su implementacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas

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