Norma Legal Oficial del día 08 de Diciembre del año 2009 (08/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 8 de diciembre de 2009

Otorgan a PETROPERU S.A. autorizacion temporal de uso de area acuatica y franja riberena en la localidad de Punta MORDAZA, provincia de Talara

MORDAZA, 7 de diciembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta Nº TL-SPTC-UPRY-035-2009, presentada con fecha 03 de MORDAZA de 2009, la empresa Petroleos del Peru ­ PETROPERU S.A., solicito ante la Autoridad Portuaria Nacional - en adelante APN ­ una autorizacion temporal de uso de area acuatica y franja riberena, ubicada en la localidad de Punta MORDAZA, distrito de Parinas, provincia de Talara, departamento de Piura; Que, con Oficio Nº 791-2009-APN/GG, recibido con fecha 20 de MORDAZA de 2009, la APN requirio a la empresa PETROPERU S.A., que en un plazo no mayor de dos (02) dias habiles de notificada, subsane las observaciones advertidas en la documentacion presentada con su solicitud de autorizacion temporal de uso de area acuatica y franja riberena referidas al plano de ubicacion, asi como a la vigencia de poderes, registro unico de contribuyentes y MORDAZA de la escritura publica de constitucion social de la citada empresa; Que, a traves de la Carta Nº GOTL-SPTC-UPRY148-2009, recibida con fecha 22 de MORDAZA de 2009, PETROPERU S.A. presento el plano de ubicacion con las coordenadas UTM y Geograficas corregidas, asi como la documentacion requerida por la APN; Que, con fecha 24 de MORDAZA de 2009, se publico la solicitud presentada por la empresa PETROPERU S.A., en el Diario Oficial "El Peruano", sin indicar el nombre del peticionario, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 31.3 del articulo 31 del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC, y modificado por Decreto Supremo Nº 027-2008-MTC; Que, mediante Informe Legal Nº 482-2009-APN/UAJ, de fecha 03 de agosto de 2009, la Unidad de Asesoria Juridica de la APN senalo que en caso el Directorio

apruebe y haga MORDAZA el Informe Tecnico elaborado por la Direccion Tecnica sobre la solicitud presentada por PETROPERU S.A., asi como el citado informe legal, se remita el expediente respectivo al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a efectos que este emita la resolucion Suprema por la cual se resuelva la peticion formulada por la mencionada empresa; Que, a traves del Oficio Nº V.200-3531 ingresado con fecha 13 de agosto de 2009, la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa senalo que luego de evaluar la solicitud presentada por la empresa PETROPERU S.A., se ha determinado que el area solicitada no ha sido otorgada a terceros por parte de la Autoridad Maritima Nacional; Que, con Informe Nº 154-2009-APN/DIPLA, de fecha 17 de agosto de 2009, la Direccion de Planeamiento y Estudios Economicos de la APN, indico que el plan maestro presentado por la empresa PETROPERU S.A., cumple con la idoneidad tecnica y con los lineamientos de la politica portuaria nacional y del Plan Nacional de Desarrollo Portuario; Que, mediante Informe Nº 062-2009-APN/DT/EALL de fecha 17 de agosto de 2009, la Direccion Tecnica de la APN concluyo que la empresa PETROPERU S.A., ha cumplido con presentar la documentacion requerida en el Decreto Supremo Nº 027-2008-MTC, para que se le otorgue la autorizacion temporal de uso de area acuatica y franja riberena ubicada en la localidad de Punta MORDAZA, distrito de Parinas, provincia de Talara, departamento de MORDAZA, por un periodo de dos (02) anos, por lo cual, se recomendo elevar los actuados para el conocimiento del Directorio de la APN; Que, con Memorandum Nº 554-2009-APN/DT, de fecha 17 de agosto de 2009, la Direccion Tecnica de la APN puso a consideracion del Despacho de la Gerencia General el Informe Nº 062-2009-APN/DT/EALL, para que se eleve al Directorio de la APN y se obtenga su aprobacion, en cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 2 inciso 31-B.2 del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC y modificado por Decreto Supremo Nº 027-2008-MTC; Que, mediante Acuerdo de Directorio Nº 721-15518/08/2009/D adoptado en sesion de fecha 18 de agosto de 2009, el Directorio de la APN resolvio aprobar el Informe Nº 062-2009-APN/DT/EALL de fecha 17 de agosto de 2009, emitido por la Direccion Tecnica de la APN, a traves del cual se recomienda aprobar la solicitud de autorizacion temporal de uso de area acuatica y franja riberena solicitada por PETROPERU S.A., ubicada en Punta MORDAZA, provincia de Talara, departamento de Piura; Que, a traves del Oficio Nº 358-2009-APN/PD recibido con fecha 25 de agosto de 2009, la APN remitio al Ministerio de Transportes y Comunicaciones el expediente correspondiente a la solicitud de autorizacion temporal de uso de area acuatica y franja riberena presentada por la empresa PETROPERU S.A., a efectos que se emita la Resolucion Suprema correspondiente; Que, con Informe Nº 174-2009-MTC/13 de fecha 02 de septiembre de 2009, la Direccion General de Transporte Acuatico concluyo que no existe impedimento alguno para acceder a la solicitud de autorizacion temporal de uso de area acuatica y franja riberena ubicada en la localidad de Punta MORDAZA, distrito de Parinas, provincia de Talara, departamento de MORDAZA, por consiguiente, recomienda que se proceda a su aprobacion mediante la expedicion de la Resolucion Suprema respectiva; Que, con Informe Nº 546-2009-MTC/25, de fecha 18 de septiembre de 2009, la Direccion General de Concesiones en Transportes, senalo que la solicitud de autorizacion temporal de uso de area acuatica y/o franja riberena presentada por la empresa PETROPERU S.A., no interfiere ni afecta infraestructura portuaria existente o en MORDAZA de promocion de inversion privada para su entrega en concesion, asimismo, que respeta la ley vigente del sector portuario y el Plan Nacional de Desarrollo Portuario, por lo cual emitio opinion favorable a dicha solicitud;

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