Norma Legal Oficial del día 13 de Diciembre del año 2009 (13/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 13 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES

407777

SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar inadmisible el procedimiento administrativo de solicitud de ampliacion de permiso de pesca, presentado por la empresa PESQUERA HAYDUK S.A., para la embarcacion pesquera denominada "JACKELIN" de matricula Nº CE-6259-PM, de 388.37 m3 de volumen de bodega, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos jurel y caballa con destino al consumo humano directo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion y a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 434692-1 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 908-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 13 de noviembre del 2009 Visto el escrito de registro Nº 00065990 de fecha 20 de agosto del 2009, presentado por la empresa PESQUERA HAYDUK S.A. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 528-2007PRODUCE/DGEPP de fecha 6 de diciembre del 2007, se otorgo permiso de pesca a la empresa PESQUERA BAMAR S.A.C., para operar la embarcacion pesquera denominada "BAMAR VIII" de matricula CO-19867-PM con 589.16 m3 de capacidad de bodega y sistema de preservacion a bordo RSW, para dedicarse a la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina para consumo humano indirecto, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgada (38 mm) segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa; Que mediante Resolucion Directoral Nº 353-2009PRODUCE/DGEPP de fecha 15 de MORDAZA del 2009, se aprobo a favor de la empresa PESQUERA HAYDUK S.A., el cambio de titular de los permisos de pesca para operar la embarcacion pesquera denominada "BAMAR VIII" de matricula CO-19867-PM en los mismos terminos y condiciones con que fueron otorgados por la Resolucion Directoral Nº 528-2007-PRODUCE/DGEPP. Asimismo, se otorgo a la empresa PESQUERA HAYDUK S.A., autorizacion de incremento de flota para ampliar la capacidad de bodega de la embarcacion "BAMAR VIII" de matricula CO-19867-PM hasta 662.65 m3 de capacidad de bodega via sustitucion parcial de 73.49 m3 de acceso a los recursos anchoveta y sardina provenientes del saldo reservado por Resolucion Directoral Nº 153-2009PRODUCE/DGEPP.; Que mediante Resolucion Directoral Nº 492-2009PRODUCE/DGEPP de fecha 3 de MORDAZA del 2009, se modifica la Resolucion Directoral Nº 528-2007-PRODUCE/ DGEPP modificado en su titularidad por Resolucion Directoral Nº 353-2009-PRODUCE/ DGEPP con el que se otorgo permiso de pesca a favor de la empresa PESQUERA HAYDUK S.A., para operar la embarcacion pesquera denominada "BAMAR VIII" de matricula CO19867-PM y 589.16 m3 en el extremo referido a la capacidad de bodega de la embarcacion entendiendose que actualmente la referida embarcacion posee 662.65 m3 de capacidad de bodega con acceso a la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina para consumo humano directo; Que mediante el escrito del visto, la empresa PESQUERA HAYDUK S.A., solicita ampliacion de permiso de pesca, para operar la embarcacion pesquera

denominada "BAMAR VIII" de matricula CO-19867-PM, a efecto de que se dedique, ademas de la pesqueria originalmente autorizada para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina, a la extraccion de los recursos jurel y caballa orientadas al consumo humano directo, alcanzando para tal efecto los requisitos previstos en el Procedimiento 5 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion; Que de la evaluacion efectuada a los documentos presentadas por la empresa, su solicitud se ampara en el Procedimiento 5 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 0082009-PRODUCE, asimismo en las Disposiciones Finales, Complementarias y Transitorias del Decreto Supremo Nº 011-2007-PRODUCE, al contar la embarcacion pesquera con sistema de preservacion R.S.W., y haber realizado esfuerzo de pesca en los recursos jurel y caballa para consumo humano directo al MORDAZA de la Resolucion Ministerial Nº 150-2001-PE.; Que asimismo, se puede apreciar que la solicitud presentada por el administrado no se ajusta a lo dispuesto en las Disposiciones Finales, Complementarias y Transitorias del Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2007-PRODUCE, considerando que la embarcacion pesquera cuenta con sistema de preservacion R.S.W., y haber realizado esfuerzo de pesca en los recursos jurel y caballa para consumo humano directo al MORDAZA de la Resolucion Ministerial Nº 150-2001-PE, su petitorio se enmarca en la MORDAZA Disposicion Final, Complementaria y Transitoria del citado Reglamento, la misma que deviene en inadmisible por cuanto su solicitud se ha presentado en forma extemporanea conforme al plazo establecido de 120 dias calendario para solicitar el permiso de pesca, contados desde la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo Nº 011-2007-PRODUCE; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante el Informe Nº 5942009-PRODUCE/DGEPP, y con la opinion favorable del Area Legal correspondiente; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar inadmisible el procedimiento administrativo de solicitud de ampliacion de permiso de pesca, presentado por la empresa PESQUERA HAYDUK S.A., para la embarcacion pesquera denominada "BAMAR VIII" de matricula Nº CO-19867-PM, de 662.65 m3 de volumen de bodega, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos jurel y caballa con destino al consumo humano directo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion y a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 434692-2 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 909-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 13 de noviembre del 2009 Visto el escrito de registro Nº 00065991 de fecha 20 de agosto del 2009, presentado por la empresa PESQUERA HAYDUK S.A.

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